RESOLUCIÓN 256 2008 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

SE APRUEBA EL INSTRUCTIVO PARA EL EMPLEO DEL CORREO ELECTRÓNICO INSTITUCIONAL DE LA CIUDAD - ACTOS INTERNOS DE LA ADMINISTRACIÓN - E - MAIL - REEMPLAZO DE PAPEL - MODIFICACIONES EN LAS COMUNICACIONES - PAUTAS - PROCEDIMIENTOS - CUENTAS DE CORREO - LLAMADOS - COMPRAS Y CONTRATACIONES - LICITACIONES - AUDIENCIA PÚBLICA - MEMORANDUM - MENSAJE - INFORMES - NOTAS - PROVIDENCIAS - BOLETÍN OFICIAL - ACCESO A LA INFORMACIÓN - PEDIDOS DE INFORMES -

Publicación:

24/06/2008

Sanción:

12/06/2008

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


Visto la ley N° 2.506 y su Decreto Reglamentario N° 2.075/GCBA/07, el Decreto N° 322/GCBA/08, el Decreto N° 417/GCBA/08, y el Expediente N° 23.263/2008, y;

CONSIDERANDO

Que, la Ley N° 2.506 creó la Jefatura de Gabinete de Ministros a quien a través del Decreto N° 2.075/GCBA/07, se le encomendaron las funciones de diseñar, proponer y coordinar la política de transformación y modernización del Estado, determinar los lineamientos estratégicos y proponer las normas reglamentarias en la materia;

Que, asimismo, es función de este Ministerio diseñar, coordinar y verificar la implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;

Que, por Decreto N° 322/GCBA/08, se designó a la Jefatura de Gabinete de Ministros como autoridad de aplicación en la implementación de la firma digital y la firma electrónica en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, autorizándoselo además a dictar las normas complementarias y reglamentarias conducentes a la aplicación de la firma digital en el ámbito del Poder Ejecutivo, y a fijar los procedimientos técnicos para la generación, comunicación, archivo y conservación del documento digital o electrónico;

Que, por Decreto N° 417/GCBA/08, se estableció que las comunicaciones internas entre los organismos dependientes del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad, se efectuarán obligatoriamente a través del las cuentas de correo electrónico institucional, siendo este medio el idóneo a los fines de comunicar fehacientemente los actos internos de la administración que no produzcan efectos jurídicos individuales en forma directa;

Que a través del mencionado Decreto se delegó en el Jefe de Gabinete de Ministros la correspondiente instrumentación y el dictado de normas regulatorias referidas a la temática que nos ocupa;

Que, tal delegación guarda relación con la materia encomendada a la Jefatura de Gabinete de Ministros, respecto a aplicar herramientas tecnológicas disponibles que tiendan a despapelizar la Administración al tiempo de lograr mayores niveles de eficiencia y celeridad, tendiendo a reemplazar el formato gráfico de tales comunicaciones interadministrativas;

Que, la implementación de las herramientas tecnológicas promueve y facilita la rapidez, sencillez e inmediatez en las gestiones administrativas, al tiempo que mejora y racionaliza los circuitos y plazos administrativos, de modo de promover la fluidez en las comunicaciones y consecuentemente la colaboración entre los diversos órganos administrativos;

Que, a los fines de dar cumplimiento a lo precedentemente expuesto, resulta necesario fijar un instructivo que determine en forma cierta cuáles son las comunicaciones internas de carácter administrativo que resulten alcanzadas por las disposiciones del Decreto N° 417/GCBA/08, en donde corresponda por consiguiente el empleo de las cuentas institucionales de correo electrónico de la Ciudad como único medio de comunicación fehaciente de las mismas;

Por ello, y en uso de las facultades establecidas por el Decreto N° 322/GCBA/08 y Decreto N° 417/GCBA/08;

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

Artículo 1°: Apruébase el Instructivo para el empleo del correo electrónico institucional de la Ciudad como único medio de comunicación fehaciente de los actos internos de la administración, que como Anexo forma parte de la presente.

Artículo 2°: Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a los Ministerios y a los Organismos comprendidos en el artículo 2° del Decreto N° 417/GCBA/08. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Res. 256-MJGM-08 Reglamenta el uso del correo electrónico para la publicación de las licitaciones en las condiciones que fija el Dec. 754 reglamentario de la Ley 2095
MODIFICADA POR
La Resolución N° 385-MJGGC-08 rectifica la Resolución N° 256-MJGGC-08 en su Anexo respecto a pedido de informes o información al Poder Ejecutivo de la Ciudad
COMPLEMENTADA POR
Res. 510-MJGGC-08 Aclara que el Instructivo aprobado por Resolución N° 256-MJGGC-08 exceptúa de su cumplimiento a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires
REGLAMENTA
Res. 256-MJGM-08 - Anexo - Procedimiento de Compras y Contrataciones - Reglamenta el uso del correo electrónico para la publicación de las licitaciones en las condiciones que fija la Ley 13064 Ley de Obra Pública
MODIFICA
Res. 256-MJGGC-08 Modifica pautas establecidas con respecto a la publicación en el BOCBA - Modifica CYA-97