RESOLUCIÓN 356 2010 MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO

Síntesis:

SE ESTABLECE QUE AUTOPISTAS URBANAS SA ES LA ENCARGADA DE LA EJECUCIÓN DEL PLAN DE OBRAS Y CRONOGRAMA DE INVERSIONES - AUTORIZACIÓN - OBTENCIÓN DE FINANCIAMIENTO - AUSA - CRÉDITO - ENDEUDAMIENTO - OBRAS VIALES - CONCESIÓN DE OBRA PÚBLICA DE LA RED DE AUTOPISTAS Y VÍAS INTERCONECTADAS Y PUENTES DE CONEXIÓN FÍSICA CON LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES - TÚNELES - PROYECTO Y OBRA DE REMODELACIÓN PUENTE PACÍFICO - OBRA NUEVA ADAPTACIÓN A RED DE TRÁNSITO PESADO DE AV. PERITO MORENO ENTRE AV. VARELA - ZUVIRÍA (ETAPA II) - RED DE TRÁNSITO PESADO DE AV. PERITO MORENO ENTRE AMANCIO ALCOTRA Y ZUVIRÍA ETAPA III - PUENTE ROCA- PATRICIOS - PASO BAJO NIVEL - PROYECTO Y OBRA DE REMODELACIÓN PUENTE PACÍFICO Y SU ENTORNO VIAL Y PEATONAL - TRATAMIENTO URBANÍSTICO EN AU 9 DE JULIO SUR - ETAPA III - AMPLIACIÓN AV. PASEO COLÓN ETAPA I

Publicación:

09/04/2010

Sanción:

02/03/2010

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO


VISTO: las Leyes Nros. 3.060, 2.506 y 70, los Decretos Nros. 1721/04, 215/09, las Resoluciones Nros. 596/MDUGC/09 y N° 387/MHGC/10, el Registro 72984-SSPUAI/10 y los Expedientes Nros. 90.546/10, 1.294.446/09 y 135.538/10,y ;

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Desarrollo Urbano tiene entre sus competencias formular e instrumentar las políticas y programas para la ejecución de los proyectos de las obras públicas nuevas de arquitectura, ingeniería e infraestructura urbana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que pese a que existen restricciones presupuestarias en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ellas no resultan óbice para ejecutar aquellas obras definidas como prioritarias por la Dirección General de Planeamiento, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano, y cuya implementación no debe ser postergada;

Que por el Artículo 1° de la Ley N° 3.060 se otorgó a Autopistas Urbanas S.A. la Concesión de Obra Pública de la Red de Autopistas y Vías Interconectadas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y Puentes de conexión física con la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de veinte (20) años a título oneroso y a partir de la expiración de la Concesión otorgada por el Decreto 1.721/04;

Que asimismo por el Artículo 7° de la mencionada Ley se designó al Ministerio de Desarrollo Urbano como Autoridad de Aplicación de dicha norma, facultándolo para reglamentar la concesión, definir el Plan de Obras e Inversiones, efectuar los ajustes que permitan la efectiva concreción de las obras y dictar las normas complementarias que fueren menester;

Que las obras que fueron establecidas como Plan de Obras de la concesión a favor de Autopistas Urbanas S.A. mediante el Decreto N° 215/09 y la Resolución N° 596/MDUGC/2009 continúan ejecutándose en el marco de la Ley N° 3060;

Que resulta conveniente establecer un plan integral de las obras que la concesionaria Autopistas Urbanas S.A. debe ejecutar en el marco de la nueva Concesión de Obra Pública, que contemple tanto las obras encomendadas por los citados actos administrativos, como aquellas que se incorporan como obras nuevas en la concesión otorgada a Autopistas Urbanas S.A.;

Que, con relación a las obras que se incorporan al plan de obras establecido por la Ley N° 3060, la Dirección General de Infraestructura ha emitido el dictamen técnico de su competencia, del que surge la criticidad de las mismas;

Que, asimismo, la Dirección General de Tránsito del Ministerio de Desarrollo Urbano se ha expedido en el marco del Expediente N° 90.546/2010, respecto de los túneles de pequeña envergadura, afirmando que: “se trata de obras viales que buscan incrementar la conectividad transversal de la red secundaria con la red principal de avenidas de la ciudad y, a través de ellas, la fluidez de tránsito hacia la red de autopistas.”

Que la Dirección General de Proyectos Urbanos y Arquitectura del Ministerio de Desarrollo Urbano ha informado que el Proyecto y Obra de Remodelación Puente Pacífico y su entrono vial y peatonal que tramita por Expediente N° 1.294.496/2009, resulta ser una obra eminentemente de ampliación y vinculación vial y que, técnicamente, es del tipo de obra vial que realiza AUSA en el marco de la Concesión de Obra Pública a su favor, propiciando su incorporación al Plan de Obras;

Que, según surge del informe producido por la empresa concesionaria, la misma cuenta con capacidad técnica para ejecutar el plan de obras definido en los Decretos Nros. 1721/04, 215/09 y Resolución N° 596/MDUGC/09 y las que ha propuesto incorporar la Unidad de Contralor de Concesiones de Obras Viales (UCCOV) en un plazo de dos (2) años;

Que, sin perjuicio de ello, el flujo de caja operativo de Autopistas Urbanas S.A. no resulta suficiente para hacer frente a las obras encomendadas, en un plazo de dos (2) años, exclusivamente con los recursos provenientes de la recaudación por peaje, debiéndose entonces recurrir a la obtención de financiamiento;

