RESOLUCIÓN 35 2019 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628

Síntesis:

SE DEJAN SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 245-APRA-18 - RESOLUCIÓN 360-APRA-11 - DISPOSICIÓN 139-DGCONT-15 - DISPOSICIÓN 705-DGCONT-15 - DESINFECCIÓN - DESINFESTACIÓN - INMUEBLES SUJETOS AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - REGISTRO DE ACTIVIDADES - USO OBLIGATORIO DE OBLEA - CERTIFICADO - EMPRESAS REGISTRADAS - ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS - CONTROL AMBIENTAL - FUMIGACIÓN

Publicación:

20/02/2019

Sanción:

13/02/2019

Organismo:

AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628


VISTO:

Las Leyes Nacionales N° 11.843, N° 18.284 y N° 19.587, la Ordenanza N° 36.352/80,

las Leyes N° 265, N° 451, N° 2.628, N° 3.304 (textos consolidados según Ley N°

6.017) y las Leyes N° 6.100 y N° 6.136, los Decretos N° 8151/MCBA/80, N° 179/00, N°

138/GCABA/08, N° 37/GCABA/16, N° 344/GCABA/18, las Resoluciones N°

360/APRA/11, N° 245/APRA/18 y N° 452/APRA/18, las

Disposiciones

139/DGCONT/15 y N° 705/DGCONT/15, y el Expediente Electrónico N° EE-2019-

05429885-GCABA-DGEVA, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 2.628 (texto consolidado según Ley N° 6.017) se creó la Agencia de

Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad

autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que el Decreto N° 138/GCABA/08 estableció que la Agencia de Protección Ambiental,

actuará como autoridad de aplicación de las leyes vigentes relacionadas con la

materia de su competencia y las que en el futuro se sancionen en el ámbito de la

Ciudad;

Que la Ley N° 3.304 (texto consolidado por Ley N° 6.017) estableció el Plan de

Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires con el objetivo de alcanzar una gestión pública de calidad que posibilite la

provisión de bienes y servicios públicos a los ciudadanos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires de manera equitativa, transparente y efectiva;

Que la misma Ley N° 3.304 (texto consolidado por Ley N° 6.017) establece en su

artículo 2° que el ámbito de aplicación del Plan de Modernización de la Administración

Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires comprende, entre otros, a la

Administración Central, los entes descentralizados y las entidades autárquicas;

Que esa ley, en su artículo 3°, dispone que la Jefatura de Gabinete de Ministros es la

autoridad de aplicación del mencionado Plan;

Que en este orden de ideas, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires está llevando

adelante un proceso de eliminación y simplificación de normas y requisitos en diversos

regímenes a los fines de evitar la realización de trámites y registraciones que generan

dilaciones y costos, tanto para el ciudadano como para la propia administración;

Que, en tal sentido, el dictado del Decreto N° 344/GCABA/18 contribuyó a avanzar con

la política de simplificación antes referida;

Que la Ley N° 6.136, en línea con lo dispuesto en la Ley N° 3.304 (texto consolidado

según Ley N° 6.017), derogó diversos registros entre los cuales se encuentran los

Registros de Actividades y el Registro de Directores Técnicos de las empresas

privadas de Desinfestación y Desinfección;

Que por su parte, la Resolución N° 452/APRA/18 derogó la Disposición N°

710/DGCONT/15 que establecía el reempadronamiento de Directores Técnicos de

Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección;

Que, en consecuencia, corresponde realizar las modificaciones pertinentes en las

normas complementarias y reglamentarias dictadas oportunamente por esta Agencia;

Que del análisis efectuado y dentro de un contexto normativo de desregulación

administrativa y desburocratización, resulta necesario dejar sin efecto las

Resoluciones N° 245/APRA/2018, N° 360/APRA/2011 y la Disposición N°

139/DGCONT/15;

Que sin perjuicio de lo expuesto, la eliminación de registros y/o normas

complementarias a las leyes N° 6.136 o N° 3.304 (texto consolidado según Ley N°

6.017) en modo alguno implican la derogación de normas nacionales y locales que

permanecen vigentes y coadyuvan al cumplimiento de las obligaciones de control y

sancionatorias, tareas que continuará en manos de los órganos competentes que

correspondan;

Que entre las normas señaladas pueden citarse, la Ley Nacional N° 11.843 de Salud

Pública y Profilaxis de la Peste, la Ley Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo

(arts. 9 inc. d y e Ley 19587), las disposiciones del Código Alimentario argentino (Ley

Nacional 18.284 y su Decreto reglamentario 2126/1971), el Régimen de Faltas de la

Ciudad de Buenos Aires (Ley N° 451, texto consolidado según Ley N° 6.017), la ley N°

265 (texto consolidado según Ley N° 6.017), el Decreto 179/00, la Disposición N°

6.957/DGHYSA/09 y el Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, entre otras;

Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la debida

intervención en el marco de sus competencias.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Leyes N° 2.628 (texto

consolidado según Ley N° 6.017) y el Decreto N° 37/GCABA/16,

EL PRESIDENTE

DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

RESUELVE:

Artículo 1°- Déjese sin efecto la Resolución N° 245/APRA/18.

Artículo 2°.- Déjese sin efecto la Resolución N° 360/APRA/11 y la Disposición N°

139/DGCONT/15.

Artículo 3°.- Déjese sin efecto la Disposición N° 705/DGCONT/15.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Salud de la

Nación, a la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo, al Ministerio de Salud,

Ministerio de Ambiente y Espacio Público, a la Secretaría de Atención y Gestión

Ciudadana, a la Subsecretaría de Trabajo, Industia y Empleo, a la Agencia

Gubernamental de Control, y a todas las Direcciones Generales de esta Agencia de

Protección Ambiental. Cumplido, archívese. Filgueira Risso

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución 35-APRA-19 deja sin efecto a la Resolución 245-APRA-18.</p>
DEROGA
<p>Art. 3 de la Resolución 35-APRA-19 deja sin efecto a la Disposición 705-DGCONT-15.</p>
DEROGA
<p>Art. 2 de la Resolución 35-APRA-19 deja sin efecto a la Disposición 139-DGCONT-15.</p>
DEROGA
<p>Art. 2 de la Resolución 35-APRA-19 deja sin efecto a la Resolución 360-APRA-11.</p>