RESOLUCIÓN 258 2026 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
APRUEBA - VALOR DEL MÓDULO RETRIBUTIVO POLICIAL - MOPOL - MÓDULO RETRIBUTIVO DEL PERSONAL NO POLICIAL - MONOPOL - SUPLEMENTO POR PRESENTISMO - POLICÍA DE LA CIUDAD - SALARIOS - REMUNERACIONES
Publicación:
16/04/2026
Sanción:
13/04/2026
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes 5.688 y 6.684, los Decretos 47/17 y modificatorios, 387/23 y
modificatorios, la Resolución de Firma Conjunta 285-GCABA-MHFGC/25 y
modificatorias, y el Expediente N° 08088962-GCABA-DGARHC/2026, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando, entre ellos, a los Ministerios de
Seguridad y de Hacienda y Finanzas;
Que, por su parte, por la Ley 5.688 se establecieron las bases jurídicas e
institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión, función,
organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases normativas
para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de
seguridad pública, creando la Policía de la Ciudad y el Cuerpo de Bomberos de la
Ciudad;
Que, por Decreto N° 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, estableciendo que la Policía de la Ciudad se encuentra bajo la órbita del
Ministerio de Seguridad;
Que, por el Decreto 47/17 y modificatorios se estableció la estructura salarial de la
Policía de la Ciudad, disponiendo que el sueldo básico correspondiente a cada grado
del escalafón policial se determinaría como un porcentaje del sueldo básico del Jefe
de la Policía y que se fijaría en Módulos Retributivos Policiales (MOPOL);
Que, en la misma normativa se estableció que el sueldo básico correspondiente a los
distintos niveles del agrupamiento del personal sin estado policial integrante de la
Policía de la Ciudad se determinaría como un porcentaje del sueldo básico del nivel A
y que se fijaría en Módulos Retributivos para el Personal No Policial (MONOPOL);
Que, en el artículo 3° del citado Decreto se facultó a los entonces titulares del
Ministerio de Justicia y Seguridad y del Ministerio de Hacienda, actuales Ministerio de
Seguridad y Ministerio de Hacienda y Finanzas, en forma conjunta, a fijar el valor de
los Módulos Retributivos referidos;
Que, mediante el artículo 6° del Anexo I de dicho Decreto se fijaron los suplementos
para el personal con estado policial;
Que, asimismo, por los artículos 16 y 18 del mencionado Anexo se definieron los
suplementos por Servicio en la Vía Pública y por Presentismo, respectivamente,
ambos de carácter no remunerativo y no bonificable;
Que, por su parte, los artículos 17 y 18, in fine del mismo Anexo, determinaron que el
monto de los suplementos en cuestión serían establecidos por Resolución Conjunta
del por entonces Ministro de Justicia y Seguridad, actual Ministro de Seguridad y del
entonces Ministro de Hacienda, actual Ministro de Hacienda y Finanzas;
Que, por Resolución de Firma Conjunta 285-GCABA-MHFGC/25 y modificatorias se
establecieron los montos de los módulos y suplementos citados para el período 2025;
Que, en orden a lo expuesto, deviene necesario actualizar y establecer los montos
correspondientes del Módulo Retributivo Policial (MOPOL) y del Módulo Retributivo
para el Personal No Policial (MONOPOL) y de los Suplementos por Servicio en la Vía
Pública y Presentismo, para el año 2026;
Que, la Subsecretaría de Capital Humano y la Secretaría de Coordinación del
Ministerio de Seguridad tomaron la intervención de sus competencias, otorgando
conformidad a la prosecución del trámite referido;
Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello y de acuerdo con las facultades conferidas por el Decreto 47/17 y sus
modificatorios,
Artículo 1°.- Aprobar el valor del Módulo Retributivo Policial (MOPOL), creado por el
artículo 2° del Decreto 47/17 y modificatorios, conforme lo establecido en el Anexo I
(IF-2026-08082744-GCABA-DGARHC), que forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Aprobar el valor del Módulo Retributivo del Personal no Policial
(MONOPOL), creado por el artículo 2° del Decreto 47/17 y modificatorios, conforme lo
establecido en el Anexo II (IF-2026-08087158-GCABA-DGARHC), que forma parte
integrante de la presente.
Artículo 3°.- Los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14, 15, 20 bis, 27,
28, 33 inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Anexo I del Decreto 47/17 y modificatorios
se ajustan en la misma proporción y cronograma que el salario básico, conforme
previsiones del artículo 1° y 2° de la presente.
Artículo 4°.- Aprobar el valor del Suplemento por Servicio en la Vía Pública creado por
el artículo 16 del Anexo I del Decreto 47/17 y modificatorios, conforme lo establecido
en el Anexo III (IF-2026-08086745-GCABA-DGARHC), que forma parte integrante de
la presente.
Artículo 5°.- Aprobar el valor del Suplemento por Presentismo creado por el artículo 18
del Anexo I del Decreto 47/17 y modificatorios, conforme lo establecido en el Anexo IV
(IF-2026-08087467-GCABA-DGARHC), que forma parte integrante de la presente.
Artículo 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente será
imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 7°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el Orden
del Día de la Policía de la Ciudad y del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad. Comunicar
a la Subsecretaría de Gestión de los Recursos Humanos y a las Direcciones de
Planificación y Control Operativo y de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, todas
ellas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Subsecretaría de
Capital Humano y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, del
Ministerio de Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública y, para su
conocimiento y demás efectos, remitir a la Dirección General Administración de
Recursos Humanos y Compensaciones del Ministerio de Seguridad. Cumplido,
archivar. Giménez - Arengo Piragine