Que los efectos de la Resolución N° 515/MDUGC/09 han sido suspendidos mediante Resolución Judicial recaída en los autos caratulados: “EPZSTEYN, Eduardo Ezequiel y otros c/ G.C.B.A. s/ AMPARO” (ART. 14 CCBA) Expte. N° 34682/0

Que el Ministerio de Hacienda es la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 70, reguladora de los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyas disposiciones resultan aplicables a Autopistas Urbanas S.A., en virtud de lo normado por el art. 4° de la referida norma;

Que a tenor de lo dispuesto en el art. 89 de la Ley 70, las sociedades y empresas del Estado, al aprobar su presupuesto conforme lo estipulado en la Sección V del Capítulo II, Título III de la Ley de Gestión y Administración Financiera, se encuentran habilitadas para efectuar operaciones de crédito público dentro de los límites de su responsabilidad patrimonial y conforme a los parámetros de endeudamiento fijados por el Ministerio de Hacienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para cada ejercicio presupuestario y para cada empresa o sociedad puntual, (conforme artículo 45 del Decreto N° 1000/99, reglamentario de la Ley 70);

Que el Ministerio de Hacienda, a través de la Resolución N° 387/MHGC/10, estableció en pesos seiscientos millones ($ 600.000.000.-) el límite de endeudamiento de Autopistas Urbanas S.A. para el ejercicio fiscal que finaliza el 31 de Diciembre de 2010;

Que el Ministerio de Hacienda no presenta reparos en que Autopistas Urbanas S.A. recurra a operaciones de crédito público para la realización de las obras, en tanto y en cuanto no supere el límite establecido por la premencionada Resolución y no otorgue avales a entidades ajenas al sector público de la Ciudad;

Que la Unidad de Contralor de Concesiones de Obras Viales tomó la intervención de su competencia;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención de su competencia en virtud de lo establecido por la Ley N° 1218

Que a mérito de ello, estos Ministerios consideran oportuno y conveniente encomendar a Autopistas Urbanas S.A. la ejecución del Plan de Obras y Cronograma de Inversiones que como Anexo que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución;

Por ello, y en uso de las facultades legales que les son propias,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVEN

Artículo 1°.- Establécese que Autopistas Urbanas S.A. es la encargada de la ejecución del Plan de Obras y Cronograma de Inversiones que como Anexo y a todos sus efectos integra la presente Resolución, como así también a completar la materialización de las obras encomendadas mediante los Decretos Nros. 1721/04 y 215/09, y las obras encomendadas por la Resolución N° 596-MDUGC/09, en el marco de la Concesión de Obra Pública dispuesta por la Ley N° 3060.

Artículo 2°.- A los efectos del Plan de Inversión no se incluyen las obras N° 52; 58 y 61 del Decreto 215/09, las que serán reprogramadas para su ejecución en un lapso posterior.

Artículo 3°.- Autorízase a Autopistas Urbanas S.A. a obtener el financiamiento que resulte necesario para afrontar el Plan de Obras encomendado en el plazo establecido en el Cronograma de Inversiones, sin superar el límite de endeudamiento establecido en la Resolución N° 387-MHGC/10, no pudiendo otorgar avales a entidades ajenas al sector público de la Ciudad.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese para su conocimiento a la Unidad de Contralor de Concesiones, a las Direcciones Generales de Infraestructura y de Tránsito, dependientes del Ministerio de Desarrollo Urbano, a la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera y a las Direcciones Generales de Crédito Público y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependientes del Ministerio de Hacienda. Cumplido notifíquese a la empresa Autopistas Urbanas S.A. Fecho, archívese.


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3396

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art 1 de la Res 356-MDU-10 Establece que Autopistas Urbanas SA es la encargada de la ejecución de Plan de Obras y Cronograma de Inversiones, como así también a completar la materialización de las obras encomendadas mediante los Dtos 1721-04 y 215-09, y las obras encomendadas por la Res 596-MDU-09, en el marco de la Concesión de Obra Pública dispuesta por la Ley 3060.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art 1 de la Res 356-MDU-10 Establece que AUSA es la encargada de completar la materialización de las obras encomendadas mediante Dto 215-09 - Art 2 a los efectos del Plan de Inversión no se incluyen las obras 52, 58 y 61</p>
COMPLEMENTA
<p>Art 1 de la Res 356-MDU-10 Establece que AUSA es la encargada de completar la materialización de las obras encomendadas por la Res 596-MDU-09</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 726-MDUGC-10, actualiza el listado de obras del Plan de Obras y Cronograma de Inversiones aprobado por Resolución 356-MDUGC-10, eliminando de las Obras encomendadas a Autopistas Urbanas SA, las correspondientes al Paso Bajo Nivel de Donado y Vías del Ex FFCC Mitre Ramal José León Suárez.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 537-MDUGC-11, actualiza el listado de obras aprobado por Resolución 356-MDUGC-10, eliminando del mismo la encomienda a Autopistas Urbanas SA de la obra Ejecución del Proyecto de Detalle y Construcción de los Cruces Bajo Nivel Av. Dorrego y Av. Warnes.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art 1 de la Res 356-MDU-10 Establece que AUSA es la encargada de completar la materialización de las obras encomendadas mediante Dto 1721-04</p>