DISPOSICIÓN 83 2014 DIRECCION GENERAL DE TESORERIA

Síntesis:

ACLARACIÓN PUBLICADA EN BO 4458 12-8-2014 - DISPONE LA BAJA DEL SISTEMA DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS NO TRIBUTARIOS - SISTEMA DE GESTIÓN DE COBRANZAS - SIGEC - APRUEBA  LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA INTEGRAL DE RECAUDACIÓN - SIR - FACTURACIÓN EL COBRO Y EL REGISTRO DE LOS INGRESOS NO TRIBUTARIOS - DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA- PROCEDIMIENTO

Publicación:

07/08/2014

Sanción:

22/07/2014

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE TESORERIA


VISTO

el Decreto N° 44/2014, lo establecido en la Ley 70 de Gestión, Administración

Financiera y Control del Sector Público en su Título III, Capítulo 1, artículo 26 inciso b,

con los atributos conferidos por el Capítulo IV del Sistema de Tesorería, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 44/2014, modificatorio de la estructura organizativa del Ministerio de

Hacienda, puso en cabeza de la Dirección General de Tesorería la coordinación de las

medidas tendientes a optimizar la recaudación de Ingresos no Tributarios, la

supervisión de la aplicación de los Sistemas Integrados de Gestión de Cobranzas y/o

de Recaudación, y la planificación y coordinación del Sistema de los Ingresos no

Tributarios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que se ha encontrado necesario actualizar los procedimientos operativos y de gestión

empleado en el proceso de cobro de Ingresos no Tributarios, con el objeto de

incorporar las nuevas herramientas tecnológicas de última generación basadas en

normas y protocolos internacionalmente aceptados.-

Que en su consecuencia ha sido reemplazado el Sistema de Gestión de Cobranzas

(SIGEC), que fuera implementado en todas las expendurías pertenecientes a la

Dirección General de Tesorería y en las que se encuentran ubicadas en las distintas

Unidades de Organización que componen la Estructura Orgánica del Poder Ejecutivo

de la Ciudad de Buenos Aires.-

Que el nuevo Sistema Integral de Recaudación, en adelante denominado SIR, está

desarrollado con herramientas de última generación, sobre una arquitectura

informática que cumple con los estándares

tecnológicos aceptados

internacionalmente, y que posibilita contar con esquemas de seguridad robustos,

establecer interfases con los sistemas centrales de la Ciudad, adoptar un sistema de

facturación única, implementar subsistemas que permiten el control de gestión vertical

sobre los Ingresos no Tributarios, y operar con diferentes modalidades de cobro, lo

que incluye el pago electrónico, el pago con tarjetas de crédito y débito, Interbanking,

todos los canales de cobro que sean incorporados por le Banco Ciudad, y a través de

los demás agentes externos que se encuentren habilitados a tales efectos.-

Que resulta indispensable introducir modificaciones a la normativa vigente, a los

efectos de aprobar la utilización del nuevo sistema informático SIR en la recaudación

de los Ingresos no Tributarios.-

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA

DISPONE

Artículo 1°. Dispónese la baja del Sistema de Recaudación de Ingresos no Tributarios

denominado SIGEC, en todas las expendurías pertenecientes a la Dirección General

de Tesorería y en las que se encuentran ubicadas en las distintas Unidades de

Organización que componen la Estructura Orgánica del Poder Ejecutivo de la Ciudad

de Buenos Aires, en donde este se encuentre operando. Ello, con arreglo a los

recaudos establecidos en el Anexo I que forma parte del la presente disposición.-

Artículo 2° Apruébase la utilización del Sistema Integral de Recaudación denominado

SIR para la facturación, el cobro y el registro de los Ingresos no Tributarios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

Artículo 3°. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a los distintos ministerios que conforman la estructura orgánica de este

Gobierno, a la Unidad de Auditoria Interna del Ministerio de Hacienda, a la Sindicatura

General de la Ciudad de Buenos Aires y a la Dirección General de Contaduría - Área

de Fiscalización, y para su conocimiento y puesta en marcha en lo que a su

competencia se refiere, remítase a la Dirección General de Tesorería - Gerencia

Operativa de Informatización de los Derechos de Timbre e Ingresos no Tributarios -

Gerencia Operativa de Planificación y Ejecución Financiera - Gerencia Operativa de

Registro de Recursos y Conciliaciones Bancarias - Subgerencia Operativa de

Ingresos. Cumplido, archívese en la Subgerencia de Soporte de Operaciones de la

Dirección General de Tesorería. Stavale

Aclaración:

En el Boletín Oficial N° 4454 del día 7 de agosto de 2014 se publico la DISPOSICIÓN N.° 83/DGTES/14 sin sus anexos. A continuación se dispone del mismo:

ANEXO

NOTA: La presente norma tiene incorporada la Aclaración publicada en el BO 4458 del 12-8-2014


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4454

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 114-DGTES/23 aprueba el procedimiento para el trámite de devolución de las sumas de dinero de contribuyentes que hayan sido ingresadas en las cuentas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Disposición N° 83-DGTES/14.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 5 de la Disposición 2-DGCG-DGTES-15: Dispone que los artículos no modificados de la  Disposición Nro 29-DGTES-08. conservarán su vigencia con la observancia de lo establecido en la Disposición Nro  83-DGTES-14 para el reemplazo del sistema SIGEC.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 86-DGTES-15 aprueba el procedimiento para la descarga de las recaudaciones del Sistema de Integral de Recaudación (SIR), cuya utilización aprobara el Art. 2 de la Disposición 83-DGTES-14.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 85-DGTES-18 aprueba el modelo de comprobante de pago para ser emitido en las operaciones por conceptos no tributarios que realizan los contribuyentes ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante la generación de Boletas Únicas Inteligentes, cuya utilización aprobara Disposición 83-DGTES-14.</p>