LEY NACIONAL 22070 1979

Síntesis:

TRANSFERENCIA DE SUBTERRÁNEOS A LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Publicación:

17/09/1979

Sanción:

10/09/1979

Organismo:

PODER LEGISLATIVO NACIONAL

Promulgación:

10/09/1979


En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1. - Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a transferir sin cargo a través del Ministerio de Economía a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, los certificados representativos del capital de Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado.

ARTICULO 2. - La Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires tendrá competencia en la regulación y control del servicio que presta Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado. Las tarifas del transporte ferroviario subterráneo de la Ciudad de Buenos Aires serán fijadas por la Municipalidad, siguiendo pautas establecidas por la Nación a través del Ministerio de Economía.

ARTICULO 3. - Declárase de utilidad pública los bienes necesarios para la ampliación, renovación o modernización de las actuales líneas de subterráneos o la construcción de nuevas líneas dentro del ámbito de la Capital Federal, y para tales efectos la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires queda facultada para realizar las expropiaciones que considere necesarias o convenientes con las obras, planes o proyectos de ampliación, remodelación, mejoramiento o construcción de líneas de subterráneos de acuerdo a la Ley 21.499.

ARTICULO 4. - La Municipalidad queda facultada para establecer el régimen más adecuado para la explotación de las líneas de subterráneos pudiendo transformar la actual Sociedad del Estado y otorgar una o más concesiones o privatizar la Empresa o sectores de la misma.

ARTICULO 5. - El personal de Subterráneos de Buenos Aires, Sociedad del Estado mantendrá su régimen laboral, y continuará en la Obra Social en la que hasta el presente se encuentra afiliado, como así también comprendido en la Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos.

ARTICULO 6. - Declárase exenta de todo impuesto, tasa o contribución nacional la transferencia dispuesta por la presente Ley.

ARTICULO 7. - Los recursos establecidos en la Ley 17.510, afectados a las inversiones que originan los proyectos, construcciones, instalaciones, material rodante, gastos financieros y demás erogaciones necesarias para la ampliación de la red de Subterráneos de la Ciudad de Buenos Aires, serán transferidos a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

ARTICULO 8. - Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIADA POR
REFERENCIADA POR
REFERENCIADA POR
DESIGNADA POR
Dec. 2081-07 Designa en representación del GCABA a M. Chain , Mtro de Desarrollo Urbano ante Subteráneos de Bs. As. en el marco de la Ley Nac. 22070
COMPLEMENTADA POR
Art. 13 de la Ley 23514 establece que el Fondo Permanente para la ampliación de la Red de Subterráneos será administrado por SBASE, transferida a la MCBA por Ley 22070
RATIFICADA POR
Ord. 35322 Ratifica lo dispuesto en el art. 5 de la ley Nac. 22070 - El personal de Subterráneos de Buenos Aires, Sociedad del Estado mantendrá su régimen laboral, y continuará en la Obra Social,
REGLAMENTA
Art. 7 de la Ley 22070 establece que los recursos establecidos en la Ley 17510 serán transferidos a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires
INTEGRADA POR
Art. 3 del Dto. 7281-84 pasa a la empresa Subterráneos de buenos Aires, bienes inmuebles detallados en su Anexo I, conforme Ley 22070
REFERENCIADA POR
REFERENCIADA POR
Artículo 1° - Establece que la Procuración General emite, indefectiblemente, dictamen en toda cuestión jurídica propia del servicio público que presta Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado,
DESIGNADA POR
Dec. 377-06 Designa en representación del GCABA a E. Zelser, Mtro de P. y O. Públicas ante Subteráneos de Bs. As. en el marco de la Ley Nac. 22070
DESIGNADA POR
Dec. 866-06 Designa en representación del GCABA a J.P. Schiavi, Mtro de P. y O. Públicas ante Subteráneos de Bs. As. en el marco de la Ley Nac. 22070
INTEGRADA POR
Dto. 4461-80 desinga Delegado del Dto. Ejecutivo para el traspaso de créditos y bienes, de conformidad con Art. 7 de la Ley 22070