DECRETO 1039 1998

Síntesis:

NORMA DEROGADA - APRUEBA LA ESTRUCTURA, MISIONES Y FUNCIONES DE LA UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA DE APOYO INSTITUCIONAL, REFORMA FISCAL Y PLAN DE INVERSIONES DE LA CIUDAD - UEPB

Publicación:

18/06/1998

Sanción:

29/05/1998

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto los Decretos Nros. 1.034 y 1.035-GCBA-98, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las citadas normas se designó al Responsable ante los Organismos e Instituciones de Crédito Internacionales y se creó la Unidad Ejecutora del Programa de Apoyo Institucional, Reforma Fiscal y Plan de Inversiones de la Ciudad de Buenos Aires, designando a sus Coordinadores Ejecutivo y Ejecutivo Adjunto;

Que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha encarado ya reformas institucionales, que deben profundizarse a fin de mejorar y perfeccionar el desempeño administrativo y lograr mayor eficiencia y transparencia en los procesos de gestión;

Que dichas tareas, encaminadas a la modernización de la administración tributada y financiera, recursos humanos, compras y contrataciones, programación de inversiones, y descentralización, requerirán de inversiones en obras de infraestructura y renovación de equipos que permitan un mejoramiento sustancial en la calidad y cobertura de los servicios municipales;

Que dichas inversiones no pueden sustentarse exclusivamente en los recursos presupuestarios de la Ciudad, sino que se requerirá del apoyo de los programas de crédito que a tales fines, tienen implementados los organismos de crédito internacionales, revistiendo importancia en tal sentido la labor del Responsable designado, no sólo en la función de nexo sustancial con tales organismos internacionales, sino en la selección de los programas y modalidades de vinculación que resulten más convenientes a los intereses de la Ciudad;

Que es menester a fin de cumplir con los requisitos y estipulaciones usuales en el ámbito internacional, contar con una Unidad Ejecutora designada adhoc por el gobierno receptor del crédito, a fin de administrar y gestionar el o los proyectos que en definitiva se aprueben, así como monitorear y evaluar su normal desarrollo;

Que en tal sentido resulta necesario dotar a dicha Unidad Ejecutora de las misiones, funciones y estructura básica, para la realización de los cometidos que se le encomiendan al Responsable ante los Organismos e Instituciones de Crédito Internacionales Decreto N° 1.034-GCBA-98 y a los Coordinadores de la Unidad Ejecutora designados por el Decreto 1.035-GCBA-98;

Que con el objeto de consolidar los cambios estructurales esperados como resultado de la ejecución de los programas de reformas institucionales la Unidad Ejecutora informará al Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a través del Responsable ante los Organismos e Instituciones de Crédito Internacional;

Que el Banco Interamericano de Desarrollo ha solicitado que los funcionarios elegidos para dirigir la Unidad Ejecutora deben ser del más alto nivel y que las remuneraciones deben ser las adecuadas para tal requerimiento;

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art.104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase la estructura, misiones y funciones de la Unidad Ejecutora del Programa de Apoyo Institucional, Reforma Fiscal y Plan de Inversiones de la Ciudad de Buenos Aires creada mediante Decreto N° 1.035-GCBA-98, y que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2° - La referida Unidad Ejecutora informará al Jefe de Gobierno de la Ciudad a través del Responsable ante los Organismos e Instituciones de Crédito Internacional. Su estructura administrativa y presupuesto estarán contenidas en la de la Secretaría de Hacienda y Finanzas como Organismo Fuera de Nivel.

Art. 3° - La Unidad Ejecutora se integrará con los funcionados ya designados por esta Jefatura de Gobierno y con el personal contratado adhoc según las normas que se convengan con las Instituciones de Crédito Internacional en cada caso, haciendo uso de los fondos de los créditos correspondientes a tales fines. Del mismo modo y hasta la oportuna celebración y aprobación de los contratos de créditos, con la finalidad de preparar los programas respectivos, la operatoria de la Unidad Ejecutora se financiará con los fondos del Presupuesto de la Ciudad de Buenos Aires, los que se imputarán a cuenta de las respectivas contrapartes de los préstamos en gestión. A todos los efectos legales, otórgase al Coordinador Ejecutivo de la Unidad Ejecutora suficiente capacidad legal para contratar.

Art. 4° - La Unidad Ejecutora deberá elevar a consideración y aprobación de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en un plazo que no puede exceder de SESENTA (60) días corridos el Reglamento Operativo del Programa de Apoyo Institucional, Reforma Fiscal y Plan de Inversiones de la Ciudad de Buenos Aires, estableciendo los propósitos, objetivos y componentes de todos los subprogramas que lo integren.

