LEY 2550 2007
Síntesis:
PRORROGA PLAZO 2 AÑOS - EFECTOS DE UTILIDAD PÚBLICA Y OCUPACIÓN TEMPORARIA - BIENES INMUEBLES DESCRIPTOS - LEYES 1795 - 1796 - 2075 - 2379 - USOS GRATUITOS
Publicación:
07/12/2007
Sanción:
29/11/2007
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
06/12/2007
Artículo 1° - Prorrógase por el plazo de dos (2) años los efectos de la declaración de utilidad pública y la ocupación temporaria de los bienes inmuebles descriptos en las Leyes Nros. 1.795, 1.796, 2.075 y 2.379, los que comenzarán a regir desde el cumplimiento de los plazos previstos en el artículo 1° de las leyes mencionadas.
Artículo 2° - El Poder Ejecutivo deberá dar cumplimiento a las normas citadas en un plazo de treinta (30) días desde la promulgación de la presente ley.
Artículo 3° - Comuníquese, etc.- De Estrada - Bello