RESOLUCIÓN 215 2021 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 523-MJYSGC/20 - SE APRUEBA - PROCEDIMIENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE ASCENSO ORDINARIO DEL PERSONAL CIVIL CON ESTADO POLICIAL - POLICÍA DE LA CIUDAD

Publicación:

22/04/2021

Sanción:

15/04/2021

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 5.688 (Texto consolidado según Ley N° 6.347), los Decretos de

Necesidad y Urgencia Nros. 1/20 y N° 5/21, los Decretos Nros 234/17, 458/19, 463/19

y su modificatorio 92/21, 147/20 y su modificatorio, la Resolución N° 523-MJYSGC/20,

el Expediente Electrónico N° 08726606-GCABA-DGGCH/21 y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 5.688 (Texto consolidado según Ley N° 6.347) establece las bases

jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y encomienda al Jefe de Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e

institucional de dicho sistema, determina las bases jurídicas e institucionales que rigen

la relación de empleo del personal de la Policía de la Ciudad, y crea la Policía de la

Ciudad y el Cuerpo de Bomberos de la Ciudad;

Que, el artículo 110 del citado ordenamiento legal establece que: "El estado policial

confiere los siguientes derechos esenciales: (...) 7. Los ascensos, conforme a las

normas de la reglamentación correspondiente (...)";

Que, el artículo 140 de la misma Ley menciona que: "El ascenso ordinario se confiere

anualmente para satisfacer las necesidades orgánicas de la institución y abarca al

personal que haya cumplido las exigencias establecidas en esta Ley y su

reglamentación";

Que, por su parte, mediante el Decreto N° 234/17 se aprobó la reglamentación de la

Ley N° 5.688 en lo referente al régimen de ascensos y exclusiones contemplado en el

Capítulo X del Título III del Libro II de la citada Ley;

Que, dicha reglamentación en su artículo 4° facultó al Ministro de Justicia y Seguridad

a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias

para la aplicación del régimen de ascensos;

Que, en este marco, mediante Resolución N° 523-MJYSGC/20 se aprobó el

Procedimiento para la implementación del régimen de ascenso ordinario del personal

con estado policial de la Policía de la Ciudad, que se llevó a cabo en el año 2020;

Que, así las cosas, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró que la

enfermedad producida por el Coronavirus (COVID-19) se propaga de persona a

persona, aceleradamente a nivel mundial, declarando la misma como una pandemia;

Que, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus modificatorios, se declaró la

Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el

15 de junio de 2020 y mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 5/21 se

prorrogó hasta el 31 de marzo de 2021 a los fines de atender y adoptar las medidas

necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la

población del coronavirus (COVID-19);

Que, por conducto del Decreto N° 147/20 y su modificatorio, el Sr. Jefe de Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableció que el Ministerio de Justicia y

Seguridad, todas sus dependencias y la Policía de la Ciudad, son áreas de máxima

esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia; por lo que se

reforzó la seguridad operativa para prevenir y reducir el riesgo de propagación del

contagio en la población del coronavirus (COVID-19);

Que, en virtud de la emergencia pública antes citada, resulta conveniente adecuar las

disposiciones procedimentales que regulan la selección para el ascenso ordinario en la

órbita de la Policía de la Ciudad para el año en curso;

Que, en otro orden ideas, resulta oportuno mencionar que mediante Decreto N° 463/19

y su modificatorio 92/21, se aprobó la estructura orgánica funcional del Poder Ejecutivo

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comprendiéndose bajo la órbita del

Ministerio de Justicia y Seguridad a la Dirección General Gestión de Capital Humano,

entre cuyas responsabilidades primarias, se encuentran la de "Ejecutar y desarrollar

los procesos de ascenso del personal con y sin estado policial";

Que, al respecto, cabe destacar que la Secretaría de Justicia y Seguridad, el Instituto

Superior de Seguridad Pública y la Subsecretaría de Capital Humano han prestado

debida conformidad;

Que, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención

de su competencia;

Que, por Decreto N° 458/19, se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de

Gobierno, el Sr. Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y

coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos

asignados al mismo;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5.688 (Texto consolidado

según Ley N° 6.347), el artículo 4° del Decreto N° 234/17 y el artículo 9° del Decreto

N° 458/19,

EL VICEJEFE DE GOBIERNO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución 523-MJYSGC/20.

Artículo 2°.- Apruébase el "Procedimiento para la implementación del régimen de

ascenso ordinario del personal con estado policial de la Policía de la Ciudad" que

como Anexo IF-2021-11606194-GCABA-DGTALMJYS forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Secretaría de Justicia y Seguridad, a la Jefatura de la Policía de la

Ciudad, a la Subsecretaría de Capital Humano, a la Dirección General Gestión de

Capital Humano y al Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese.

Santilli p/p


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6106

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 193-MJYSGC/22 deja sin efecto la Resolución N° 215-MJYSGC/21. </p>
INTEGRA
<p>Artículo 2 de la Resolución N° 215-MJYSGC/21 aprueba el Procedimiento de ascenso ordinario del personal con estado policial en el marco de la emergencia sanitaria, declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 2° de la Resolución N° 215-MJYSGC/21 aprueba el Procedimiento para la implementación del régimen de<br />ascenso ordinario del personal con estado policial de la Policía de la Ciudad, para el año 2021, en el marco del Decreto N° 234/17.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 215-MJYSGC/21 deja sin efecto la Resolución 523-MJYSGC/20.</p>