RESOLUCIÓN 8 2013 VICEJEFATURA DE GOBIERNO

Síntesis:

CREACIÓN DE PROGRAMAS - PROGRAMA BIENAL ARTE JOVEN BUENOS AIRES - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE JUVENTUD- LINEAMIENTOS GENERALES - CONVOCATORIA A JÓVENES ARTISTAS - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES CREADORAS - FORMACIÓN - CONCURSOS - SELECCIÓN DE PROYECTOS - OBRAS ARTÍSTICAS - ARTES ESCÉNICAS- ARTES VISUALES- ARTES AUDIOVISUALES - MÚSICA - INCENTIVOS ECONÓMICOS A LA PRODUCCIÓN - BASES Y CONDICIONES PARTICULARES - JÓVENES ARTISTAS ENTRE 18 Y 32 AÑOS - EXPERIMENTACIÓN EN ARTE - DISCIPLINAS - REQUISITOS

Publicación:

14/06/2013

Sanción:

11/06/2013

Organismo:

VICEJEFATURA DE GOBIERNO


VISTO:

La Ley N° 4013, los Decretos Nros, 660/11 y 228/12, el Expediente N° 2089638/2013,

Y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 32 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires enmarca como

acción específica del Gobierno la distinción y promoción de todas las actividades

creadoras;

Que en este marco se debe garantizar la democracia cultural facilitando el acceso de

los miembros de la comunidad a los bienes culturales;

Que el artículo 40 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que "La

Ciudad garantiza a la juventud la igualdad real de oportunidades y el goce de sus

derechos a través de acciones positivas ... ";

Que conforme surge del artículo 9° de la Ley N° 4013, el Jefe de Gobierno podrá

delegar en la Vícejefatura de Gobíerno, entre otras materias, la facultad de definir,

formular, implementar y ejecutar políticas transversales referidas a la juventud;

Que, en tal sentido, a través del Decreto N° 660/11 y su modificatorio N° 228/12,

mediante el cual se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se delegó la referida facultad en la Vicejefatura de

Gobierno, al contemplarse en la órbita de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano a la

Dirección General Políticas de Juventud como instancia encargada de la gestión de

políticas juveniles en el ámbito del Poder Ejecutivo;

Que entre las responsabilidades primarias de la citada Dirección General se encuentra

el "diseñar y coordinar programas, proyectos y actividades dirígidas a los jóvenes de la

Ciódad Autónoma de Buenos Aires";

Que la experiencia recogida en el desarrollo de festivales y concursos demuestra la

conveniencia de implementar un Programa institucional que permita coordinar y

organizar un escenario propicio para la exhibicíón de los bienes culturales por parte de

los jóvenes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en mérito a ello, se propicia la creación del Programa "Bienal Arte Joven Buenos

Aires" en el ámbito de la Dirección General Políticas de Juventud, a fin de promover el

trabajo de jóvenes artistas entre dieciocho (18) y treinta y dos (32) años de edad a

través de actividades formativas, concursos y selección de proyectos y obras

artisticas, en las disciplinas artísticas Artes Escénicas, Artes Visuales, Artes

Audiovisuales y Música, para su estímulo o premiación;

Que las disciplinas artisticas referidas contarán con dos (2) categorías distintas de

premiación, Obras Terminadas y Proyectos a Desarrollar;

Que los interesados en participar del mentado Programa deberán atravesar procesos

de selección a cargo de Comités de Selección y Premiación, los cuales constarán de

distintas etapas y requisitos según la categoría y disciplina de premiación que

corresponda;

Que quienes resulten elegidos serán acreedores de distintos premios, como su

inclusión en programas especiales de talleres y seminarios dictados por reconocidos

referentes artísticos, becas y cursos a nivel nacional y/o internacional, espacios de

exposición dentro y fuera de la Bienal e incentivos económicos a la producción;

Que dicho Programa servirá como instancias de intercambio y formación de

conocimientos técnicos y artisticos entre sus participantes, lo que redundará en un

beneficio para la comunidad de nuestra Ciudad.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA VICEJEFA DE GOBIERNO

RESUELVE

Artículo 1 °.- Créase el Programa "Bienal Arte Joven Buenos Aires" en el ámbito de la

Dirección General de Políticas de Juventud, cuyo funcionamiento se ajustará a los

Lineamientos Generales que se detallan en el Anexo, que a todos sus efectos forma

parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Convóquese a los jóvenes artistas interesados en participar del Programa

"Bienal Arte Joven Buenos Aires", conforme los Lineamientos Generales que se

detallan en el Anexo.

Artículo 3°.- Facúltase a la Dirección General de Políticas de Juventud a dictar las

Bases y Condiciones Particulares de cada disciplina y su correspondiente categoría,

las normas instrumentales, interpretativas y complementarias y todo acto

administrativo que fuera menester para la implementación del Programa aprobado por

el articulo 1°.

Articulo 4°.- El gasto que demande la realización del Programa "Bienal Arte Joven

Buenos Aires" se imputará a la partida presupuestaria correspondiente.

Articulo 5 °.- Dese al Registro, publíquese en el Boletin Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de

Políticas de Juventud. Cumplido Archívese. Vidal


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4175

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Art 1 de la Res 8-VJG-13 crea el Programa Bienal Arte Joven Buenos Aires en el ámbito de la Dirección General de Políticas de Juventud, cuyas responsabilidades primarias fueron aprobadas por Dto 660-11.
COMPLEMENTADA POR
<p>Art 1 de la Disp 17-DGPJ-13 aprueba las Condiciones Particulares del programa Bienal Arte Joven Buenos Aires creado por Res 8-VJG-13, de la categoría de Obras terminadas para la competencia en las disciplinas de Artes Escénicas, Artes Visuales, Artes Audiovisuales y Música- Art 2 Aprueba Condiciones Particulares de la categoría de Proyectos a desarrollar- Art 3 regula pago de subsidios</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Disp.32-DGPJ-13 establece los lineamientos y condiciones que deberán observar los beneficiarios de los subsidios para la presentación de las correspondientes rendiciones de cuenta. Concurso convocado por Res.8-AVJ-13.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 26-AVJG-14, sustituye el Anexo del artículo 1 de la Resolución 8-AVJG-13.</p><p>Art. 2, modifica el artículo 3 de la Resolución 8-AVJG-13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art 1 de la Res. 20-AVJG-14 aprueba los Lineamientos Generales de las Bases y Condiciones del concurso denominado Trust, en el marco del Programa Bienal Arte Joven Buenos Aires creado por Res. 8-AVJG-13</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Arts 1 y 2 del Dto 309-13 delega facultades en la Vicejefatura de Gobierno, en el marco del Programa Bienal Arte Joven Buenos Aires creado por Res 8-VJG-13</p>