RESOLUCIÓN 523 2020 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 280-MJYSGC/19 - APRUEBA - PROCEDIMIENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE ASCENSO ORDINARIO DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD

Publicación:

20/08/2020

Sanción:

19/08/2020

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos de

Necesidad y Urgencia N° 1/20 y N° 8/20, los Decretos N° 234/17, N° 458/19, 147/20 y

N° 185/20, la Resolución N° 280/MJYSGC/19, y el Expediente N° EX-2020-19834999-

-GCABA-SSCH y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley 5.688 de Sistema Integral de Seguridad Pública (Texto consolidado Ley

6.017) creó la Policía de la Ciudad y estableció las bases jurídicas para su

organización y funcionamiento;

Que, mediante el Decreto 234/17 se aprobó la reglamentación parcial de la Ley N°

5.688 en lo relativo al régimen de ascensos previsto en el Capítulo X del Título III del

Libro II de la Ley N° 5.688;

Que, en el artículo 4° del Decreto 234/17 se facultó al Ministro de Justicia y Seguridad

a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias

para la aplicación del régimen de ascensos;

Que, en virtud de lo expuesto, mediante la Resolución N° 280/MJYSGC/19 se

regularon diversos aspectos procedimentales del proceso de selección para el

ascenso que se llevó a cabo en el año 2019;

Que, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró que la enfermedad producida

por el Coronavirus (COVID-19) se propaga de persona a persona, aceleradamente a

nivel mundial, declarando la misma como una pandemia;

Que, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, aprobado por la Legislatura de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante Resolución N° 10/2020, se declaró la

Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el

15 de junio de 2020 y mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 8/20 se ha

prorrogado hasta el 31 de agosto de 2020 a los fines de atender y adoptar las medidas

necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la

población del coronavirus (COVID-19);

Que, por conducto del Decreto N° 147/20, el Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires estableció que el Ministerio de Justicia y Seguridad, todas

sus dependencias y la Policía de la Ciudad, son áreas de máxima esencialidad e

imprescindibles durante la vigencia de la pandemia; por lo que se reforzó la seguridad

operativa para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población

del coronavirus (COVID-19);

Que, en virtud de la emergencia pública antes citada, resulta conveniente adecuar las

disposiciones procedimentales que regulan la selección para el ascenso ordinario en la

órbita de la Policía de la Ciudad para el año en curso;

Que, por Decreto N° 185/20, se modificó la estructura organizativa del Ministerio de

Justicia y Seguridad y se facultó a la Dirección General Gestión de Capital Humano a

"Ejecutar y desarrollar los procesos de ascenso del personal con y sin estado policial";

Que la Subsecretaría de Capital Humano, la Secretaría de Justicia y Seguridad y el

Instituto Superior de Seguridad Pública han prestado debida conformidad;

Que, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha

tomado la intervención de su competencia;

Que, por su parte por Decreto N° 458/19, se encomendó con carácter ad honorem, al

Vicejefe de Gobierno, el Sr. Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para

conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los

objetivos asignados al mismo.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por artículo 4° del Decreto N° 234/17 y

por el artículo 9° del Decreto N° 458/19,

EL VICEJEFE DE GOBIERNO

RESUELVE

Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución 280/MJYSGC/19.

Artículo 2°.- Apruébase el "Procedimiento para la implementación del régimen de

ascenso ordinario de la Policía de la Ciudad" que como Anexo IF-2020-19898014-

GCABA-DGTALMJYS forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Secretaría de Justicia y Seguridad, a la Jefatura de la Policía de la

Ciudad, a la Subjefatura de la Policía de la Ciudad, a la Subsecretaría de Capital

Humano, Dirección General Gestión de Capital Humano y al Instituto Superior de

Seguridad Pública. Cumplido, archívese. Santilli p/p


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5937

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 2 de la Resolución N° 523-MJYSGC/20 aprueba el Procedimiento de ascenso ordinario del personal con estado policial en el marco de la emergencia sanitaria, declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20.</p>
DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 215-MJYSGC/21 deja sin efecto la Resolución 523-MJYSGC/20.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 2 de la Resolución N° 523-MJYSGC/20 aprueba el Procedimiento de ascenso ordinario del personal con estado policial en el marco del Anexo II del Decreto Nº 234/17.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 693-MJYSGC/20 autoriza la actuación del Enlace de Capital Humano para cada una de las Juntas de Calificaciones de la Policía de la Ciudad (Periodo 2020/2021), complementando el procedimiento aprobado por Resolución 523-MJYS/20.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 523-MJYSGC/20 deja sin efecto la Resolución N° 280-MJYSGC/19.</p>