DECRETO 179 1984
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO EL COBRO DIRECTO DE PRESTACIONES Y EGRESOS EFECTUADOS EN HOSPITALES - ARANCELAMIENTO HOSPITALARIO
Publicación:
18/01/1984
Sanción:
13/01/1984
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 99.523/83 y teniendo en cuenta que corresponde ordenar administrativamente las tareas de arancelamiento en los hospitales, y de acuerdo a lo aconsejado por la Secretaría de Salud Pública y Medio Ambiente,
El Intendente Municipal
Artículo 1° - A partir de la 0 (cero) hora del día 16 de enero queda sin efecto:
a) El cobro directo de las prestaciones que efectúen los hospitales.
b) El cobro directo de los egresos que desde esa fecha se produzcan.
Art. 2° - Los compromisos de pago en cuotas asumidos antes del 12 del corriente, mantienen su validez y deben ser abonados.
Art. 3° - Las deudas existentes hasta el 12 del corriente, son exigibles de conformidad con las normas vigentes al momento de su constitución.
Art. 4° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud Pública y Medio Ambiente y de Economía.
Art. 5° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Salud Pública y Medio Ambiente.