RESOLUCIÓN 786 2001 SECRETARIA DE EDUCACION
Síntesis:
CREA EL PROGRAMA ESCUELAS PRIMARIAS BILINGÜES DE LA CIUDAD - IMPLEMENTA LA ENSEÑANZA PROGRESIVA Y GRADUAL DE UNA LENGUA EXTRANJERA DESDE LOS PRIMEROS GRADOS DE LAS ESCUELAS PRIMARIAS PÚBLICAS
Publicación:
06/06/2001
Sanción:
17/05/2001
Organismo:
SECRETARIA DE EDUCACION
Visto la Nota N?405.126/SSE/2001, y,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, en el artículo 23, promueve el más alto nivel de calidad de la enseñanza;
Que el Gobierno de la Ciudad, a través de la Secretaría de Educación establece los lineamientos curriculares para cada uno de los niveles educativos y garantiza, en las escuelas públicas de su dependencia, una educación de calidad para todos los sectores sociales;
Que la incorporación de una segunda lengua en el currículum de escuelas públicas de la Ciudad de Buenos Aires, principalmente a aquellas ubicadas en los sectores más desfavorecidos como resultado de una política de equidad, eleva la calidad de la enseñanza;
Que la enseñanza de una lengua extranjera desde los primeros grados, enriquece el aprendizaje de la lengua materna y favorece el logro de competencias para desempeñarse en el futuro en diferentes ámbitos;
Que la Subsecretaría de Educación ha elaborado el Programa Escuelas Primarias Bilingües de la Ciudad de Buenos Aires, con la finalidad de implementar la enseñanza de una lengua extranjera de manera sistemática, intensiva y gradual desde los primeros grados;
Que es imprescindible dictar el acto administrativo de aprobación del citado Programa y designar las escuelas primarias en las que se inicia su implementación;
Que se debe asegurar la designación de personal docente idóneo, así como el seguimiento y evaluación de la experiencia educativa;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL SECRETARIO DE EDUCACION
Artículo 1° - Créase el Programa Escuelas Primarias Bilingües de la Ciudad de Buenos Aires, cuya finalidad es implementar la enseñanza de una lengua extranjera de manera sistemática, intensiva y gradual desde los primeros grados de las escuelas primarias públicas de la Ciudad de Buenos Aires, que como Anexo I forma parte de la presente resolución.
Artículo 2° - Autorízase la implementación del Programa aprobado por artículo 1° en doce escuelas primarias de gestión oficial que se nominan en el Anexo II. El citado programa se iniciará por los primeros grados y se irá ampliando progresivamente hasta completar todos los grados de la escolaridad primaria de las citadas escuelas.
Artículo 3° - Desígnase a la Subsecretaría de Educación como responsable de la implementación, seguimiento y evaluación de este Proyecto. En caso de considerarlo pertinente dispondrá la incorporación gradual de otras escuelas primarias de la Ciudad. Del mismo modo, en caso de considerarlo pertinente, dispondrá la progresiva incorporación de los docentes de lenguas extranjeras a las Plantas Orgánico - Funcionales de las escuelas correspondientes.
Artículo 4° - El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será afectado sólo por el año 2001 a la partida presupuestaria de la Planta Transitoria asignada a la Dirección General de Educación para 2001. La Dirección General de Planeamiento asistirá a este proyecto acompañándolo desde los aspectos curriculares y de previsiones presupuestarias.
Artículo 5° - Los deberes y derechos que correspondan al personal docente que se designe para las actividades mencionadas, son los previstos en los artículos 6° y 14 incisos ch), f); 69 y 70 incisos a), c), ch); en lo referente a beneficios con goce de sueldo, m), q), r), s) de la Ordenanza N°40.593 (Estatuto del Docente Municipal).
Artículo 6° - Los docentes a cargo de la enseñanza de la lengua extranjera en los primeros grados de las escuelas incorporados al proyecto serán seleccionados según los criterios y pautas explicitados en el Anexo III de la presente.
Artículo 7° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Educación (Dirección Area Educación Primaria), de Planeamiento y de Coordinación Financiera y Contable (Dirección de Planificación y Control de Gestión y Dirección Administrativa Docente).
SOBRE EL PROYECTO ESCUELAS BILINGÜES EN ESCUELAS PUBLICAS DE LA CIUDAD
Este proyecto tiene como objetivo ofrecer la enseñanza de calidad de una segunda lengua a los niños de escuelas públicas de la Ciudad de Buenos Aires, principalmente a aquéllas ubicadas en los sectores más desfavorecidos. Por primera vez, los alumnos que concurren a estas escuelas, tendrán acceso a una lengua extranjera de manera continua, sistemática y prolongada, modalidad de trabajo reservada hasta el momento a sectores de alto poder adquisitivo.
Durante el año 2001 el proyecto se desarrollará en los primeros grados de doce escuelas primarias de jornada completa (seis de ellas enseñarán inglés, dos francés, dos italiano y dos portugués) ubicadas en los barrios de Barracas, San Telmo, Villa Lugano, Saavedra, Villa Soldati, Floresta y Recoleta. Se prevé, en los años sucesivos, ampliar la cobertura a otras escuelas.