Art. 5° - La Unidad Ejecutora mantendrá sus funciones mientras subsistan las condiciones de efectividad del o de los créditos que se hayan perfeccionado.

Art. 6° - La Dirección General de Planificación Presupuestada deberá proceder a incorporar al sistema de créditos presupuestarios las partidas necesarias para la puesta en funcionamiento de la Unidad Ejecutora.

Art. 7° - Modifícase el Decreto N° 12-GCBA-96 (B.O. N° 1) conforme lo dispuesto en la presente norma.

Art. 8° - Modifícase el artículo 2° del Decreto N° 1.034-GCBA-98 el que quedará expresado de la siguiente forma: “La función será ejercida por el nombrado con rango y remuneración equivalente a Secretario del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.”

Art. 9° - Modifícase el artículo 2° del Decreto N° 1.035-GCBA-98, el que quedará expresado de la siguiente forma: \'La Unidad Ejecutora mencionada en el artículo precedente informará al Jefe del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a través del Responsable ante los Organismos e Instituciones de Crédito Internacional.”

Art. 10. - Modificase el artículo 3° del Decreto N° 1.035-GCBA-98, el que quedará expresado de la siguiente forma: “Desígnase como Coordinador Ejecutivo de la Unidad Ejecutora al Licenciado Gustavo Osvaldo Macchi (D.N.I. N° 7.610.454), con rango de Subsecretario y remuneración equivalente a Secretario del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires."

Art. 11. - Modifícase el artículo 4° del Decreto N° 1.035-GCBA-98, el que quedará expresado de la siguiente forma: “Desígnase como Coordinador Ejecutivo Adjunto de la Unidad Ejecutora al Licenciado Roque Néstor Suárez (L.E. N° 4.981.579), con rango de Director General y remuneración equivalente a Subsecretario del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.”

Art. 12. - El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art.13. - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento comuníquese a las Direcciones Generales de Planificación Presupuestaria, Contaduría General, Tesorería General y Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archivase.


ANEXOS

Anexo I

1 - ESTRUCTURA DE LA UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA DE APOYO INSTITUCIONAL, REFORMA FISCAL Y PLAN DE INVERSIONES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.

a) La Unidad Ejecutora informará al Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a través del Responsable ante los Organismos e Instituciones de Crédito Internacional.

b) El Coordinador Ejecutivo del Programa, designado mediante Decreto N° 1.035-GCBA-98, estará secundado en sus funciones por el Coordinador Ejecutivo Adjunto.

c) Bajo la dependencia del Coordinador Ejecutivo Adjunto, se desempeñarán el Coordinador del Subprograma Modernización, el Coordinador de la División Operaciones y el Coordinador de la División Administración.

2 - MISIONES Y FUNCIONES DE LA UNIDAD EJECUTORA.

a) La Unidad Ejecutora será el enlace entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y los Organismos de Crédito Internacionales en todo lo atinente a este Programa y mantendrá las vinculaciones necesarias con los organismos nacionales competentes en lo que a estos temas se refiere. .

b) Coordinará, administrará, efectuará el monitoreo y la evaluación de la ejecución del Programa de Apoyo Institucional, Reforma Fiscal y Plan de Inversiones con el Banco Interamericano de Desarrollo y/o los demás organismos de crédito internacional que se vinculen con el GCBA y de los programas con financiamiento externo que oportunamente se aprueben en el ámbito del GCBA.

c) Garantizará la homogeneidad y transparencia de los procedimientos.

d) Verificará y refrendará el cumplimiento de los criterios de elegibilidad de los programas y subprogramas.

e) Supervisará e informará a los organismos internacionales de financiamiento sobre la implementación y ejecución de los programas y proyectos financiados dentro del presente programa.

f) Identificará necesidades de asistencia técnica y capacitación en las distintas Áreas del GCBA en aspectos relacionados con la planificación y la implementación de programas de inversión, mejora de los procedimientos presupuestarios, planes de mantenimiento, etc.

g) Administrará las cuentas especiales de los préstamos y/o proyectos que en definitiva se aprueben.

h) Proveerá una dotación de recursos humanos para poder cumplimentar eficazmente con las misiones y funciones asignadas.

i) Planificará y ejecutará todas las funciones de administración necesarias para el cumplimiento de los objetivos encomendados.

3 - FUNCIONES DEL RESPONSABLE ANTE LOS ORGANISMOS E INSTITUCIONES DE CREDITO INTERNACIONAL (DECRETO N° 1034-GCBA-98)

Serán las siguientes:

a) Controlará el cumplimiento de los objetivos del Programa e informará al Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

b) Autorizará la reposición de los fondos de la Cuenta Especial del Préstamo, cuando el mismo se efectivice.

c) Representará al GCBA ante los Organismos e Instituciones de Crédito Internacionales y ante las jurisdicciones del Gobierno Nacional con competencia en la materia.

d) Informará a los Organismos e Instituciones de Crédito Internacionales sobre el cumplimiento de todos los acuerdos y obligaciones de las Unidades Ejecutoras, así como de la marcha de la administración financiera de los respectivos programas.

e) Propondrá a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la designación de los Coordinadores Ejecutivo y Ejecutivo Adjunto de este Programa.

