DECRETO 403 2006
Síntesis:
MODIFICA ANEXOS DEL DECRETO N° 350- 06 - MINISTERIO DE HACIENDA - CREACIÓN DEPENDENCIAS - DIRECCIONES GENERALES - RELACIONES CON EL BANCO MUNDIAL - RELACIONES CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO - SUPRIME EL ORGANISMO F-N UNIDAD EJECUTORA PRÉSTAMO BID - DESIGNACIONES - NÉSTOR CARLOS LIETTI - DNI 12.022.105 - JORGE LUCÁNGELI - LE 4.550.944
Publicación:
05/05/2006
Sanción:
25/04/2006
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Decreto N° 350/06 (B.O. N° 2416) y el Expediente N° 20.075/06, y
CONSIDERANDO:
Que el citado decreto aprueba la estructura organizativa dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asignándose los objetivos y responsabilidades primarias de las Unidades de Organización integrantes del referido organigrama;
Que a fin de lograr una mejor acción de Gobierno, el Ministerio de Hacienda propone una serie de modificaciones al referido decreto con la reasignación de responsabilidades primarias a diferentes áreas dependientes de dicha jurisdicción;
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104, inciso 9), de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Sustitúyese, en forma retroactiva al 10 de abril de 2006, el Anexo I/6 del Decreto N° 350/06 por el Anexo I que se adjunta al presente y que, a todos sus efectos, forma parte integrante del mismo.
Artículo 2° - Modifícase parcialmente, en forma retroactiva al 10 de abril de 2006, el Anexo 2/6 (Objetivos y responsabilidades primarias) del Decreto N° 350/06, de conformidad con lo establecido en el Anexo II que se adjunta al presente y que, a todos sus efectos, forma parte integrante del mismo.
Artículo 3° - Créanse, en forma retroactiva al 10 de abril de 2006, las Direcciones Generales de Relaciones con el Banco Mundial y de Relaciones con el Banco Interamericano de Desarrollo, dependientes de la Subsecretaría de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda, ambas con función crítica alta.
Artículo 4° - Suprímese al 10 de abril de 2006 el Organismo Fuera de Nivel Unidad Ejecutora Préstamo BID y transfiérese su patrimonio, personal y presupuesto a la Dirección General de Relaciones con el Banco Interamericano de Desarrollo creada por el artículo precedente, quedando en tal sentido derogados los Decretos Nros. 1.035/98 (B.O. N° 468), 1.039/98 (B.O. N° 468) y 2.106/99 (B.O. N° 812).
Artículo 5° - La Dirección General de Relaciones con el Banco Interamericano de Desarrollo, está integrada por una Coordinación Operativa, una Coordinación de Programas de Asistencia Técnica y una Coordinación de Proyectos de Inversión, con rango y nivel remunerativo equivalente a Director General con función crítica media, en sendos casos.
Artículo 6° - Desígnase a partir del 10 de abril de 2006, al licenciado Néstor Carlos Lietti, DNI 12.022.105, CUIL 20-12022105-2, como Director General de la Dirección General de Relaciones con el Banco Mundial.
Artículo 7° - Desígnase a partir del 10 de abril de 2006, al licenciado Jorge Lucángeli, LE 4.550.944, CUIL 20-04550944-4, como Director General de la Dirección General de Relaciones con el Banco Interamericano de Desarrollo.
Artículo 8° - Desígnase a partir del 10 de abril de 2006, a la licenciada Mirta Edit Botzman, DNI 10.032.411, CUIL 27-10032411-9, como Coordinadora Operativa de la Dirección General de Relaciones con el Banco Interamericano de Desarrollo.
Artículo 9° - Desígnase a partir del 10 de abril de 2006, a la licenciada Cristina del Carmen Cogliati, DNI 1.825.168, CUIL 27-01825168-5, como Coordinadora de Programas de Asistencia Técnica de la Dirección General de Relaciones con el Banco Interamericano de Desarrollo.
Artículo 10 - Desígnase a partir del 10 de abril de 2006, al arquitecto Luciano Javier Monza Cachán, DNI 18.821.733, CUIL 20-18821733-9, como Coordinador de Proyectos de Inversión de la Dirección General de Relaciones con el Banco Interamericano de Desarrollo.
Artículo 11 - El Ministerio de Hacienda arbitrará las medidas pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto.
Artículo 12 - El presente decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda.
Artículo 13 - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.
ANEXO I
ANEXOS
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