DECRETO 737 1997

Síntesis:

NORMA DEROGADA -RÉGIMEN DE LICITACIONES - RÉGIMEN DE CONTRATACIONES, NORMAS A QUE DEBERAN AJUSTARSE LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES - SE INCORPORA CLÁUSULA POR EL CUAL TODO OFERENTE MEDIANTE DECLARACIÓN JURADA DEBE INFORMAR DE LA EXISTENCIA DE JUICIOS PENDIENTES CON LA EX- MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES - DECRETO 5720-PEN-72, LEY 13064 - LEY DE OBRAS PÚBLICAS

Publicación:

30/06/1997

Sanción:

19/06/1997

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto el Decreto N° 5.720-PIEN-72, y la Ley de Obras Públicas N° 13.064, y

CONSIDERANDO:

Que, por las citadas normas legales se establecen las pautas a las que deben ajustarse los pliegos de bases y condiciones para licitaciones o contrataciones de suministros, servicios y concesiones:

Que, procede requerir a las firmas oferentes documentación específica que hace al normal desenvolvimiento de las relaciones contractuales;

Que, resulta necesario tener conocimiento de datos que suministre el oferente con carácter de Declaración Jurada;

Que, tales requerimientos son imperiosos para este Gobierno, teniendo en cuenta la relación contractual administrativa que se ejerce;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Incorpórese en los Pliegos de Bases y Condiciones para licitaciones o contrataciones que se realicen en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, una cláusula mediante la cual todo oferente deberá manifestar con carácter de Declaración Jurada, si tiene juicios pendientes con la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, y/o con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y/o Comisión Municipal de la Vivienda, sea como actor o demandado, indicando el importe comprometido en el pleito.

Art. 2° - El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Secretaría de Hacienda y Finanzas.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Dec. 754-08 Deroga el Dec. 737- 01 Normas para pliegos de bases y Condiciones
COMPLEMENTA
Dto. 737-97 incorpora una cláusula mediante la cual los oferentes deben manifestar si tiene juicios pendientes con la MCBA o el GCABA y/o la CMV, mediante declaración jurada, en los Pliegos previstos por Art. 4 de la Ley 13064
INTEGRADA POR
Anexo I punto 2 de Res. 496-CMBA-03, aprueba pliegos generales del CMBA, para obras públicas mayores, según marco normativo dado por Dto. 737-97