DISPOSICIÓN 1190 2018 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Síntesis:

SE ACTUALIZA PROCEDIMIENTO - INSCRIPCIÓN - PROVEEDOR DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ACTUALIZACIÓN DE DATOS - FORMULARIO DE ADHESIÓN A NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS - INSTRUCTIVO  RUBROS Y CLASES - DECLARACIÓN JURADA DE ACTIVIDADES - PROCEDIMIENTO PARA LA BAJA - RÉGIMEN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES - SISTEMA DE REGISTRO INFORMATIZADO DE CONTRATACIONES - REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES - PLATAFORMA DE GESTIÓN ELECTRÓNICA DE PROVEEDORES - CENTRO DE ATENCIÓN DE PROVEEDORES - DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Publicación:

05/12/2018

Sanción:

27/11/2018

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Estado:

No vigente


VISTO:

La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por

Ley N° 6.017), los Decretos N° 116/14, N° 326/17 y su modificatorio, la Disposición N°

242/DGCYC/2014, el Expediente Electrónico N° 2018-32417896-MGEYA-DGCYC, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.095 regula el Régimen de Compras y Contrataciones en el ámbito del

Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en su artículo 85 establece que "Todos los procesos de compras, ventas y

contrataciones que efectúen los órganos contratantes del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, deben realizarse utilizando sistemas electrónicos o

digitales que establezca el Órgano Rector, abarcando todas las instancias y actos

administrativos del proceso...";

Que el artículo 20 de la citada ley establece que el procedimiento de Compras y

Contrataciones se instrumenta a través del Sistema de Registro Informatizado de

Contrataciones, el cual se encuentra conformado, entre otros, por el Registro

Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP), cuya administración se

encuentra a cargo de esta Dirección General de Compras y Contrataciones,

dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que los proveedores de bienes y servicios que deseen contratar con la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires deben inscribirse a través de medios informáticos en el

sitio de Internet del registro antes mencionado, de acuerdo a lo establecido en el

artículo 22 de la Ley N° 2.095;

Que conforme lo prescribe la mentada norma corresponde a este Órgano Rector

determinar la documentación que los interesados deben presentar en el registro para

su inscripción, conforme la personería y rubros licitatorios, detallando su forma de

presentación;

Que mediante el Decreto N° 116/14 fue creada la Plataforma de Gestión Electrónica

de Proveedores (GEP) como medio de procesamiento de información, documentación

y antecedentes para los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras

públicas, que efectúen los distintos Organismos del Gobierno de la Ciudad, que

permite la interacción remota de la Administración con quienes deseen contratar con el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en el artículo 3° del Decreto de mención se designa a esta Dirección General

como instancia responsable de diseñar y administrar la Plataforma de GEP,

facultándola a dictar las normas operativas, aclaratorias y complementarias que

resulten necesarias a tales fines;

Que la Disposición N° 242-DGCYC-2014 creó el Centro de Atención de Proveedores

(CAP), aprobó el procedimiento para la inscripción como proveedor y para la

actualización de los proveedores inscriptos, estableció la documentación a presentar

en ambos casos, y aprobó el Acta de Designación de Administrador Legitimado, como

así también el formulario de adhesión a Notificaciones Electrónicas;

Que en este contexto resulta necesario actualizar los procedimientos y demás normas

operativas relativas a la inscripción de los interesados en contratar con el Sector

Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en virtud de los términos de la Ley N° 2.095, su Decreto Reglamentario N° 326/17

y el artículo 3° del Decreto N° 116/14, la suscripta se encuentra facultada para el

dictado de la presente.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE

Artículo 1°.- Actualízase el procedimiento para la inscripción como proveedor del

Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para la actualización de

datos de los proveedores inscriptos que se detalla en el Anexo I (IF-2018-32442346-

DGCYC) que forma parte de la presente disposición.

Artículo 2°.- Establécese la documentación que deberán presentar los interesados a fin

de su inscripción como proveedores del Sector Público de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y la necesaria a fin de la actualización de datos de los proveedores

inscriptos, que como Anexos II (IF-2018-32443003-DGCYC) y III (IF-2018-32443964-

DGCYC), respectivamente, integran la presente.

