RESOLUCIÓN 10 2002 SECRETARIA JEFE DE GABINETE
Síntesis:
CREA EL SISTEMA CENTRALIZADO DE TRÁMITES PARA LAS ACTUACIONES PROVENIENTES DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO - DESIGNA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE GABINETE COMO LA AUTORIDAD RESPONSABLE DE LA CONFECCIÓN DE UNA BASE DE TRÁMITES - RESPONSABILIDADES - CIRCUITO ADMINISTRATIVO - CREACIÓN - BASES DE DATOS - MESA GENERAL DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVO - REMISIÓN
Publicación:
18/02/2002
Sanción:
12/02/2002
Organismo:
SECRETARIA JEFE DE GABINETE
Estado:
No vigente
Visto la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la Ley N° 3 y la Ley N° 140, y
CONSIDERANDO:
Que es obligación ineludible del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires responder a los requerimientos originados en la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y contribuir al mejor servicio de sus funciones;
Que independientemente de las áreas a las que la Defensoría solicite información, es necesario centralizar los trámites de referencia a los efectos de facilitar su recopilación, tratamiento y seguimiento;
Que en el estado actual de tramitación de las actuaciones se vislumbra una superposición de esfuerzos que dificultan la posibilidad de brindar respuestas a los requerimientos en tiempo y forma;
Que es preciso agilizar y mejorar la comunicación entre el Poder Ejecutivo de la Ciudad y la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Secretaría Jefe de Gabinete ha tomado la intervención de su competencia;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
Artículo 1° - Créase el sistema centralizado de trámites para las actuaciones provenientes de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Los trámites procedentes de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, independientemente del destino final consignado, serán ingresados en la Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo y derivados a la Dirección General de Coordinación de Gabinete de la Secretaría Jefe de Gabinete.
Artículo 3° - La Dirección General de Coordinación de Gabinete es la autoridad responsable de confeccionar una base de trámites ingresados, proceder a su sistematización y definir el circuito administrativo que cada trámite requiera, sin perjuicio de la carga correspondiente en el S.U.M.E.
Artículo 4° - La Dirección General de Coordinación de Gabinete, solicitará por nota el correspondiente dictamen y/o informes a las diferentes áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires involucradas en la resolución de cada trámite.
Artículo 5° - El plazo estimado para dar respuesta a lo solicitado, será establecido en la misma nota de solicitud, atendiendo a los plazos fijados por la propia Defensoría del Pueblo.
Artículo 6° - Dentro del plazo establecido, las diferentes áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a las que se haya solicitado información, remitirán la misma, previamente suscripta por la autoridad máxima del área, a la Dirección General de Coordinación de Gabinete para que proceda a su compilación, estudio y producción del informe final, el que será elevado al Jefe de Gabinete.
Artículo 7° - El informe será remitido a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constituyendo esta vía centralizada, el único mecanismo formalmente válido de tramitación de las actuaciones, entre la Defensoría del Pueblo y el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad.
Artículo 8° - A los efectos de facilitar el seguimiento de los trámites, los Secretarios, Subsecretarios del área Jefe de Gobierno y la máxima autoridad de los organismos con dependencia directa del área Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, designarán por nota un responsable que actuará como nexo entre dichas unidades organizativas y la Dirección General de Coordinación de Gabinete.
Artículo 9° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas las Secretarías y Subsecretarías del poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese.