RESOLUCIÓN 2 2026 SUBSECRETARIA DE ORDENAMIENTO URBANO
Síntesis:
APRUEBA - LINEAMIENTOS - EMPLAZAMIENTO DE VOLQUETES - ESPACIO PÚBLICO - SUBSECRETARIA DE ORDENAMIENTO URBANO
Publicación:
09/02/2026
Sanción:
06/02/2026
Organismo:
SUBSECRETARIA DE ORDENAMIENTO URBANO
VISTO: La Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764), el Decreto 387/23 y sus
modificatorios, el expediente N° 7489832-GCABA-SSOUR/26 ,y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires contemplando al Ministerio de Espacio Público e Higiene
Urbana;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
a la Subsecretaría de Ordenamiento Urbano dependiente de la Secretaría de Orden e
Higiene del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana;
Que el mentado Decreto establece entre las responsabilidades de la Subsecretaría de
Ordenamiento Urbano las de "Entender en la ejecución de la fiscalización de la vía
pública en materia de ocupación, uso y actividades", "Diseñar y desarrollar proyectos y
políticas públicas de ordenamiento, uso e intervención del espacio público en
coordinación con las áreas competentes" y "Entender en la ejecución operativa de las
acciones destinadas a la aplicación de las normas de ordenamiento del espacio
público, en articulación con las áreas competentes", entre otras;
Que, actualmente, el emplazamiento de volquetes en el espacio público no presenta
lineamientos claros en cuanto a su ubicación, consolidándose como una práctica
habitual el depósito de los contenedores en lugares que generan desorden, afectan la
seguridad o la limpieza del espacio público;
Que, a los fines de garantizar la fiscalización y el correcto emplazamiento de volquetes
en el espacio público, deviene necesario establecer lineamientos que permitan su
correcta ubicación y que definan los días y horarios para que la ocupación temporaria
del espacio público se realice sin alterar ni afectar el correcto tránsito vehicular y
peatonal;
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que establezca las
medidas.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar los lineamientos para el emplazamiento de volquetes en el
espacio público que, como Anexo I (IF-2026-07648633-GCABA-SSOUR), forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la
Dirección General Administración de Infracciones dependiente de la Secretaría de
Justicia, a la Subsecretaría de Higiene, y a la Dirección General de Fiscalización
dependiente de esta Subsecretaría. Cumplido, archivar. Barcos