DISPOSICIÓN 95 2012 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Síntesis:
APROBACIÓN DE PROCEDIMIENTO DE PUBLICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS - PUBLICACIÓN EN PÁGINA WEB DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - COMPRAS Y CONTRATACIONES DE BIENES Y SERVICIOS - DIFUSIÓN - PUBLICIDAD DE SANCIONES Y PENALIDADES A PROVEEDORES - INFORMACIÓN PÚBLICA - REGISTRO - RESPONSABILIDADES - UNIDADES OPERATIVAS DE ADQUISICIONES - UOA - EMPRESAS PENALIZADAS - EMPRESAS SANCIONADAS - BUSCADOR DE PENALIDADES
Publicación:
21/05/2012
Sanción:
15/05/2012
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 2.095 y el Decreto N° 754/GCBA/08 y sus modificatorios, la Resolución N°
46/MHGC/12, la Disposición N° 59/DGCyC/12, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2095 establece las normas básicas que contienen los lineamientos a
observar en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios
del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las obligaciones y
derechos que se derivan de los mismos;
Que el Sistema de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires se encuentra a cargo del Órgano Rector, cuyas funciones le son
asignadas a esta Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de
Hacienda o la que en el futuro la reemplace;
Que entre las funciones asignadas al Órgano Rector establecidas en el artículo 18 de
la Ley 2095, se encuentra la de aplicar las sanciones a los oferentes o adjudicatarios,
a solicitud del órgano contratante;
Que, por su parte, las Unidades Operativas de Adquisiciones deben aplicar las
penalidades contractuales e informar de ello al Órgano Rector del Sistema de
Compras y Contrataciones, según lo previsto en el apartado f) del Artículo 19 de la ley
de mención;
Que los actos administrativos de alcance particular o de alcance general adquieren
eficacia, a través de su notificación y publicación respectivamente, de acuerdo con lo
normado en el Artículo 11 del DNU N° 1.510/GCBA/97, aprobado por Resolución N°
41/LCBA/98;
Que la publicidad, difusión y transparencia de los procedimientos son principios
señeros de la contratación administrativa, los cuales han tenido particular acogida en
el régimen de contrataciones actualmente en vigencia;
Que corresponde, en consecuencia, dar publicidad a las sanciones y penalidades
aplicadas a los proveedores no sólo mediante su publicación en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, sino también, con la publicación en la página WEB del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los actos administrativos
emitidos como consecuencia de los incumplimientos en que incurren los proveedores;
Que a tal efecto resulta necesario establecer el procedimiento a fin de efectuar la
publicación en la página WEB del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de las
sanciones y penalidades aplicadas a los proveedores;
Que los responsables de las distintas Unidades Operativas de Adquisiciones
designados de acuerdo con el empadronamiento efectuado según los términos de la
Resolución N° 46/MHGC/12 y la Disposición N° 59/DGCyC/12 y los que en el futuro los
reemplacen, serán los responsables de la publicación de los actos administrativos que
emitan por la aplicación de penalidades y de mantener actualizado el registro de
dichas penalidades; correspondiendo al Órgano Rector efectuar lo propio con
referencia al registro de las sanciones;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 18 de la Ley N° 2.095,
promulgada por Decreto N° 1.772/ 2.007
Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento para la publicación en la Página WEB del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los actos administrativos por los
que se aplican sanciones y penalidades, en un todo de acuerdo con lo establecido en
el Anexo I que forma parte de la presente.
Artículo 2°.- Déjase establecido que el procedimiento referido en el articulo precedente
será de aplicación obligatoria para las Unidades Operativas de Adquisiciones que se
hubieran establecido conforme Resolución N° 46/MHGC/2012 y Disposición N°
59/DGCyC/12 y para las que en el futuro se constituyan, correspondiendo al Órgano
Rector la publicación relativa a las sanciones.
Artículo 3°.- Establécese que los responsables de las distintas Unidades Operativas de
Adquisiciones designados de acuerdo con el empadronamiento aludido
precedentemente y los que en el futuro los reemplacen, serán responsables de la
publicación de los actos administrativos que emitan por la aplicación de penalidades y
de mantener actualizado el registro de las mismas.
Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y
reparticiones con rango o responsabilidades equivalentes, y a la Sindicatura General
de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Butera
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3915