RESOLUCIÓN 173 2020 SUBSECRETARÍA DE DEPORTES

Síntesis:

ESTABLECE - CIERRE POLIDEPORTIVOS - PARQUES - CENTROS Y PATIOS DE RECREACIÓN ACTIVA - DESARROLLO ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS - PLAZAS ACTIVAS - NÚCLEOS DEPORTIVOS - BARRIOS EN JUEGO ADULTOS MAYORES Y BUENOS AIRES CORRE (BAC) - SUBSECRETARIA DE DEPORTES - DESDE 16 MARZO 2020 - PLAZO 14 DÍAS CORRIDOS - PRORROGADO O AMPLIADO - INVITA - CLUBES DE BARRIO - FEDERACIONES Y DEMÁS INSTITUCIONES DEPORTIVAS - ADHERIR MEDIDAS 

Publicación:

19/03/2020

Sanción:

16/03/2020

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DEPORTES


TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

Fecha de actualización: 13 de enero del 2012.

 

VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, el Decreto de

Necesidad y Urgencia Nacional N° 260/PEN/20, los Decretos N° 463/GCABA/19 y N°

140/GCABA/20, la Resolución de Firma Conjunta N° 160/MHFGC/20, la Resolución de

Firma Conjunta N°1/MDEGC/20, la Resolución N° 703/MSGC/20, la Resolución de

Firma Conjunta N° 1/MDHYHGC/20, el Expediente Electrónico N° 09676135-GCABA-

SSDEP/20, y

CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el COVID-19

(Coronavirus) constituye una pandemia y que la evolución de la situación

epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes, haciendo

un llamado a la Comunidad Internacional para actuar con responsabilidad y

solidaridad;

Que conforme a lo establecido por el Decreto N° 463/GCABA/19 corresponde a la

Subsecretaria de Deportes y sus organismos dependientes, implementar los

programas, planes y proyectos de desarrollo del deporte comunitario y amateur, así

como administrar y mantener las instalaciones de los polideportivos de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional N° 260/PEN/20, se

dispusieron medidas acordes a la situación epidemiológica actual que se suman a las

oportunamente ya adoptadas a fin de mitigar la propagación del COVID-19

(coronavirus) y su impacto sanitario;

Que por Decreto N° 140/GCABA/20 se suspendieron diversas actividades y se

adoptan diversas medidas a fin de reducir de propagación del contagio en la

población;

Que mediante la Resolución de Firma Conjunta N° 160/MHFGC/20 se creó en el

ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y mientras se encuentre

vigente la situación epidemiológica causada por el virus COVID-19 (coronavirus), un

permiso de ausencia extraordinario de carácter obligatorio, cuya duración se fija en

catorce (14) días corridos computados a partir de la fecha de ingreso al país del

trabajador/a en cuestión, plazo durante el cual, el/la trabajador/a deberá permanecer

aislado/a en su domicilio, reduciendo al máximo el contacto con otras personas y su

concurrencia a lugares públicos;

Que mediante la Resolución de Firma Conjunta N°1/MDEGC/20 se adoptaron diversas

medidas preventivas en los establecimientos educativos de todos los niveles y

modalidades de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sean éstos de gestión estatal o

privada;

Que por Resolución N° 703/MSGC/20 se prohibió el ingreso a los Establecimientos

privados para adultos mayores, y mientras se encuentre vigente la situación

epidemiológica causada por el virus COVID-19 (coronavirus), de las personas que

hubieran ingresado al país dentro de los catorce (14) días corridos previos;

Que en el mismo sentido, por Resolución de Firma Conjunta N° 1/MDHYHGC/20 se

prohibió el ingreso a los Hogares de Residencia Permanente y Centros de Día para

adultos mayores, y mientras se encuentre vigente la situación epidemiológica causada

por el virus COVID-19 (coronavirus), de las personas que hubieran ingresado al país

dentro de los catorce (14) días corridos previos;

Que, en este contexto, y en consonancia con lo establecido por otras áreas de

gobierno y con el fin de evitar la propagación del COVID-19 (coronavirus), resulta

adecuado establecer el cierre de todos los Polideportivos, Parques, Centros y Patios

de Recreación Activa de la Ciudad que se encuentran bajo la órbita de esta

Subsecretaria y resolver la suspensión de todas las actividades deportivas y

recreativas desarrolladas por distintas áreas de esta repartición, tales como Plazas

Activas, Núcleos Deportivos, Barrios en Juego, de Adultos Mayores y Buenos Aires

Corre (BAC), entre otros, que se llevan a cabo en los mencionados Polideportivos,

Parques, Centros y Patios de Recreación Activa y en distintos puntos de la Ciudad de

Buenos Aires;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establécese el cierre de los Polideportivos, Parques, Centros y Patios de

Recreación Activa de la Ciudad que se encuentran bajo la órbita de esta Subsecretaria

de Deportes.

Artículo 2°.- Suspéndase el desarrollo de las actividades deportivas y recreativas

desarrolladas por las distintas áreas de esta Subsecretaria de Deportes, tales como

Plazas Activas, Núcleos Deportivos, Barrios en Juego, de Adultos Mayores y Buenos

Aires Corre (BAC), entre otros, que se llevan a cabo en los Polideportivos y Parques

mencionados en el Artículo 1° de la presente y en distintos puntos de la Ciudad de

Buenos Aires.

Artículo 3°.- Establécese que las medidas adoptadas mediante la presente Resolución

se aplicarán desde el día 16 de marzo del corriente año, durante catorce (14) días

corridos; y podrán ser prorrogadas y/o ampliadas conforme se desenvuelva la

situación sanitaria.

Artículo 4°.- Invítese a los Clubes de Barrio, Federaciones y demás instituciones

deportivas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a las medidas adoptadas

mediante la presente Resolución.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a las reparticiones dependientes de esta Subsecretaria de Deportes.

Lobo

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 1-DGDSYDD/21 autoriza la  reanudación de la actividad dirigida “Barrios en Juego”, a partir del día 11 de enero del año 2021, modificando la Resolución N° 173-SSDEP/20 por la cual se estableció la suspensión del desarrollo de las actividades deportivas y recreativas desarrolladas por las distintas áreas de esta Subsecretaria de Deportes, tales como Plazas Activas, Núcleos Deportivos, Barrios en Juego, de Adultos Mayores y Buenos Aires Corre (BAC), entre otros.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 8-DGDSYDD-2020 autoriza, a partir del día 16 de noviembre del año 2020, la reanudación del Programa Plazas Activas, el cual fue suspendido mediante la Resolución 173-SSDEP-2020.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1°. de la Resolución N° 25-SECDCI/20 autoriza la reanudación del Programa Buenos Aires Corre a partir del 29 de octubre de 2020, suspendido por art. 2° de la Resolución N° 173-SSDEP/20.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución 173-SSDEP/20 establece el cierre de los Polideportivos, Parques, Centros y Patios de Recreación Activa de la Ciudad bajo la órbita de la Subsecretaria de Deportes y suspende el desarrollo de las actividades deportivas y recreativas desarrolladas por las distintas áreas de la Subsecretaria de Deportes, tales como Plazas Activas, Núcleos Deportivos, Barrios en Juego, de Adultos Mayores y Buenos Aires Corre (BAC), entre otros, que se llevan a cabo en los Polideportivos y Parques, en el marco de lo establecido por el Decreto 140/20.</p>