DECRETO 90 1997
Síntesis:
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ELABORACIÓN DE COMIDAS, ELABORACIÓN DE ALIMENTOS Y SERVICIO DE COMEDOR EN HOSPITALES DE LA CIUDAD
Publicación:
11/02/1997
Sanción:
24/01/1997
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la Carpeta N° 10.290-DGCyC-96, el Decreto número 5.720-PEN-72, reglamentado del Artículo 61 de la Ley de Contabilidad, y el Decreto N° 3136-75 (B.M. N° 14.955), modificado por el Decreto N° 4968-76 (B.M. N° 15.385), y el Artículo 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación mencionada la Secretaría de Salud tramita el Servicio de Elaboración de Distribución de Comidas con destino a diversos centros asistenciales de su dependencia;
Que dada la naturaleza del servicio que se propicia resulta necesario establecer cláusulas distintas a las establecidas en el Reglamento de Contrataciones del Estado, e instrumentar un régimen especial de penalidades y de causales de rescisión que permitan resolver los eventuales incumplimientos contractuales;
Que el inciso 128 del Decreto N° 5.720-PEN-72, y modificatorios, reglamentario del artículo 61 de la Ley de Contabilidad, adoptado por Ordenanza N° 31.655 (B.M. N° 15.193), prevé la circunstancia mencionada en el considerando precedente;
Que por Decreto N° 386-75, modificado por Decreto número 4.968-76, se reglamenta el procedimiento de aprobación de Pliegos de Características Especiales;
Que la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, bajo la Presidencia del señor Director General de Compras y Contrataciones, con la intervención de los delegados de la Contaduría General, de Procuración General y el Organismo requirente (Secretaría de Salud), ha elaborado el pertinente proyecto de instrumento licitario;
Que obra la expresa conformidad del Organismo peticionante;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el inciso 128 del Decreto N° 5.720-PEN-72, y modificatorios, reglamentario del artículo 61 de la Ley de Contabilidad y el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires
Artículo 1° - Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones elaborado por la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, obrante a fs. 248-1191, de la Carpeta N° 10.290-DGCyC-96, para contratar el Servicio de Elaboración y Distribución de Comidas con destino a Centros Asistenciales dependientes de la Secretaría de Salud que a continuación se designan:
Hospital General de Agudos Dr. Teodoro Álvarez
Hospital de Emergencias Psiquiátricas Torcuato de Alvear
Centro de Salud Mental N° 3
Hospital General de Agudos Dr. Cosme Argerich
Centro de Salud N° 9
Centro de Salud N° 15
Hospital Neuropsiquiátrico Dr. José Tiburcio Borda
Hospital de Oncología María Curie
Hospital General de Agudos Dr. Carlos Gustavo Durand
Hospital General de Niños Pedro de Elizalde
Hospital General de Agudos Dr. Juan Antonio Fernández
Centro de Salud N° 21
Hospital de Rehabilitación Respiratoría María Ferrer
Hospital Respíratorio
Hospital General de Niños Dr Ricardo Gutiérrez
Hospital de Oftalmología Dr Pedro Lagleyze
Hospital Neuropsiquiátrico Dr Braulio Aurelio Moyano
Hospital de Infecciosos Francisco Javier Muñiz
Pabellón Koch
Hospital General de Agudos José María Penna
Centro de Salud N° 8
Centro de Salud N° 10
Centro de Salud N° 16
Centro de Salud N° 17
Centro de Salud San Martín
Hospital General de Agudos Parmenio T. Piñeiro
Centro de Salud N° 6
Centro de Salud N° 13
Centro de Salud N° 14
Centro de Salud N° 18
Centro de Salud N° 19
Centro de Salud N° 20
Centro de Salud N° 24
Hospital General de Agudos Dr. Ignacio Pirovano
Centro de Salud Mental N° 1 Manuela Pedraza
Hospital de Quemados
Hospital General de Agudos José María Ramos Mejía
Centro de Salud N° 11
Centro de Salud Carlos Gardel
Hospital de Odontología Dr. José Dueñas
Instituto de Rehabilitación Psicofisica
Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia
Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca
Hospital de Oftalmología Santa Lucía
Hospital General de Agudos Donación Francisco Santojanni
Centro de Salud N° 3
Centro de Salud N° 4
Centro de Salud N° 5
Centro de Salud N° 7
Hospital Materno Infantil Ramón Sardá
Hospital Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García
Hospital General de Agudos Enrique Tornú
Hospital de Gastroenterología Dr. Carlos Bonotino Udaondo
Hospital General de Agudos Dalmacio Vélez Sársfield
Hospital General de Agudos Abel Zubizarreta
Art. 2°- Autorízase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública, al amparo de lo establecido en el artículo 55 de la Ley de Contabilidad Pública, sobre la documentación aprobada en el artículo 1 °, de acuerdo al procedimiento dispuesto por Decreto número 5.720-PEN-72.
Art. 3° - Facúltase a los señores Secretarios de Salud y de Hacienda y Finanzas a emitir circulares ampliatorias y/o modificatorias sobre la documentación aprobada en el artículo 1 ° del presente decreto, como asimismo a designar a los miembros que integrarán la Comisión de Preadjudicaciones y Análisis Técnica de Ofertas.
Art. 4° - Para la aprobación de la contratación resultante, será de aplicación el cuadro de competencias establecido por Decreto N° 569-96 (B.O.C.B.A. N° 95).
Art. 5° - El gasto que demande la presente gestión será imputado a las correspondientes Partidas Presupuestarias de los ejercicios 1997, y venideros.
Art. 6° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud y de Hacienda y Finanzas.
Art. 7° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad, y remítase a Dirección General de Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite, y comuníquese a las Direcciones Generales de Planificación Presupuestaria y Contaduría General.