RESOLUCIÓN 1780 2002 SECRETARIA DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA PLANES DE ESTUDIO PARA COLEGIOS Y ESCUELAS DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - BACHILLERATOS - ESPECIALIZACIONES - ASIGNATURAS - HORAS CÁTEDRA - CURSOS - CARGA HORARIA -
Publicación:
10/09/2002
Sanción:
21/08/2002
Organismo:
SECRETARIA DE EDUCACION
Visto la Ley N° 33/LCABA/98, y la Carpeta N° 1.346/SED/2002, y
CONSIDERANDO:
Que es propósito prioritario de la gestión la adecuación de la oferta educativa a las necesidades de la comunidad;
Que en ese marco se viene realizando un análisis de los planes de estudio que desarrollan los establecimientos escolares de gestión pública en dependencia de la Secretaría de Educación;
Que de dicho análisis surge la existencia y aplicación de una multiplicidad de planes de estudio por parte de los establecimientos citados;
Que es conveniente que tanto las diversas áreas de la Secretaría de Educación como la comunidad en general dispongan fluidamente de esta información;
Que para ello resulta imprescindible su ordenamiento por áreas, niveles y establecimientos, especificando para cada curso las asignaturas previstas y la cantidad de horas de cátedra asignadas a cada una de ellas;
Que en una primera etapa, se ha completado esta tarea para los Colegios y Escuelas de Comercio en dependencia de la Dirección de Educación Media;
Que la Ley N° 33 delega en la Secretaría de Educación la aprobación de todo nuevo plan de estudios o de cualquier modificación a ser aplicada en los contenidos o carga horaria de los planes de estudios vigentes en los establecimientos educativos de cualquier nivel, modalidad y tipo de gestión dependientes o supervisados por dicha Secretaría;
Por ello,
Artículo 1° Aprobar el ordenamiento de los planes de estudio que implementan los Colegios y Escuelas de Comercio dependientes de la Secretaría de Educación, en lo referido a su denominación, asignaturas por curso y cantidad de horas de cátedra a ellas asignadas, según lo establecido en el Anexo I, Colegios (95 folios); y Anexo II, Escuelas de Comercio (114 folios), que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2° Establecer que los planes de estudio incluidos en el ordenamiento que se aprueba en el artículo 1° se autorizan a partir del momento en que fueron aplicados.
Artículo 3° Establecer que la incorporación de otros planes de estudio por parte de los establecimientos detallados en los Anexos de la presente Resolución requerirá que la correspondiente norma legal que se eleve a aprobación de esta Secretaría cuente con la intervención previa de las Direcciones Generales de Educación; Coordinación Financiera y Contable y Coordinación Legal e Institucional, y la Subsecretaría de Educación.
Artículo 4° Determinar que toda propuesta de modificación de los planes de estudio a que se hace referencia en el artículo 1° por parte de los establecimientos detallados en los Anexos de la presente Resolución, requerirá que la correspondiente norma legal que se eleve a aprobación de esta Secretaría cuente con la intervención de la Dirección de Currícula de la Dirección General de Planeamiento, además de las que se establecen en el Art. 3°.
Artículo 5° Los establecimientos educativos deberán presentar las propuestas de designación del personal docente en un todo de acuerdo con la denominación del Plan, Asignatura, Curso y Carga Horaria que se aprueban en el artículo 1°.
Artículo 6° Facultar a la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable a través del órgano administrativo correspondiente a proceder a la modificación progresiva de los registros vinculados con el artículo 1°.
Artículo 7° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese por copia a las Direcciones Generales de Educación y Dirección Educación Media y pase a la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable a sus efectos. Filmus
Nota: La presente Resolución se publica sin Anexos. Los mismos pueden ser consultados en la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable -Departamento Trámite-, dependiente de la Secretaría de Educación, sita en Paseo Colón 255, P.B.