ORDENANZA 33673 1977

Síntesis:

APRUEBA EL ESCALAFÓN ESPECIAL DE LOS TEATROS COLÓN, GRAL. SAN MARTÍN, ENRIQUE SANTOS DISCÉPOLO Y PARA LOS MÚSICOS Y AUXILIARES DE LA BANDA SINFÓNICA MUNICIPAL

Publicación:

02/08/1977

Sanción:

26/07/1977

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto el adjunto proyecto de Escalafón Especial para los Cuerpos Artísticos Estables, Secciones Esceno­técnicas y Servicios Auxiliares de los teatros Colón, “General San Martín” y “Enrique Santos Discépolo” y para los músicos ejecutántes y Servicios Auxiliares de la Banda Sinfónica Municipal,

Que en el citado proyecto, elaborado por la Comisión creada - por decreto n° 5.575/76 (B.M. 15.406), se ha tenido en cuenta, primordialmente, el propósito enunciado en el tercer considerando del mismo, esto es, el de confeccionar un régimen que resulte coherente con el Estatuto para el Personal del Escalafón General;

Que al proyecto de referencia se le han introducido las modificaciones necesarias para adecuarlo a las
pautas fijadas con posterioridad por el Superior Gobierno de la Nación, en materia de Política de Jerarquización Escalafonaria para el sector público, así como también a las normas que, consecuentemente y en lo que concierne a estructura escalafonaria se han establecido por Ordenanza n° 33.492 y decreto n° 1.700/77 para el personal de los Cuerpos Artísticos, Secciones Técnicas y Servicios Auxiliares de los organismos señalados;

Que ese instrumento normativo recoge, además el criterio de la actual conducción de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, particularmente y preo­cupada en lograr para el personal artístico y técnico una carrera que pondere la capacidad, especialización; responsabilidad y eficiencia que exige el desem­peño de tan delicadas tareas;

Que el art. 2° del Decreto Nacional n° 1.624/77 (B.O. 23.678) derogó los escalafones y regímenes especiales para el personal municipal;

Por ello, y en uso de las facultades que le confiere el artículo 1° de la Ley 21.557 (B.M. 15.500)

El Intendente Municipal Sanciona
y Promulga con Fuerza de

ORDENANZA:

Artículo 1° - Apruébase el adjunto Escalafón Especial para los Cuerpos Artísticos Estables, Secciones Escenotécnicas y Servicios Auxiliares de los teatros Colón; “General San Martín” y Enrique Santos Discépolo” y para los músicos, ejecutantes y Servicios Auxiliares de la Banda Sinfónica Municipal.

Art. 2° - Las disposiciones del Escalafón Especial que se aprueba por la presente Ordenanza, regirán a partir del 1° de enero de 1977 y los beneficios salariales que de su aplicación resulten, absorben las retribuciones que por servicios extraordinarios u otros conceptos similares se liquidaban al 31 de diciembre de 1976.

Art. 3° - La Dirección General de Finanzas adoptará las medidas necesarias tendientes a regularizar la situación presupuestaria relacionada con el pago de los servicios extraordinarios efectuado, a partir del 1° de enero ppdo., al personal artístico, técnico y de servicios auxiliares de los teatros Colón y “General San Martín”, y a asegurar la atención de las erogaciones que, en cumplimiento de lo dispuesto por el punto, 5.1.4 del Escalafón Especial que se aprueba, se devengaren en favor de los agentes, de la ex Sección Técnica que, de acuerdo con lo establecido, en el punto 5.1.3 del mismo ordenamiento, será encasillado en el Escalafón General.

Art. 4° - La presente ordenanza será refrendada por los señores Secretarios de Cultura, de Economía y General de la Intendencia.

Art. 5° - Dése al Registro Municipal; publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás fines, pase a la Dirección General del Personal.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
Art 9 del Dto 8647-88 Establece suma fija para el personal comprendido en la Ord 33673
REGLAMENTADA POR
Art 2 del Dto 3544-91 establece que el SIMUPA será de aplicación a los agentes comprendidos en los escalafones aprobados por la Ord 33673
COMPLEMENTADA POR
Art 12 del Dto 1198-86 establece percepción de las asignaciones transitorias por reintegro de gastos de refrigerio y premio estímulo por Asistencia y Puntualidad perfecta a personal comprendido en Ord 33673
REGLAMENTADA POR
Art 11 del Dto 4717-86 insituye un complemento remunerativo variable para el personal comprendido en la ord 33673
REGLAMENTADA POR
Art 8 del Dto 955-89 incrementa el suplemento por función de conducción previsto en el punto 4.2 del Cap IV del Escalafón Especial aprobado por Ord 33673
MODIFICADA POR
Art 2 del Dto 1020-89 fija monto previsto por ord 33673- Art 8 incrementa monto
COMPLEMENTADA POR
Anexo IV Cap I punto 1. establece pautas de reencasillamiento que se aplican al personal comprendido por la Ord 33673
EXCEPTUADA POR
<p>Art. 1 de la Ordenanza 47671, exceptúa de los alcances de la presente, al personal y actividades regidos por la Ordenanza 33673.</p>
REFERENCIADA POR
Anexo II inc. c) 2. Ref. Ord. 33673. Cuadro de Grupos y Categorías. Escalafón.
COMPLEMENTADA POR
Dto. 2238-92 Implementa Anexo I, II, III , IV y V Ord. 33673. Aprobación de dotación de Escalafón Especial.
REFERENCIADA POR