DISPOSICIÓN 1169 2026 DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS

Síntesis:

CONVOCA A ELECCIONES DE COORDINADOR DE FIAB (FERIA ITINERANTE DE ABASTECIMIENTO BARRIAL)

Publicación:

06/05/2026

Sanción:

28/04/2026

Organismo:

DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS


VISTO: las Leyes Nros. 5.122 y 6.684, los Decretos 491/16, 387/23, su modificatorio

144/26 y 394/25, las Disposiciones Nros. 314-DGFYME/10, 3009-DGFPF/25, los

Expedientes Nro. 41942154-GCABA-DGPF/2025, 41946622- -GCABA-DGPF/2025,

41948023- -GCABA-DGPF/2025, 41948283--GCABA-DGPF/2025, 41948883-GCABA-

DGPF/2025, 41949427-GCABA-DGPF/2025, 41949751-GCABA-DGPF/2025,

41949951-GCABA-DGPF/2025, 41950537-GCABA-DGPF/2025, 41951352-GCABA-

DGPF/2025, 41951560-GCABA-DGPF/2025, 41951768-GCABA-DGPF/2025,

41952163-GCABA-DGPF/2025, 41952437-GCABA-DGPF/2025, 41952820-GCABA-

DGPF/2025, 41953216-GCABA-DGPF/2025, 41953444-GCABA-DGPF/2025,

41954814-GCABA-DGPF/2025, 41955006-GCABA-DGPF/2025, 41955174-GCABA-

DGPF/2025, 41955610-GCABA-DGPF/2025, 41955800-GCABA-DGPF/2025,

41955991-GCABA-DGPF/2025, 4195616 -GCABA-DGPF2025; Y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.684 modificada por Ley 6.851 se sancionó la Ley de Ministerios,

estableciendo para el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las

responsabilidades primarias de entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio

Público, planificando estrategias y diseñando e implementando políticas en relación

con el mismo;

Que, mediante Decreto N° 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Permisos y

Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano;

Que, asimismo por el Decreto 144/26 se modificó la estructura orgánica funcional del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos aires, incluyendo dentro de la órbita del

Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Permisos y Ferias,

dependiente de la Subsecretaria de Paisaje Urbano de la Secretaria de Mantenimiento

Urbano con responsabilidad primaria para "Planificar, administrar y supervisar la

organización de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial (FIAB), en

coordinación con las áreas competentes en caso de corresponder (...);

Que, por la Ley N° 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.764) se autoriza la

instalación de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial (FIAB) y su Decreto

reglamentario N° 491/16 estableció que la ex Dirección General Ferias, y su actual

continuadora institucional, la Dirección General de Permisos y Ferias (DGPF), es la

autoridad de aplicación de la citada Ley, facultando a su titular a dictar las normas

complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para su aplicación;

Que, los expedientes mencionados en el Visto establecen la actividad de cada feria y

su funcionamiento;

Que, la Disposición N° 3009-DGPF/25 aprueba la regulación de la actividad de las

Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;

Que, el Articulo 16, inciso a) de la Disposición antes mencionada, señala que: "La

Autoridad de Aplicación convocará a elecciones fijando la fecha, hora y lugar en la que

las mismas se llevarán a cabo y elaborará el padrón en el cual se incluirán las

personas con permisos vigentes. Las elecciones se realizarán bajo la supervisión de la

Autoridad de Aplicación con una antelación no menor a treinta (30) días a la

finalización del mandato del coordinador" ;

Que, estando en los plazos especificados por la Ley para la convocatoria de

elecciones, y teniendo en cuenta que esta Gerencia Operativa de Mercados tomó

conocimiento mediante el Informe N° 19242495-GCABA-DGPF/2026 recomendando la

organización de las elecciones para elegir Coordinador de FIAB;

Por ello, en el uso de las facultades que le son propias, conferidas por el Decreto

394/25,

LA DIRECTORA GENERAL PERMISOS Y FERIAS

DISPONE:

Artículo 1°.- Convocar a elecciones de Coordinador de FIAB (Feria Itinerante de

Abastecimiento Barrial), las que se realizarán de acuerdo al cronograma establecido

en el ANEXO I bajo Informe N° 19315468-GCABA-DGPF/26.-

Artículo 2°.- Establecer que, la elección se realizará a mano alzada, no computándose

los votos en blanco o nulos.

Artículo 3°.- Disponer que se labre acta de escrutinio una vez finalizado el mismo. El

candidato electo será proclamado por la Autoridad de Aplicación.

Articulo 4°.- Determinar que, en aquellos casos que no existan candidatos para las

elecciones originariamente convocadas, la Autoridad de Aplicación establecerá el

mecanismo para proceder a la elección de nuevo coordinador.

Artículo 5°.- Notifíquese al interesado de acuerdo con lo previsto en los artículos 62 y

63 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires (Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97-texto consolidado por Ley N°

6.764). Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a

la Gerencia Operativa Mercados dependiente de la Dirección General Permisos y

Ferias, que efectuará las notificaciones correspondientes. Cumplido, archívese.

Ramos Mejía


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7360

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>El artículo 1° de la Disposición 1169/DGPF/26 convoca a elecciones de Coordinador de FIAB (Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial), según lo establecido por la Disposición 3009/DGPF/25.</p>
COMPLEMENTA
<p>El artículo 1° de la Disposición 1169/DGPF/26 convoca a elecciones de Coordinador de FIAB (Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial), complementando lo establecido por el Decreto<br />reglamentario 491/16. </p>
COMPLEMENTA
<p>El artículo 1° de la Disposición 1169/DGPF/26 convoca a elecciones de Coordinador de FIAB (Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial), complementando lo establecido por la Ley 5.122. </p>