4 - FUNCIONES DEL COORDINADOR EJECUTIVO.

Serán las siguientes:

a) Brindar apoyo técnico y administrativo a las gestiones que realice el Responsable ante los Organismos e Instituciones de Crédito Internacionales Decreto N° 1.034GCBA98.

b) Ejercer la representación de los programas en cuanto a su ejecución técnica.

c) Supervisar a todas las Unidades Transitorias de Ejecución para el logro de los objetivos y metas señaladas en los contratos de préstamo, realizando a tales efectos las coordinaciones necesarias con todas las Áreas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para el mejor cumplimiento de las metas fijadas.

d) Coordinar y supervisar la ejecución de los componentes de los programas, evolución de las actividades, tanto en la faz técnica como en lo económicofinanciero.

e) Elevar el plan de actividades e inversiones de los programas.

f) Elevar propuestas para optimizar la ejecución de los respectivos programas cuando se verifiquen desvíos significativos en la ejecución de las obras.

g) Preparar los informes requeridos por las auditorías de los Programas.

h) Velar por la idoneidad en la selección y adiestramiento del personal de la Unidad Ejecutora.

i) Designar a los Coordinadores del Subprograma de Modernización, de la División Operaciones y de la División Administración, estableciendo las misiones y funciones de cada una de las áreas y proponer al Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el organigrama funcional de la Unidad Ejecutora.

j) Designar a los responsables de los subprogramas de apoyo al plan de inversiones en obras de salud, educación, ambientales y de cultura, así como a los responsables del subprograma de modernización a cargo de las unidades transitorias ejecutivas en materia de descentralización, sistema de inversión, sistema de compras y contrataciones, administración financiera, administración tributada y recursos humanos.

k) Dictar las resoluciones que resulten necesarias para la organización interna de la Unidad Ejecutora, la administración de sus recursos y la contratación del personal transitorio que requiera para apoyo de su gestión, quedando facultado para reglamentar e interpretar todos los aspectos necesarios relativos a la ejecución de los respectivos programas, conforme a los acuerdos que oportunamente se aprueben y determinar la escala de remuneraciones correspondientes.

l) Reemplazar al Responsable en ausencia de éste sólo en lo atinente a este Programa.

5 - FUNCIONES DEL COORDINADOR EJECUTIVO ADJUNTO.

Serán las siguientes:

a) Asistir a la Coordinación Ejecutiva en el cumplimiento de sus funciones.

b) Coordinar los aspectos relacionados a los sistemas de monitoreo, supervisión y administración de los programas.

c) Coordinar y ejecutar las tareas de promoción y difusión de los programas y subprogramas.

d) Reemplazar al Coordinador Ejecutivo en ausencia de éste sólo en lo atinente a este programa Programa.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIADA POR
MODIFICADA POR
El Dec. 2.106-99 en su Art. 5° deroga el Art. 2° (información al Jefe de Gob.) del Dec. 1.039-98; y su Art. 6° deja sin efecto la facultad del Art. 3° última parte del Dec. 1.039-98
MODIFICA
Art. 7° Dto. 1039-98 Mod. Punto 4 del Anexo Dto. 12-96. EO Secretaría de Hacienda y Finanzas
MODIFICA
El Art. 8° del Dec. 1.039-98 modifica el Art. 2° del Dec. 1.034-98 (rango y remuneración)
MODIFICA
Los Arts. 9°, 10 y 11 del Dec. 1.039-98 modifican los Arts. 2°, 3° y 4° del Dec. 1.035-98 (comunicación al Jefe de Gobierno y designaciones)
COMPLEMENTA
<p>El Dec. 1.039-98 aprueba la estructura, misiones y funciones de la Unidad Ejecutora del Programa de Apoyo Institucional, Reforma Fiscal y Plan de Inversiones de la CABA creada mediante Dec. 1.035-98 (REEMPLAZADA POR EL DEC. 2.106-99)</p>
DEROGADA POR
Dec. 403-06 Deroga el Dec. 1039-98 Aprueba organigrama de la UEPB
INTEGRADA POR
Res.2.037-SHYF-00 designaa la Lic. Cristina del Carmen Cogliati como Coordinadora del Subprograma de Modernización de la Unidad Ejecutora Préstamo BID creado por Dec.1.039-98.