RESOLUCIÓN 115 2012 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

MODIFICACIÓN - RESOLUCIÓN 816-MH-07 - ALÍCUOTAS APLICABLES - SISTEMA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL DE LAS ACREDITACIONES BANCARIAS - SIRCREB - INGRESOS DE CONTRIBUYENTES - RÉGIMEN DEL CONVENIO MULTILATERAL - EJERCICIO FISCAL 2012 - INGRESOS BRUTOS - CONTRIBUCIONES

Publicación:

29/02/2012

Sanción:

23/02/2012

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO:

Las Resoluciones N° 816/MHGC/2007 (BOCBA N° 2674), 115/AGIP/2009 (BOCBA N° 3126), 396/AGIP/2009 (BOCBA N° 3204), 726/AGIP/2009 (BOCBA N° 3330), N° 464/AGIP/2011 (BOCBA N° 3732) ; y

CONSIDERANDO:

Que en las normas antes citadas se establece el sistema de alícuotas aplicables en el Sistema de Recaudación y Control de las Acreditaciones Bancarias "SIRCREB", para los contribuyentes del Régimen del Convenio Multilateral;

Que se considera oportuno adecuar la alícuota general en virtud del tiempo transcurrido desde su puesta en vigencia.

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3° inciso 19 del Código Fiscal (t.o. 2012);

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE

Artículo 1°.- Sustitúyase el tercer párrafo del Artículo 9° de la Resolución N° 816/MHGC/2007 y sus modificatorias, por el siguiente texto:

"Alícuota General (Contribuyentes cuya actividad con mayores ingresos no se encuentre incluida en ninguno de los Anexos I, II, y III) ..............................2,50 %"

Artículo 2°.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del día 1° de marzo de 2012.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General de Rentas y a la Subdirección General de Sistemas, dependientes de esta Administración Gubernamental. Remítase a sus efectos copia autenticada de la presente a la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral. Cumplido archívese. Walter

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art 1 de la Res 115-AGIP-12 sustituye el tercer párrafo del Art 9 de la Res 816-MH-07 y sus modificatorias
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Art 1 de la Res 115-AGIP-12 sustituye el tercer párrafo del Art 9 de la Res 816-MH-07 y sus modificatorias
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Art 1 de la Res 115-AGIP-12 sustituye el tercer párrafo del Art 9 de la Res 816-MH-07 y sus modificatorias
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Art 1 de la Res 115-AGIP-12 sustituye el tercer párrafo del Art 9 de la Res 816-MH-07 y sus modificatorias
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