DECRETO 705 2001

Síntesis:

NORMA DEROGADA -APRUEBA EL PROYECTO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

Publicación:

30/05/2001

Sanción:

23/05/2001

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto el expediente N° 33.826/2001, y;

CONSIDERANDO:

Que es objetivo de este Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires impulsar un proceso de sensibilización con relación a la responsabilidad social que les cabe a todos los actores sociales para lograr la inclusión de los sectores sociales que, por diversas razones, se encuentran en situación de vulnerabilidad social y de exclusión,

Que, la celebración de acuerdos entre el Gobierno, las Empresas y las distintas Organizaciones no Gubernamentales en programas y proyectos destinados a la resolución de los grandes problemas sociales de nuestra Ciudad permitirá crear estrategias innovadoras, movilizar nuevos recursos humanos, económicos y sociales y generar un clima de confianza en nuestra Ciudad;

Que, a tales efectos, este Gobierno, a través de la Unidad de Control y Seguimiento del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se propone gestionar, con las diferentes Empresas y Organizaciones no Gubernamentales, la celebración de acuerdos tendientes a complementar y potenciar los esfuerzos de cada uno de estos sectores, en pos del desarrollo social de la Ciudad, promoviendo la construcción de responsabilidad social a través de la realización de actividades, proyectos y programas que favorezcan la integración y la inclusión de los niños/as, adolescentes, jóvenes, adultos, y adultos mayores y personas con necesidades especiales en situación de vulnerabilidad social y de exclusión, como así también la conformación de redes institucio-nales y comunitarias en el ámbito de la Ciudad;

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde aprobar el Proyecto de Responsabilidad Social, propuesto por la Unidad de Control y Seguimiento del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase el Proyecto de Responsabilidad Social, el que se desarrollará en el ámbito de la Unidad de Control y Seguimiento del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2° La Unidad de Control y Seguimiento del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires gestionará en nombre del Gobierno de la Ciudad, con las diferentes empresas y organizaciones no gubernamentales que participen del Proyecto de Responsabilidad Social de este Gobierno, la celebración de acuerdos tendientes a complementar y potenciar los esfuerzos de cada uno de estos sectores, en pos del desarrollo social de la Ciudad, promoviendo la construcción de responsabilidad social a través de la realización de actividades, proyectos y programas que favorezcan la integración y la inclusión de los niños/as, adolescentes, jóvenes, adultos, y adultos mayores y personas con necesidades especiales en situación de vulnerabilidad social y de exclusión.

Asimismo, la Unidad de Control y Seguimiento se encargará de la conformación de redes institucionales y comunitarias con el mismo fin en el ámbito de la Ciudad.

Artículo 3° Las distintas áreas de competencia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires prestarán su colaboración y participación a los efectos de implementar los acuerdos que en virtud del Proyecto de Responsabilidad Social se celebren.

Artículo 4° El presente decreto será refrendado por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 5° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas las Secretarías y Subsecretarías del Poder Ejecutivo y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Unidad de Control y Seguimiento del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese.

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Artículo 9° - Deroga el Decreto N° 705/GCBA/01.