RESOLUCIÓN 2216 2006 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Síntesis:

REGLAMENTA LA LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS BAJO EL RÉGIMEN DE CONVENIO MULTILATERAL - FORMULARIO DE DECLARACIÓN JURADA - SOFTWARE DOMICILIARIO DENOMINADO SIFERE.

Publicación:

07/06/2006

Sanción:

31/05/2006

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS


Visto lo dispuesto en las Disposiciones Nros. 16-DGR/91 y 15-DGR/94, la Resolución General (CA) N° 35/90, el artículo 31 de la Resolución General (CA) N° 1/05 y la Resolución General (CA) N° 9/05, y

CONSIDERANDO:

Que la vigencia, en el marco de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, del nuevo software domiciliario denominado SI.FE.RE establece nuevas modalidades a través del canal OSIRIS para la liquidación, pago y presentación de declaraciones juradas mensuales y anuales de los contribuyentes inscriptos en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos que tributan en el régimen de convenio multilateral;

Que, particularmente y de conformidad con lo establecido en las Disposiciones Nros. 16-DGR/91 y 15-DGR/94, las presentaciones de las declaraciones juradas anuales del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el régimen de convenio multilateral -CM 05- deben contar con certificación contable en el caso de contribuyentes organizados jurídicamente como sociedades regulares conforme con la Ley N° 19.550, quedando exceptuados por consiguiente las sociedades irregulares y las personas físicas;

Que, por otra parte, esta administración tributaria se encuentra realizando distintas gestiones tendientes a facilitar la recepción, transmisión y registro de la información vinculada con presentaciones que deban efectuar los contribuyentes para el cumplimiento voluntario de sus obligaciones frente a la DGR en los casos en que para ello requieran la intervención de profesionales matriculados en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Capital Federal, las que se encuentran próximas a concretarse;

Que, por todo lo expuesto, y hasta tanto se encuentre plenamente operativo el sistema aplicativo electrónico y los respectivos circuitos administrativos para la legalización de las firmas de profesionales en ciencias económicas, resulta menester establecer los mecanismos que permitan a esta administración contar con la documentación respaldatoria de las legalizaciones efectuadas, disponiendo a tal efecto que las declaraciones juradas anuales, Formulario CM 05, sean presentadas, junto a la constancia de recepción en el Banco Ciudad de Buenos Aires, en la delegación de esta Dirección General de Rentas sita en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Capital Federal;

Por ello, y en ejercicio de las facultades contenidas en los arts. 3° y 4°, inc. 16, del Código Fiscal vigente (t.o. 2006, Decreto N° 246/06, Separata B.O. N° 2404),

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Los contribuyentes inscriptos en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, que liquiden el gravamen bajo el régimen del convenio multilateral, deberán presentar en la delegación de esta Dirección General de Rentas sita en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Capital Federal, una copia del formulario Declaración Jurada -CM 05- debidamente legalizado por el profesional interviniente en el que conste la recepción del mismo por parte del Banco Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 2° - Lo dispuesto en el artículo 1° de la presente será de aplicación obligatoria hasta tanto se encuentre operativo el sistema aplicativo electrónico y los respectivos circuitos administrativos para la legalización de las firmas de profesionales en ciencias económicas que garanticen la autoría del profesional actuante y la inalterabilidad del documento.

Artículo 3° - Los contribuyentes referidos en el art. 1° de la presente serán aquellos organizados jurídicamente como sociedades regulares conforme la Ley N° 19.550.

Artículo 4° - Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Subdirecciones Generales y demás áreas dependientes de esta Dirección General de Rentas. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Res. 2216-DGR-05 reglamenta la liquidación del impuesto aprobado por Convenio 18/8/1977.
MODIFICADA POR
La Res. N° 337-AGIP-09 reemplaza art. 1° de la Resolución N° 2216-DGR-06 respecto a trámites de contribuyentes inscriptos en Impuesto sobre los Ingresos Brutos
INTEGRADA POR
Res. 155-AGIP-12 establece que Los contribuyentes y/o responsables del ISIB, inscriptos en el Registro de Empresas TIC que liquidan bajo el régimen del Convenio Multilateral, deberán informar en la Declaración Jurada mensual SIFERE, aprobada por Res. 2216-DGR-06
DEROGADA POR
Art. 5 de la Resolución 511-AGIP-14, deja sin efecto la Resolución 2216-DGR-06.
INTEGRA
Res. 2216-DGR-06 se refiere a los contribuyentes organizados conforme Ley Nac. 19.550.