DISPOSICIÓN 82 2010 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA

Síntesis:

SE APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN AL SISTEMA DE REGISTRO CONTABLE PATRIMONIAL DE BIENES DE USO Y DE CONSUMO  - TRANSFERENCIAS - CAMBIOS DE DESTINOS - DONACIONES - LEGADOS -  INCORPORACIONES FORZOSAS - ONEROSAS - VENTAS DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES - INVENTARO - PATRIMONIO - FUNCIONARIOS - SALIENTES - ENTRANTES - SUMARIOS  - PÉRDIDAS - EXTRAVÍOS

Publicación:

20/05/2010

Sanción:

27/04/2010

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA


VISTO:la Ley 70 y el Decreto N° 263/10 (B.O. N° 3396 ), y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires;

Que por el Decreto N° 263/10, se aprobó el Sistema de Registro Contable Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicha normativa establece en su artículo 2° que la Dirección General de Contaduría es el Órgano Rector del Sistema de Registro de Bienes.

Por ello, y conforme las facultades otorgadas por el Art. 5° del citado Decreto

EL DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE CONTADURÍA

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébase la Reglamentación al Sistema de Registro Contable Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el modo y forma que se establece en el Anexo que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°..- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo reparticiones con rango y/o nivel equivalente, Organismos Descentralizados y a través del Departamento Administrativo a las Direcciones, Representaciones, Delegaciones y al Departamento Contabilidad de Patrimonio, dependientes de la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en el Área Departamento Técnico Normativo de la Dirección Operativa Legal de esta Dirección General de Contaduría.


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3425

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 146-DGCG/23 establece las pautas que deberá atender el Servicio Patrimonial de 1º orden para el desarrollo de las funciones de coordinación con los Servicios Patrimoniales de 2º, 3º y 4º orden bajo su órbita, para llevar adecuada gestión y control de los movimientos registrados en el módulo de “bienes patrimoniales” del SIGAF WEB, en el marco de la Disposición Nº 82-DGCG/10.</p>
EXCEPTUADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 605-MDHYHGC/23 exceptua al Consejo Social dependiente de este Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, de lo dispuesto en el artículo 3 del Anexo I de la Disposición N° 82-DGCG/10, en lo referente a la designación de personal de la planta permanente como responsable de los Servicios Patrimoniales de Segundo Orden.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1°.de la Disposicion N° 5- DGCG-22 establece que todos los organismos de la Administración Central y Organismos Descentralizados y Entidades Autárquicas del GCABA dependientes del Poder  Ejecutivo, que, para el desarrollo de tareas del personal fuera del ámbito de la dependencia  laboral le hayan entregado bienes o a futuro lo hagan, deberán completar de manera obligatoria, la solapa Usuario Destino de la Ficha Estante del bien involucrado en el módulo Bienes Patrimoniales del sistema SIGAF WEB y generar el remito.</p>
COMPLEMENTA
<p>Disp. 82-DGC-10 Aprueba la Reglamentación al Sistema de Registro Contable Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo del GCABA, aprobado por el Dec. 263-10</p>
INTEGRADA POR
La Dispos 26-DGALPM-10 designa a maximiliano Majo y Nélida Teresa Lorenzo en el marco del Art 3° del Anexo Dispos N° 82-DGCC-10
INTEGRADA POR
Res. N° 1011-MJYGGC-10 designa a M. Majo y N. Lorenzón para ejercer Servicios Patrimoniales de la Subsecretaría de Administración de la Policìa Metropolitana en el marco de la Disp. N° 82- DGCG-10
INTEGRADA POR
La Res.N° 17/ERSP/11 - constituye la Unidad de Servicio Patrimonial del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 312-DGCG-14, modifica el artículo 8 inciso e) del Anexo de la Disposición 82-DGCG-10.</p>