RESOLUCIÓN 173 2020 SUBSECRETARÍA DE DEPORTES
Síntesis:
ESTABLECE - CIERRE POLIDEPORTIVOS - PARQUES - CENTROS Y PATIOS DE RECREACIÓN ACTIVA - DESARROLLO ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS - PLAZAS ACTIVAS - NÚCLEOS DEPORTIVOS - BARRIOS EN JUEGO ADULTOS MAYORES Y BUENOS AIRES CORRE (BAC) - SUBSECRETARIA DE DEPORTES - DESDE 16 MARZO 2020 - PLAZO 14 DÍAS CORRIDOS - PRORROGADO O AMPLIADO - INVITA - CLUBES DE BARRIO - FEDERACIONES Y DEMÁS INSTITUCIONES DEPORTIVAS - ADHERIR MEDIDAS
Publicación:
19/03/2020
Sanción:
16/03/2020
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DEPORTES
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Solicite el Texto Actualizado de la presente norma en:
ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar
VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, el Decreto de
Necesidad y Urgencia Nacional N° 260/PEN/20, los Decretos N° 463/GCABA/19 y N°
140/GCABA/20, la Resolución de Firma Conjunta N° 160/MHFGC/20, la Resolución de
Firma Conjunta N°1/MDEGC/20, la Resolución N° 703/MSGC/20, la Resolución de
Firma Conjunta N° 1/MDHYHGC/20, el Expediente Electrónico N° 09676135-GCABA-
SSDEP/20, y
CONSIDERANDO:
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el COVID-19
(Coronavirus) constituye una pandemia y que la evolución de la situación
epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes, haciendo
un llamado a la Comunidad Internacional para actuar con responsabilidad y
solidaridad;
Que conforme a lo establecido por el Decreto N° 463/GCABA/19 corresponde a la
Subsecretaria de Deportes y sus organismos dependientes, implementar los
programas, planes y proyectos de desarrollo del deporte comunitario y amateur, así
como administrar y mantener las instalaciones de los polideportivos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional N° 260/PEN/20, se
dispusieron medidas acordes a la situación epidemiológica actual que se suman a las
oportunamente ya adoptadas a fin de mitigar la propagación del COVID-19
(coronavirus) y su impacto sanitario;
Que por Decreto N° 140/GCABA/20 se suspendieron diversas actividades y se
adoptan diversas medidas a fin de reducir de propagación del contagio en la
población;
Que mediante la Resolución de Firma Conjunta N° 160/MHFGC/20 se creó en el
ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y mientras se encuentre
vigente la situación epidemiológica causada por el virus COVID-19 (coronavirus), un
permiso de ausencia extraordinario de carácter obligatorio, cuya duración se fija en
catorce (14) días corridos computados a partir de la fecha de ingreso al país del
trabajador/a en cuestión, plazo durante el cual, el/la trabajador/a deberá permanecer
aislado/a en su domicilio, reduciendo al máximo el contacto con otras personas y su
concurrencia a lugares públicos;
Que mediante la Resolución de Firma Conjunta N°1/MDEGC/20 se adoptaron diversas
medidas preventivas en los establecimientos educativos de todos los niveles y
modalidades de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sean éstos de gestión estatal o
privada;
Que por Resolución N° 703/MSGC/20 se prohibió el ingreso a los Establecimientos
privados para adultos mayores, y mientras se encuentre vigente la situación
epidemiológica causada por el virus COVID-19 (coronavirus), de las personas que
hubieran ingresado al país dentro de los catorce (14) días corridos previos;
Que en el mismo sentido, por Resolución de Firma Conjunta N° 1/MDHYHGC/20 se
prohibió el ingreso a los Hogares de Residencia Permanente y Centros de Día para
adultos mayores, y mientras se encuentre vigente la situación epidemiológica causada
por el virus COVID-19 (coronavirus), de las personas que hubieran ingresado al país
dentro de los catorce (14) días corridos previos;
Que, en este contexto, y en consonancia con lo establecido por otras áreas de
gobierno y con el fin de evitar la propagación del COVID-19 (coronavirus), resulta
adecuado establecer el cierre de todos los Polideportivos, Parques, Centros y Patios
de Recreación Activa de la Ciudad que se encuentran bajo la órbita de esta
Subsecretaria y resolver la suspensión de todas las actividades deportivas y
recreativas desarrolladas por distintas áreas de esta repartición, tales como Plazas
Activas, Núcleos Deportivos, Barrios en Juego, de Adultos Mayores y Buenos Aires
Corre (BAC), entre otros, que se llevan a cabo en los mencionados Polideportivos,
Parques, Centros y Patios de Recreación Activa y en distintos puntos de la Ciudad de
Buenos Aires;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Establécese el cierre de los Polideportivos, Parques, Centros y Patios de
Recreación Activa de la Ciudad que se encuentran bajo la órbita de esta Subsecretaria
de Deportes.
Artículo 2°.- Suspéndase el desarrollo de las actividades deportivas y recreativas
desarrolladas por las distintas áreas de esta Subsecretaria de Deportes, tales como
Plazas Activas, Núcleos Deportivos, Barrios en Juego, de Adultos Mayores y Buenos
Aires Corre (BAC), entre otros, que se llevan a cabo en los Polideportivos y Parques
mencionados en el Artículo 1° de la presente y en distintos puntos de la Ciudad de
Buenos Aires.
Artículo 3°.- Establécese que las medidas adoptadas mediante la presente Resolución
se aplicarán desde el día 16 de marzo del corriente año, durante catorce (14) días
corridos; y podrán ser prorrogadas y/o ampliadas conforme se desenvuelva la
situación sanitaria.
Artículo 4°.- Invítese a los Clubes de Barrio, Federaciones y demás instituciones
deportivas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a las medidas adoptadas
mediante la presente Resolución.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a las reparticiones dependientes de esta Subsecretaria de Deportes.
Lobo