RESOLUCIÓN 673 2016 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Síntesis:
ACLARACIÓN PUBLICADA EN BOCBA 5123 - APRUEBA REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS DE RECLAMOS DE USUARIOS Y SANCIONES POR INFRACCIONES - PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS - ERSP - VIGENCIA 1 DE MARZO DE 2017 - GERENCIA DE USUARIOS - SUMARIOS - DEPARTAMENTO - CUENTAS DE CORREO ELECTRÓNICO - RESOLUCIÓN 28-ERSP-2001 - PRINCIPIOS GENERALES - OBJETO - ÁMBITO DE APLICACIÓN - MEDIDAS PREVENTIVAS - CAUTELARES - PRUEBAS - MULTAS
Publicación:
31/03/2017
Sanción:
28/12/2016
Organismo:
F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
VISTO:
El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, el Reglamento de
Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución
del Directorio N° 28/2001 y su modificatoria N° 51/2002, y
CONSIDERANDO:
Que, el ERSP ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios
públicos prestados por la administración central o descentralizada o por terceros, así
como el seguimiento de los servicios cuya fiscalización realice la Ciudad de Buenos
Aires en forma concurrente con otras jurisdicciones, para la defensa y protección de
los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio
ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto; Que
conforme a lo establecido en la Ley N° 210 el Ente Único Regulador de los Servicios
Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene entre sus funciones principales
la de solucionar las controversias que se susciten entre los sujetos de los distintos
servicios regulados y con los terceros interesados, así como entender a la aplicación
de las sanciones que puedan corresponder;
Que, por Resolución del Directorio N° 28/2001 y su modificatoria N° 51/2002, se
aprobó el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente
Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma.
Que, a tenor del tiempo transcurrido desde su dictado, el crecimiento en el uso de
nuevas tecnologías y la necesidad de buscar procedimientos más ágiles y efectivos,
resulta necesario realizar una modificación del citado Reglamento.
Que, la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención que le compete.
Por ello,
Artículo 1°.- Apruébese el Reglamento de Procedimientos de Reclamos de Usuarios y
Sanciones por Infracciones en la Prestación de Servicios Públicos del ERSP que como
Anexo forma parte de la presente.
Artículo 2°.- Establécese que el Reglamento aprobado en esta Resolución entrará en
vigencia el 1 de marzo de 2017, por lo que todos los procedimientos de reclamos y
sumarios iniciados con posterioridad serán regidos por este Reglamento.
Artículo 3°.- Dispóngase que el proceso de reclamos tramitará ante la Gerencia de
Usuarios y el de Sumarios ante el Departamento de Sumarios, sin perjuicio de la
correspondiente intervención de las Áreas Técnicas involucradas.
Artículo 4°.- Instrúyase al Área de Innovación Tecnológica a la creación de las cuentas
de correo electrónico a ser utilizadas para la notificación en los procesos de reclamos
y sumarios, con permisos suficientes para ser utilizados por la nómina de instructores
que la Asesoría Legal de Sumarios y Contencioso y la Gerencia de Usuarios informen.
Artículo 5°.- Establécese que los procedimientos de sumarios y reclamos que se
encuentren en trámite continuarán siendo regulados por el procedimiento establecido
en la Resolución N° 28/2001 y modificatoria hasta su finalización.
Artículo 6°.- Establécese que durante el mes de enero de cada año se suspenderán
los plazos en los procesos de reclamos y sumarios, quedando exceptuada la
suspensión en aquellos casos en que existan razones de urgencia que justifiquen la
prosecución del trámite.
Artículo 7°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Asesoría Legal de Sumarios y Contencioso, a las Gerencias de
Control y de Usuarios y todas sus áreas. Cumplido, archívese. Michielotto - Barrera -
Goldsack - Lauría
ACLARACIÓN:En el Boletín Oficial N° 5099 correspondiente al día 31 de marzo de 2017 se publico elanexo de la RESOLUCIÓN N.° 673/ERSP/17 con un error en su título, a continuaciónse hace la corrección de dicho error
La presente norma tiene incorporada la Aclaración publicada enel BOCBA 5123 de fecha 09/05/2017.
ANEXOS