La implementación de esta propuesta tiene como eje un trabajo de acercamiento de carácter progresivo en una segunda lengua, por lo que se comenzará con los alumnos de primer grado, para continuar con estos grupos año tras año.
Los alumnos recibirán dos horas reloj (tres horas cátedra) de clase de lengua extranjera durante cuatro días a la semana, después del momento del almuerzo. Estas clases consistirán en conversaciones, narración de cuentos, audición de canciones, juegos, acciones de rutina (higiene, orden de la sala, actividades en el patio, etc.), llevados a cabo en la segunda lengua con el propósito de que los niños la relacionen con sus acciones cotidianas y se habitúen a su uso, ya sea escuchando y/o comenzando a hablarla. Puede hablarse aquí de la creación de ambientes alfabetizadores en los que se integran aspectos relacionados con la plástica, la música y el juego.
Los docentes que llevarán a cabo esta tarea fueron seleccionados tanto por sus antecedentes profesionales y su manejo de la lengua, como por su experiencia y su deseo de trabajar con niños de sectores más desfavorecidos de la Ciudad.
Estos profesores recibirán antes del inicio de las clases una capacitación intensiva dictada por un grupo de especialistas que se concentrarán en las estrategias didácticas adecuadas para trabajar intensivamente en primer grado respetando los intereses y los tiempos de los alumnos. Los especialistas tendrán también a su cargo el seguimiento y ajuste del proyecto a través de observaciones de clases y de reuniones que se realizarán semanalmente durante el día en el que los docentes no están a cargo de los alumnos.
Además, los docentes de lengua materna y los directores de las escuelas tendrán reuniones con el equipo de lenguas extranjeras de manera de coordinar acciones, enriquecer la tarea de los docentes y potenciar los aprendizajes de los alumnos, así como comenzar a definir pautas para un nuevo modelo institucional.
Por otro lado, desde las Direcciones de Currículum y de Investigación se apoyará el proyecto trabajando junto con las especialistas el área de Prácticas del Lenguaje en la articulación de estrategias didácticas y llevando a cabo un proyecto de investigación que producirá insumos con vistas a la progresiva generalización del proyecto.
Este proyecto, por sus características piloto tendrá la siguiente estructura:
Subsecretaría de Educación: Tendrá a su cargo la elaboración de las líneas generales del proyecto, así como su conducción y evaluación.
Coordinación General: Tendrá a cargo la mirada integral del proyecto así como las relaciones con las embajadas de los países interesados en el proyecto y los diferentes centros de difusión de las lenguas.
Coordinadores por lenguas: Tendrán a su cargo el seguimiento del proyecto en un número reducido de escuelas, su función consiste en capacitar a los docentes de lenguas extranjeras, observar clases y coordinar una reunión semanal de monitoreo y puesta en común de propuestas y estrategias pedagógicas.
Los Supervisores de Lenguas Extranjeras dependientes de la Coordinación de Lenguas Extranjeras, supervisarán y colaborarán con estas escuelas en el marco de su tarea habitual en todas las instituciones públicas primarias de la Ciudad.
ANEXO II
INSTITUCIONES QUE SE INCORPORAN AL PROYECTO ESCUELAS BILINGÜESAÑO 2001
IDIOMA PORTUGUES
Escuela 21 Distrito Escolar 10 Cornelio Saavedra
Escuela 9 Distrito Escolar 18 Provincia de Misiones
IDIOMA ITALIANO
Escuela 1 Distrito Escolar 1 Juan José Castelli
Escuela 14 Distrito 2 Juan Martín de Pueyrredón
IDIOMA FRANCES
Escuela 7 Distrito 6 Olegario Víctor Andrade
Escuela 3 Distrito Escolar 20 República Francesa
IDIOMA INGLES
Escuela 13 Distrito Escolar 5 Fray Mamerto Esquiú
Escuela 11 Distrito Escolar 6 José F. Moreno
Escuela 15 Distrito Escolar 8 Provincia de Salta
Escuela 22 Distrito Escolar 11 Hipólito Bouchard
Escuela 15 Distrito Escolar 19 Evaristo Carriego
Escuela 6 Distrito Escolar 21 República de la India
ANEXO III
SOBRE LA SELECCION DE LOS DOCENTES AÑO 2001
Los docentes de las lenguas inglés, francés, italiano y portugués serán seleccionados a partir de los listados de la Junta de Clasificación Docente. Si, agotado este listado, no hubiera suficientes docentes para este proyecto, se realizará una convocatoria pública.
Los docentes que se desempeñen en este proyecto deberán poseer título oficial y aprobar un coloquio tomado por el coordinador en la lengua correspondiente, en el que se evaluará el manejo de la lengua y la disposición a la tarea con niños de sectores sociales desfavorecidos.
Una vez superado el coloquio, los docentes deberán concurrir a un curso intensivo de capacitación a partir del cual se producirá la selección definitiva efectuándose un listado de responsables de los grupos a cubrir y de posibles suplentes para casos de licencias.
Tanto el coloquio y el llamado público como el curso de capacitación, serán realizados entre los meses de diciembre del año anterior y febrero del año de la incorporación de cada uno de los grados al proyecto.
Todos los docentes seleccionados deberán estar inscriptos en los listados de la Junta de Calificación Docente.
ANEXOS
ANEXO I