DISPOSICIÓN 10 2026 UNIDAD OPERATIVA PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE GESTIÓN

Síntesis:

APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA CREACIÓN Y VALIDACIÓN DE LOS LIBROS DE INSPECCIÓN DIGITAL CORRESPONDIENTES A LOS ESTABLECIMIENTOS HABILITADOS CONFORME AL CÓDIGO DE HABILITACIONES Y VERIFICACIONES A FIN DE OTORGAR DICHO INSTRUMENTO DE CONTROL DOCUMENTAL DE MANERA PAULATINA  UNIDAD OPERATIVA PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE GESTIÓN AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - PROCEDIMIENTOS PARA LA CREACIÓN DE LIBROS DE INSPECCIÓN DIGITAL - LIBRO DE INSPECCIÓN DIGITAL - HABILITACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS - CÓDIGO DE HABILITACIONES Y VERIFICACIONES - VALIDACIÓN DE EMISIÓN DE LIBROS DE INSPECCIÓN DIGITAL - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - HABILITACIÓN DE LOCALES - OBLIGATORIEDAD - INSPECCIONES

Publicación:

07/08/2026

Sanción:

31/07/2026

Organismo:

UNIDAD OPERATIVA PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE GESTIÓN


VISTO: Las Ordenanzas 13.126, 34.421 Anexo B "Código de Habilitaciones y

Verificaciones", las Leyes 2.624, 3.304, 6.101, el Decreto 40/19, las Resoluciones

247/AGC/17, 178/AGC/17, 422/AGC/20, 452/AGC/25, el Expediente EX-2026-

03564820-GCABA-AGC, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 2.624, se creó la Agencia Gubernamental de Control como

entidad autárquica en el ámbito del entonces Ministerio de Justicia y Seguridad de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se determinó su organización y competencia, a

efectos de controlar, fiscalizar y regular en el marco del ejercicio del poder de policía

en lo que respecta a la seguridad, salubridad e higiene alimentaria de los

establecimientos públicos y privados, a las habilitaciones de todas aquellas actividades

comprendidas en el Código respectivo como así también el otorgamiento de permisos

para ciertas actividades y a las obras civiles, públicas y privadas, comprendidas por el

Código de la Edificación;

Que a través de la Resolución 247/AGC/17 se modificó la estructura organizativa de

esta Agencia, aprobándose las respectivas responsabilidades primarias de cada una

de las Direcciones Generales y Unidades que la componen;

Que por su parte, esta Unidad Operativa Planificación y Coordinación de Gestión

posee, entre otras, las facultades de: "Elaborar e implementar planes de acción sobre

las actividades desarrolladas por las distintas Direcciones Generales, Unidades,

Gerencias Operativas y Subgerencias Operativas... que propicien la simplificación

administrativa de los procesos y mejoren la experiencia del ciudadano en su

interacción con la Agencia Gubernamental de Control... Elaborar y desarrollar planes

de mejoras que faciliten los procesos relacionados a la tramitación de denuncias y a

los requerimientos de los ciudadanos, a fin de garantizar la eficiencia en la prestación

de servicios a la comunidad en las materias de competencia de la Agencia

Gubernamental de Control";

Que la Ordenanza 13.126 establece que "Los establecimientos autorizados para

ejercer una actividad económica sujeta a autorización, deben contar con un Libro de

Registro de Inspecciones, en el formato que disponga la Autoridad de Aplicación.

(...)La tenencia del Libro de Registro de Inspecciones es de carácter obligatorio para

todo establecimiento sujeto a autorización, a fin de ser presentado ante el personal

facultado para realizar las tareas de inspección toda vez que sea requerido.";

Que la Ley 6.101 aprobó la "Ley Marco de Actividades Económicas de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires", la cual tiene como objeto regular los principios y pautas

generales que han de regir las autorizaciones y su posterior fiscalización en el ámbito

de esta Ciudad, lo cual debe ser acompañado con normas complementarias que

permitan incluir la mayor cantidad de inmuebles existentes;

Que a su vez, establece que las autoridades administrativas actuarán de acuerdo con

los principios de sencillez, economía, celeridad y eficacia en los trámites, facilitando el

acceso de los ciudadanos a la Administración a través de procedimientos directos,

simplificados y de acceso público por medios electrónicos;

Que por su parte, la Ley Marco derogó el Título I GENERALIDADES y el Título III DE

LOS PROCEDIMIENTOS del Anexo B de la Ordenanza I 34.421 del "Código de

Habilitaciones y Verificaciones", que establecía el procedimiento para el inicio de

trámites de las habilitaciones para el ejercicio de toda actividad comercial o industrial

en el ejido de la Ciudad de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto 40/19 se aprobó la reglamentación de la mencionada Ley y

mediante Resolución 178/AGC/17 se aprobó el procedimiento digital a través del

Sistema de Gestión Integral (SGI) para el inicio de la solicitud de habilitación comercial

de las actividades previstas en el el Código de Habilitaciones y Verificaciones;

Que posteriormente la Resolución 422/AGC/20 implementó a partir de la fecha 9 de

diciembre de 2020, el "Libro de Inspecciones Digital", estableciéndose su

obligatoriedad para todas las autorizaciones de actividad económica solicitadas

conforme Ley 6.101 y otorgadas a partir de la fecha mencionada;

Que mediante Resolución 452/AGC/25, se ampliaron los alcances de la Resolución

mencionada para aquellas habilitaciones tramitadas conforme el Código de

Habilitaciones y Verificaciones, que hubieran sido tramitadas fuera del Sistema de

Gestión Integral (SGI);

