RESOLUCIÓN 3571 2026 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN N° 1191-MHGC/15 Y APRUEBA LAS PRESTACIONES INCLUIDAS EN EL NOMENCLADOR INDICATIVO DE PRESTACIONES DE ALTA COMPLEJIDAD Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS DEL FONDO COMPENSADOR - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - FONDO COMPENSADOR - OBRA SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE MEDICINA DEL TRABAJO - BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - OFICINA DE FONDOS COMPENSADORES - NOMENCLADOR INDICATIVO DE PRESTACIONES DE ALTA COMPLEJIDAD Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS - EMERGENCIA MÉDICA - AUTORIZACIÓN POSTERIOR DE PRÁCTICAS MÉDICAS - PROVISIÓN DE INSUMOS Y MEDICAMENTOS - PRÁCTICAS MÉDICAS DE ALTA COMPLEJIDAD - TRASPLANTE DE ÓRGANOS - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL

Publicación:

19/08/2026

Sanción:

13/08/2026

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1721/GCBA/97 y sus normas

modificatorias la Resoluciones N° 867/MHGC/14 y modificatorias y 1191-MHGC-2015

y el Expediente EX-2026-32210114-GCABA-DGTALMHF y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución citada se reformuló la norma reglamentaria del régimen

instituido a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1721/97;

Que dicha norma establece los procedimientos mediante los cuales se determinan y

liquidan los pagos originados en los Fondos Compensadores establecidos en el

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1721/GCBA/97;

Que oportunamente la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires formalmente solicitó

se contemplen las situaciones de urgencia y emergencia médica, así como las

medidas cautelares que imposibilitan la autorización ex ante de la realización de la

práctica médica, provisión de prótesis, insumos y/o medicamentos, tal como indica la

norma de procedimiento del régimen ut supra aludida;

Que como consecuencia de ello, se dictó la Resolución 1191-MHGC-2015;

Que ante una nueva presentación de la Obra Social, se ha cursado la debida consulta

a la Dirección General de Administración de Medicina del Trabajo, en virtud de su rol

de auditor médico del régimen;

Que la referida Dirección General no ha presentado objeciones a la nómina de

prácticas y patologías que, teniendo en cuenta el criterio de emergencia y urgencia

médica, deben ser consideradas como situaciones límite y que en función de ello, su

autorización pueda formularse con posterioridad a la realización de la práctica;

Que el requerimiento de la Obra Social, amerita la determinación normativa

correspondiente, con el propósito de atender a dichas circunstancias;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 24 del Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 1721/97 y modificatorias,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución 1191-MHGC-2015.

Artículo 2°.- Aprobar que las prestaciones incluidas en el Nomenclador Indicativo de

Prestaciones de Alta Complejidad y Trasplante de Organos del Fondo Compensador,

que deriven de situaciones de urgencia y emergencia médica, determinadas por el

Anexo IF-2026-36697343-GCABA-MHFGC que forma parte integrante de la presente,

serán autorizadas conforme los términos la Resolución N° 867/MHGC/2014 y

modificatorias con posterioridad a la realización de la práctica médica o provisión de

prótesis, insumos y/o medicamentos.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comunicar a la Oficina de Fondos Compensadores del Banco Ciudad de Buenos Aires

y para su conocimiento y demás fines, remitir a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Arengo Piragine


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7433

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>El artículo 2° de la Resolución 3571/MHFGC/26 reformula la norma reglamentaria del régimen instituido a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 1721/97.</p>
COMPLEMENTA
<p>El artículo 2° de la Resolución 3571/MHFGC/26 establece la autorización con posterioridad a la realización de la práctica médica o provisión de prótesis, insumos y/o medicamentos para las prestaciones de urgencia y emergencia médica, en el marco de la Resolución 867/MHGC/14.</p>
DEROGA
<p>El artículo 1° de la Resolución 3571/MHFGC/26, deja sin efecto la Resolución 1191/MHGC/15.</p>