RESOLUCIÓN 287 2006 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

MODIFICA LAS RESOLUCIONES N° 117-SC-06, 204-SC-06 Y 482-SC-06 - FONDO METROPOLITANO DE LAS ARTES Y LAS CIENCIAS - PROGRAMA DE FOMENTO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS - OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - DESIGNACIÓN INTEGRANTES CONSEJO ASESOR - INFORME PREVIO

Publicación:

30/05/2006

Sanción:

05/05/2006

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


Visto el Expediente N° 19.618/06, la Ley N° 1.925, los Decretos Nros. 1.020/04, 115/05, 350/06, las Resoluciones Nros. 117-SC/06, 204-SC/06, 482-SC/06, 771-SC/06, 772-SC/06, 773-SA/06, 786-SC/06, y

CONSIDERANDO:

Que, por los Decretos Nros. 1.020/04 y 115/05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones;

Que, los decretos mencionados delegaron en la entonces, Secretaría de Cultura la facultad de conceder estos subsidios;

Que, la Ley N° 1.925 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (B.O.C.B.A. N° 2407 de 28/3/06), establece que el despacho de los negocios del Gobierno de la Ciudad está a cargo de once Ministerios, cuyos titulares integran en conjunto el Gabinete del Poder Ejecutivo;

Que, en ese orden de ideas la Secretaría de Cultura ha sido reemplazada por el Ministerio de Cultura, siendo la titular de este último la funcionaria facultada para dictar las normas reglamentarias y complementarias necesarias para la correcta implementación de los Decretos Nros. 1.020/04 y 115/05;

Que mediante Decreto N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416 del 10/4/06), se ha aprobado la estructura organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires resultando suplido, dentro del Ministerio de Cultura, el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires por el actual Fondo Metropolitano de las Artes y las Ciencias;

Que atento la modificación de la estructura organizativa del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dispuesta por el mencionado Decreto N° 350/06, corresponde proceder a la modificación de la normativa existente en materia de subsidios dentro del ámbito de este Ministerio de Cultura;

Que por Resolución N° 117-SC/06 se procedió a establecer el marco general regulatorio de las distintas líneas de subsidios y las áreas sustantivas competentes para cada una de las líneas enumeradas en su Título II;

Que, por Resolución N° 204-SC/06 se procedió a dictar la normativa complementaria referente a subsidios a microemprendimientos de base cultural y a emprendimientos asociativos de carácter cultural, artístico o científico, y se dispuso en su artículo 4°, que previo al dictamen del área sustantiva, las propuestas de subsidios deberían contar con el informe de un consejo asesor integrado por los señores Claudio Mauricio Pustelnik, DNI 13.416.862; Julio César Antonio Raffo, DNI 4.439.036 y Hugo Daniel Lewin, DNI 16.648.729;

Que, por Resolución N° 482-SC/06 se procedió a dictar la normativa complementaria referente a subsidios para artistas, investigadores, científicos, gestores culturales y de medios de comunicación, denominada Línea Creadores, y en su artículo 4° se designó a varias personas como integrantes del consejo asesor encargado de realizar una evaluación de los proyectos y de emitir un informe fundado previo a la intervención del área sustantiva;

Que, por razones de oportunidad, mérito y conveniencia resulta necesario modificar la composición del consejo asesor designado en el art. 4° de la Resolución N° 204-SC/06 y de la Resolución N° 482-SC/06;

Que, atento a la modificación estructural establecida por el Decreto N° 350/06, este Ministerio de Cultura ha implementado una política de apertura y colaboración con otras áreas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, resolviendo para este año 2006, invitar a desempeñarse como área sustantiva de la línea de subsidios destinada a las industrias culturales y de diseño, a la Dirección General de Industrias Culturales y de Diseño, dependiente del Ministerio de Producción, juntamente con la Dirección General del Centro Cultural Recoleta dependiente de este Ministerio de Cultura;

Que, en consecuencia de lo expuesto en el considerando precedente, corresponde proceder a la modificación del art. 24 de la Resolución N° 117-SC/06;

Por ello, y en uso de las facultades establecidas en la Ley N° 1.925, Decretos Nros. 1.020/04, 115/05 y 350/06,

LA MINISTRA DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1° - Modifíquese el artículo 16 de la Resolución N° 117-SC/06, el que quedará redactado de la siguiente manera:

El área sustantiva que dictaminará en la órbita de la presente línea de subsidios será la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura.

Artículo 2° - Modifíquese el artículo 24 de la Resolución N° 117-SC/06, el que quedará redactado de la siguiente manera:

El área sustantiva que dictaminará en la órbita de la presente línea de subsidios será la Dirección General del Centro Cultural Recoleta, dependiente del Ministerio de Cultura y la Dirección General de Industrias Culturales y de Diseño, dependiente del Ministerio de Producción.

Artículo 3° - Modifíquese el artículo 36 de la Resolución N° 117-SC/06, el que quedará redactado de la siguiente manera:

El área sustantiva que dictaminará en la órbita de la presente línea de subsidios será la Dirección General del Centro Cultural Recoleta, dependiente del Ministerio de Cultura y/o la Dirección General que oportunamente se designe, para el caso de otras expresiones artísticas juveniles.

En el caso que las resoluciones complementarias así lo determinen se dará intervención previamente a un consejo asesor cuya denominación y composición serán establecidas en la normativa mencionada.

Artículo 4° - Modifíquese el artículo 2° de la Resolución N° 482-SC/06, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Encomiéndase a la Subsecretaría de Gestión Cultural, dependiente de este Ministerio de Cultura, las tareas correspondientes al desempeño como área sustantiva de esta línea de subsidios.

Artículo 5° - Modifíquese el artículo 4° de la Resolución N° 482-SC/06, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Desígnanse como integrantes del mencionado consejo asesor al Sr. Pablo Leonardo Moledo, DNI 7.597.301; a la Sra. Liliana Barela de Balbi, DNI 6.439.250; al Sr. Marcelo H. Isse Moyano, DNI 11.205.977; al Sr. Carlos Borro, LE 4.302.679; a la Sra. Inés Tapia Vera, DNI 13.852.045; al Sr. Gustavo Oscar Mozzi, DNI 14.433.396 y al Sr. Pablo Antonio Rinaldi, DNI 10.328.470. La coordinación de dicho consejo estará a cargo de la Sra. Liliana Barela de Balbi.

Artículo 6° - Modifíquese el artículo 4° de la Resolución N° 204-SC/06, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Previo al dictamen del área sustantiva, las propuestas de subsidios elevadas a este Ministerio deberán contar con el informe de un consejo asesor integrado por la Sra. Delia Krupnik, DNI 5.098.580; la Arq. Sandra Elisabet Diaz, DNI 16.593.021 y el Sr. Hugo Daniel Lewin DNI 16.648.729.

Artículo 7° - Establécese que en las Resoluciones Nros. 117-SC/06, 204-SC/06 y 482-SC/06, donde dice Secretaría de Cultura deberá leerse Ministerio de Cultura.

Artículo 8° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión Cultural, a las Direcciones Generales de Música, de Promoción Cultural y del Centro Cultural Recoleta, dependientes de este Ministerio de Cultura; a la Subsecretaría de Industrias Culturales y a la Dirección General de Industrias Culturales y de Diseño, dependientes del Ministerio de Producción. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 287-06 modifica los artículos 16, 24 y 36 de la Res. 117-06
MODIFICA
Res. 287-06 modifica el art. 4° de la Res. 204-06
MODIFICA
Res. 287-06 modifica art. 2° y 4° de la Res. 482-06