DISPOSICIÓN 95 2012 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Síntesis:

APROBACIÓN DE PROCEDIMIENTO DE PUBLICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS - PUBLICACIÓN EN PÁGINA WEB DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - COMPRAS Y CONTRATACIONES DE BIENES Y SERVICIOS - DIFUSIÓN - PUBLICIDAD DE SANCIONES Y PENALIDADES A PROVEEDORES - INFORMACIÓN PÚBLICA - REGISTRO - RESPONSABILIDADES - UNIDADES OPERATIVAS DE ADQUISICIONES - UOA - EMPRESAS PENALIZADAS - EMPRESAS SANCIONADAS - BUSCADOR DE PENALIDADES

Publicación:

21/05/2012

Sanción:

15/05/2012

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Estado:

No vigente


VISTO:

La Ley N° 2.095 y el Decreto N° 754/GCBA/08 y sus modificatorios, la Resolución N°

46/MHGC/12, la Disposición N° 59/DGCyC/12, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2095 establece las normas básicas que contienen los lineamientos a

observar en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios

del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las obligaciones y

derechos que se derivan de los mismos;

Que el Sistema de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires se encuentra a cargo del Órgano Rector, cuyas funciones le son

asignadas a esta Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de

Hacienda o la que en el futuro la reemplace;

Que entre las funciones asignadas al Órgano Rector establecidas en el artículo 18 de

la Ley 2095, se encuentra la de aplicar las sanciones a los oferentes o adjudicatarios,

a solicitud del órgano contratante;

Que, por su parte, las Unidades Operativas de Adquisiciones deben aplicar las

penalidades contractuales e informar de ello al Órgano Rector del Sistema de

Compras y Contrataciones, según lo previsto en el apartado f) del Artículo 19 de la ley

de mención;

Que los actos administrativos de alcance particular o de alcance general adquieren

eficacia, a través de su notificación y publicación respectivamente, de acuerdo con lo

normado en el Artículo 11 del DNU N° 1.510/GCBA/97, aprobado por Resolución N°

41/LCBA/98;

Que la publicidad, difusión y transparencia de los procedimientos son principios

señeros de la contratación administrativa, los cuales han tenido particular acogida en

el régimen de contrataciones actualmente en vigencia;

Que corresponde, en consecuencia, dar publicidad a las sanciones y penalidades

aplicadas a los proveedores no sólo mediante su publicación en el Boletín Oficial de la

Ciudad de Buenos Aires, sino también, con la publicación en la página WEB del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los actos administrativos

emitidos como consecuencia de los incumplimientos en que incurren los proveedores;

Que a tal efecto resulta necesario establecer el procedimiento a fin de efectuar la

publicación en la página WEB del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de las

sanciones y penalidades aplicadas a los proveedores;

Que los responsables de las distintas Unidades Operativas de Adquisiciones

designados de acuerdo con el empadronamiento efectuado según los términos de la

Resolución N° 46/MHGC/12 y la Disposición N° 59/DGCyC/12 y los que en el futuro los

reemplacen, serán los responsables de la publicación de los actos administrativos que

emitan por la aplicación de penalidades y de mantener actualizado el registro de

dichas penalidades; correspondiendo al Órgano Rector efectuar lo propio con

referencia al registro de las sanciones;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 18 de la Ley N° 2.095,

promulgada por Decreto N° 1.772/ 2.007

EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

EN SU CARÁCTER DE ÓRGANO RECTOR

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento para la publicación en la Página WEB del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los actos administrativos por los

que se aplican sanciones y penalidades, en un todo de acuerdo con lo establecido en

el Anexo I que forma parte de la presente.

Artículo 2°.- Déjase establecido que el procedimiento referido en el articulo precedente

será de aplicación obligatoria para las Unidades Operativas de Adquisiciones que se

hubieran establecido conforme Resolución N° 46/MHGC/2012 y Disposición N°

59/DGCyC/12 y para las que en el futuro se constituyan, correspondiendo al Órgano

Rector la publicación relativa a las sanciones.

Artículo 3°.- Establécese que los responsables de las distintas Unidades Operativas de

Adquisiciones designados de acuerdo con el empadronamiento aludido

precedentemente y los que en el futuro los reemplacen, serán responsables de la

publicación de los actos administrativos que emitan por la aplicación de penalidades y

de mantener actualizado el registro de las mismas.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y

reparticiones con rango o responsabilidades equivalentes, y a la Sindicatura General

de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Butera


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3915

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Art 2 de la Disp 95-DGCYC-12 establece que el procedimiento para la publicación en la Página WEB del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los actos administrativos por los que se aplican sanciones y penalidades a empresas adjudicatarias será de aplicación obligatoria para las Unidades Operativas de Adquisiciones que se hubieran establecido conforme Disp 59-DGCYC-12
INTEGRA
<p>NORMA DEROGADA. Anexo de la Disposición 95-DGCYC-12 establece el Procedimiento para publicar en la Web Actos Administrativos, en marco de la Ordenanza 33.701.</p>
COMPLEMENTA
Art 2 de la Disp 95-DGCYC-12 establece que el procedimiento para la publicación en la Página WEB del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los actos administrativos por los que se aplican sanciones y penalidades a empresas adjudicatarias será de aplicación obligatoria para las Unidades Operativas de Adquisiciones que se hubieran establecido conforme Res 46-MH-12
DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 222-DGCYC-17 deja sin efecto la Disposición 95-DGCYC-12.</p>