RESOLUCIÓN 452 2017 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
SE APRUEBA PROCEDIMIENTO - IMPLEMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE ASCENSO ORDINARIO - INSCRIPCIÓN - EVALUACIONES - MODOS - JUNTA DE CALIFICACIONES - POLICÍA DE LA CIUDAD - CARGOS - PERSONAL - APTITUD CLÍNICA - PSICOLÓGICA - FÍSICA - CURSO - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - SELECCIÓN - ORDEN DE MÉRITO - DICTAMEN
Publicación:
17/07/2017
Sanción:
07/07/2017
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 5.688, el Decreto 234/17, el Expediente N° 2017-14552453-DGALS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 5.688 del Sistema Integral de Seguridad Pública creó la Policía de la
Ciudad y estableció las bases jurídicas para su organización y funcionamiento;
Que mediante el Decreto 234/17 se aprobó la reglamentación parcial de la Ley N°
5.688 en lo relativo al régimen de ascensos previsto en el Capítulo X del Libro III del
Libro II de la Ley N° 5.688;
Que mediante artículo 4° del Decreto 234/17 se facultó al Ministro de Justicia y
Seguridad a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas que fueren
necesarias para la aplicación del régimen de ascensos;
Que resulta necesario establecer las normas de procedimiento que estructuran la
inscripción y evaluación de los postulantes al procedimiento anual de ascenso
ordinario de la Policía de la Ciudad, articulando la actuación de los distintos órganos y
entes intervinientes, conforme las disposiciones legales y reglamentarias vigentes;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto 234/17,
Artículo 1.- Aprobar el "Procedimiento para la implementación del régimen de ascenso
ordinario de la Policía de la Ciudad" que como Anexo I (IF-2017-15753313-DGALS)
forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Secretaría de Seguridad, a la Jefatura de la Policía de la Ciudad, a
la Secretaría de Administración de Seguridad, a la Subsecretaría de Administración y
Gestión de Recursos Humanos de Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad
Pública. Cumplido, archívese. Ocampo
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5170