RESOLUCIÓN 100 2012 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
DELEGACIÓN DE FUNCIONES - ATRIBUCIONES - DELEGACIÓN DE FACULTADES - FACULTAD DE DELEGACIÓN DE DECISIONES ADMINISTRATIVAS - DICTADO DE RESOLUCIONES - DELEGAN COMPETENCIAS EN LOS SUBSECRETARIOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN - CON MANTENIMIENTO DE LA FACULTAD DE AVOCACIÓN POR PARTE DEL MINISTRO - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ECONÓMICA, FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS - DESIGNACIÓN DE RESPONSABLES DE CONTROL DE FONDOS - APROBACIÓN DE PAGOS DE SUBSIDIOS Y RECONOCIMIENTOS A ASOCIACIONES COOPERADORAS - APROBAR REINTEGRO DE GASTOS - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA - APROBACIÓN DE CURSOS - TÍTULOS Y POSTÍTULOS - DECLARACIONES INTERÉS - DESIGNACIONES PLANTA TRANSITORIA - SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS EDUCATIVAS Y CARRERA DOCENTE - APROBAR DESIGNACIONES Y CESES DEL PERSONAL DOCENTE - PERMUTAS - ALTAS DE LIQUIDACIONES - APROBACIÓN DE CURSOS DE CAPACITACIÓN DOCENTE - REASIGNACIÓN DE FUNCIONES - RECONOCIMIENTOS DE SERVICIOS - APROBACIÓN DE LISTADOS - LLAMADOS A CONCURSO
Publicación:
16/02/2012
Sanción:
17/01/2012
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO:
la Ley N° 4.013, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97, el Decreto N° 660/11, las Resolución N° 1.204-GCABA/SED/04 y N° 6.000-MEGC/11, el Expediente N° 117.671-MGEYA/12, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a través del Decreto N° 660/11, se aprobó la estructura organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Educación;
Que el hecho de que la resolución de la mayor parte de los asuntos traídos a consideración de este ministerio, se concentre en una instancia administrativa, conspira contra una rápida y eficiente respuesta de la Administración, pudiendo afectarse así, la garantía de una tutela administrativa efectiva que merecen todos los ciudadanos;
Que a la hora de gestionar el interés público debe existir un espíritu de colaboración entre los distintos estamentos de la Administración, a fin de reforzar el accionar administrativo con los principios de eficiencia, celeridad y eficacia;
Que por medio de las Resoluciones N° 1.204-GCABA/SED/04 y N° 6.000-MEGC/11 se establecieron delegaciones en cabeza de los subsecretarios de este ministerio, a fin de colaborar en la gestión administrativa de esta repartición;
Que como consecuencia de la modificación en la estructura organizativa de este ministerio, deviene necesario sustituir la distribución de competencias asignada por la resolución antedicha;
Que según lo establecido por el artículo 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97, - Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires -, y el artículo 14 de la Ley N° 4.013, los ministros pueden delegar facultades a sus inferiores jerárquicos;
Que por las razones de hecho y de derecho antes mencionadas deviene necesario delegar en los titulares de las subsecretarías de este ministerio, determinadas competencias para la tramitación y emisión de diversos actos administrativos que la ley pone en cabeza de la autoridad máxima de esta jurisdicción;
Que la delegación que aquí se propicia comprende las competencias expresamente enumeradas en los distintos anexos, sin perjuicio de la facultad de avocación legalmente establecida.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Delégase en los subsecretarios del Ministerio de Educación, las competencias enumeradas en el anexo, que forma parte integrante de la presente resolución, conforme a la distribución y los alcances allí establecidos.
Artículo 2°.- Establécese que las delegaciones dispuestas en los artículos anteriores no menoscaba la facultad de avocación legalmente establecida
Artículo 3°.-. Deróganse las Resoluciones N° 1.204-GCABA/SED/04 y N° 6.000-MEGC/11.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a las subsecretarías y direcciones generales del Ministerio de Educación. Cumplido, archívese.
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3856