Artículo 3°.- Actualízase el formulario de Adhesión a notificaciones electrónicas que

como Anexo IV (IF-2018-32447178 -DGCYC) forma parte del presente acto.

Artículo 4°.- Apruébase el formulario de Declaración Jurada de Exención en el

Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que como Anexo V (IF-2018-32447952-DGCYC)

integra la presente disposición.

Artículo 5°.- Apruébase el Instructivo para seleccionar "Rubros y Clases" y la

"Declaración jurada de actividades" conforme las categorías que se desee desarrollar,

para Personas Humanas y Entes que no cuenten con Contrato Social, que como

Anexo VI (IF-2018-32449431-DGCYC) forma parte de la presente.

Artículo 6°.- Apruébanse los formularios de Declaración Jurada de Rubros/Clases para

Personas Humanas o Entes sin Contrato Social, y para Personas Jurídicas, que como

Anexo VII (IF-2018-32452041-DGCYC) integra el presente acto.

Artículo 7°.- Apruébase el Procedimiento para la Baja del Proveedor del Registro

Informatizado Único y Permanente de Proveedores, que como Anexo VIII (IF-2018-

32453192-DGCYC) forma parte de la presente disposición.

Artículo 8°.- Déjanse sin efecto los artículos 2, 3, y 5 de la Disposición N° 242-DGCYC-

2014.

Artículo 9°.- Publícase en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la

página Web del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese. Cumplido,

archívese. Tojo


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5512

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 2° de la Disposición N° 765-DGCYC/23 deja sin efecto la Disposición N° 1190-DGCYC/18.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la  Disposición N° 50/DGCYC/23, actualiza y renombrar los anexos de la Disposición N° 1190-DGCYC/18.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 1190-DGCYC/18 actualiza el procedimiento para la inscripción como proveedor del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para la actualización de datos de los proveedores, en marco de lo establecido por el Decreto 116/14.</p><p>Art. 2 establece la documentación que deberán presentar los interesados a fin de su inscripción como proveedores del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la necesaria a fin de la actualización de datos de los proveedores inscriptos.</p><p>Art. 3 actualiza  el formulario de Adhesión a notificaciones electrónicas.</p><p>Art. 4 aprueba el formulario de Declaración Jurada de Exención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.</p><p>Art. 5 aprueba el Instructivo para seleccionar  Rubros y Clases y la Declaración jurada de actividades conforme las categorías que se desee desarrollar, para Personas Humanas y Entes que no cuenten con Contrato Social.</p><p>Art. 6 aprueba los formularios de Declaración Jurada de Rubros/Clases para Personas Humanas o Entes sin Contrato Social, y para Personas Jurídicas.</p><p>Art. 7 aprueba el Procedimiento para la Baja del Proveedor del Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 1190-DGCYC-18 actualiza el procedimiento, creado mediante la Disposición 242-DGCYC-14, para la inscripción como proveedor del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para la actualización de datos de los proveedores inscriptos.</p><p>Art. 2 establese la documentación que deberán presentar los interesados a fin de su inscripción como proveedores del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y actualización de datos.  </p><p>Art. 3 actualiza el formulario de Adhesión a notificaciones electrónicas.</p><p>Art. 4 aprueba el formulario de Declaración Jurada de Exención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.</p><p>Art. 5 aprueba el Instructivo para seleccionar Rubros y Clases y la Declaración jurada de actividades conforme las categorías que se desee desarrollar, para Personas Humanas y Entes que no cuenten con Contrato Social.</p><p>Art. 6 aprueba los formularios de Declaración Jurada de Rubros/Clases para Personas Humanas o Entes sin Contrato Social y para Personas Jurídicas.</p><p>Art. 7 aprueba el Procedimiento para la Baja del Proveedor del Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores. </p>
MODIFICA
<p>Art. 8 de la Disposición 1190-DGCYC-18 deroga los Artículos 2, 3, y 5 de la Disposición 242-DGCYC-14.</p>