Que el artículo 2° de dicha Resolución, instruyó a esta Unidad Operativa Planificación

y Coordinación de Gestión y las áreas que ésta estime corresponder, el desarrollo e

implementación del procedimiento necesario para alcanzar en suma, a la totalidad de

los establecimientos habilitados por esta repartición;

Que tal es así que mediante la Gerencia Operativa Modernización, Procesos y Mejora

Continua dependiente de esta Unidad Operativa, se desarrollaron y ejecutaron las

acciones necesarias tendientes a la implementación efectiva de la tecnología

informática necesaria para cumplimentar el fin perseguido en esta instancia;

Que no obstante ello, dicha Gerencia Operativa continua en etapa de desarrollo de

aquellas herramientas que resultan imprescindibles para finalizar con el objetivo

oportunamente determinado;

Que es intención de esta gestión continuar con la paulatina y progresiva puesta en

marcha del Plan de Modernización, en pos de agilizar y mejorar la gestión y

tramitación administrativa, de modo de dotar a los procesos de mayores niveles de

eficacia, transparencia y accesibilidad para su seguimiento y control;

Que tal es así que, la herramienta "Libro de Inspecciones Digital" se encuentra

destinada, entre otros fines, al registro de las inspecciones efectuadas por este

Organismo, y que asimismo ha sido extendida para su utilización por otras

dependencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que cuentan con personal

con funciones inspectivas;

Que en virtud de lo expuesto, deviene necesario aprobar el procedimiento aplicable

con el fin de alcanzar en suma, a la totalidad de los establecimientos habilitados por

esta repartición, el cual corresponde señalar que podrá ser actualizado, adecuado o

modificado en función de las necesidades operativas y/o técnicas sin alterar su

finalidad ni las generalidades que lo rigen;

Que asimismo, en esta oportunidad, deviene pertinente validar la emisión de "Libros

de Inspección Digital" correspondientes a determinados establecimientos cuyas

habilitaciones fueran tramitadas conforme al Título I -GENERALIDADES y Título III -

DE LOS PROCEDIMIENTOS del ANEXO B de la Ordenanza 34.421 "Código de

Habilitaciones y Verificaciones" que hubieran sido tramitadas fuera del Sistema de

Gestión Integral (SGI);

Que finalmente corresponde mencionar que la validación y aprobación de los lotes de

establecimientos restantes se efectuará paulatinamente de acuerdo con las

condiciones operativas y administrativas de este Organismo,

Que por todo lo mencionado corresponde el dictado del pertinente acto administrativo.

Por ello, en el uso de las facultades legalmente conferidas,

LA COORDINADORA

DE LA UNIDAD OPERATIVA PLANIFICACIÓN

Y COORDINACIÓN DE GESTIÓN

DISPONE:

Artículo 1°.- Aprobar los "Procedimientos para la creación de Libros de Inspección

Digital" con el objeto de conformar los lotes de establecimientos cuyas habilitaciones

hubieran sido tramitadas conforme al Título I -GENERALIDADES y Título III - DE LOS

PROCEDIMIENTOS del ANEXO B de la Ordenanza 34.421 "Código de Habilitaciones

y Verificaciones", a fin de otorgar a los mismos el "Libro de Inspección Digital", que

como Anexo I (IF-2026-33633077-GCABA-AGC), forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°.- Validar la emisión de los "Libros de Inspección Digital" correspondientes a

las habilitaciones de los establecimientos identificados en el Anexo II (IF-2026-

33637002-GCABA-AGC), el cual forma parte integrante de la presente, tramitadas

conforme al Título I - GENERALIDADES y Título III - DE LOS PROCEDIMIENTOS del

ANEXO B de la Ordenanza 34.421 "Código de Habilitaciones y Verificaciones".

Artículo 3°.- Establecer que la validación y aprobación de los lotes de establecimientos

restantes se efectuará paulatinamente de acuerdo con las condiciones operativas y

administrativas.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y comunicar

para su conocimiento y fines pertinentes a todas las Unidades y Direcciones

Generales de ésta Agencia, al Ministerio de Justicia, al Ministerio de Seguridad, al

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, al Ministerio de Salud, a la Agencia

de Protección Ambiental, a la Dirección General Defensa del Consumidor, a la

Dirección General Protección del Trabajo y a la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Cumplido, archivar. Duarte


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7425 ANEXO 1

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7425 ANEXO 2

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>El artículo 1° de la Disposición 10/UOPCGAGC/26 aprueba los Procedimientos para la creación de Libros de Inspección Digital con el objeto de conformar los lotes de establecimientos cuyas habilitaciones hubieran sido tramitadas conforme al Título I GENERALIDADES y Título III DE LOS PROCEDIMIENTOS del ANEXO B de la Ordenanza 34.421, complementando la Resolución 222/AGC/20.</p>
COMPLEMENTA
<p>El artículo 1° de la Disposición 10/UOPCGAGC/26 aprueba los Procedimientos para la creación de Libros de Inspección Digital con el objeto de conformar los lotes de establecimientos cuyas habilitaciones hubieran sido tramitadas conforme al Título I GENERALIDADES y Título III DE LOS PROCEDIMIENTOS del ANEXO B de la Ordenanza 34.421.</p><p>El artículo 2° valida la emisión de Libros de Inspección Digital de habilitaciones de establecimientos.</p>
COMPLEMENTA
<p>El artículo 1° de la Disposición 10/UOPCGAGC/26 aprueba los Procedimientos para la creación de Libros de Inspección Digital con el objeto de conformar los lotes de establecimientos cuyas habilitaciones hubieran sido tramitadas conforme al Título I GENERALIDADES y Título III DE LOS PROCEDIMIENTOS del ANEXO B de la Ordenanza 34.421.</p>