RESOLUCIÓN 5 2004 SUBSECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
NORMA DEROGADA - APRUEBA EL NUEVO FORMULARIO PARA LA CARATULACIÓN DE EXPEDIENTES - DIRECCIÓN GENERAL MESA GENERAL DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVO - SOLICITUD DE CARATULACIÓN DE EXPEDIENTES - APROBACIÓN - FORMULARIO DE CARATULACIÓN DE EXPEDIENTES - ASIGNACIÓN DE NÚMERO DE NOTA - PROCEDIMIENTO - TRAMITACIÓN DE REGISTROS - TRAMITACIÓN DE NOTAS - TRAMITACIÓN DE CARPETA - TRAMITACIÓN DE PROVIDENCIAS - TRAMITACIÓN DE ACTUACIONES
Publicación:
05/02/2004
Sanción:
30/01/2004
Organismo:
SUBSECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Visto los Decretos Nros. 2.006/GCABA/03, 2.008/GCABA/03, 2.696/GCABA/03 y 2.720/GCABA/03 y el Expediente N° 81.186/03, y
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al Decreto N° 2.006/GCABA/03, las solicitudes de caratulación deben realizarse por medio del formulario Solicita Caratulación;
Que, según lo dispuesto en el Decreto N° 2.008/GCABA/03, la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, se encuentra facultada para promover la modificación de procedimientos, circuitos y sistemas que estime corresponder;
Que, atento a los Decretos Nros. 2.696/GCABA/03 y 2.720/GCABA/03 se modificó la denominación de la Subsecretaria de Justicia, Legal y Técnica por la de Subsecretaria Legal y Técnica;
Que, teniendo en cuenta las sugerencias de los organismos gubernamentales recepcionados en la propuesta de la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, resulta pertinente modificar el formulario Solicita Caratulación, para una gestión más ágil y eficiente;
Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias,
Artículo 1° - Apruébase el nuevo formulario de Caratulación de Expedientes, que obra como Anexo de la presente Resolución.
Artículo 2° - En los casos en que se solicite la caratulación de un expediente únicamente a través del formulario, corresponde asignarle número de Nota, no debiendo completar el rubro Actuación que Inicia.
Artículo 3° - En los casos en que se solicite la caratulación a través de una actuación, Registro, Nota o Carpeta, corresponde asignarle número de Providencia, debiendo completar el rubro Actuación que Inicia, con los datos de la actuación que está en trámite.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a todas las Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango equivalente, a las Subsecretarías con dependencia del Jefe de Gobierno y reparticiones con rango equivalente dentro de dicha jurisdicción, a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese. Cohen