DECRETO 8258 1987

Síntesis:

LA ESCRIBANÍA GENERAL TENDRÁ A SU CARGO EL REGISTRO Y ARCHIVO DE LOS CONVENIOS DE LA MUNICIPALIDAD

Publicación:

14/01/1988

Sanción:

22/12/1987

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Visto que la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, realiza múltiples convenios con distintas Reparticiones Nacionales, Provinciales, Municipales Entes y Organismos Descentralizados, y

CONSIDERANDO:

Que surge la necesidad de determinar el organismo competente en materia de registro y archivo de los convenios mencionados;

Que de acuerdo a la actual estructuración de esta Comuna, la organización que está en condiciones de otorgar seguridad jurídica al trámite citado, es la Escribanía General de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello,

El Intendente Municipal

DECRETA:

Artículo 1° - La Escribanía General tendrá a su cargo el registro y archivo de los convenios en que la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires sea parte.

Art. 2° - Las Reparticiones Municipales intervinientes deberán remitir los convenios que suscriban a la Escribanía General dentro de los diez (10) días de emitida la norma jurídica que los convalide.

Art. 3° - El presente Decreto será refrendado por todos los Secretarios del Departemento Ejecutivo.

Art. 4° - Dése al Registro Municipal; publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demá efectos pase a la Secretaría del Departamento Ejecutivo y a la Dirección General Escribanía General. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIADA POR
REGLAMENTADA POR
Res. 2-SSLYT-95 reglamenta sector de archivo de los convenios en el marco del Dto. 8258/87.