DECRETO 2720 2003
Síntesis:
RECTIFICA EL DECRETO N° 2.696/GCBA/03, B.O. N° 1836, RELATIVO A LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL PODER EJECUTIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - PODER EJECUTIVO - MODIFICACIÓN -MODIFICACIÓN DE ESTRUCTURA ORGÁNICA - TRANSFERENCIA DE ORGANISMOS - COORDINACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO - DIRECCIÓN GENERAL CUSTODIA DE EDIFICIOS - DIRECCIÓN GENERAL DE EMERGENCIAS SOCIALES Y DEFENSA CIVIL - DIRECCIÓN GENERAL DE GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS - CENTRAL DE EMERGENCIAS - COORDINACIÓN DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES FERIAS - F/N PARQUE DE LA CIUDAD - F/N ÁREA GESTIÓN DE LA RIBERA - F/N RESERVA ECOLÓGICA COSTANERA SUR - MODIFICACIÓN DE DENOMINACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL - SUBSECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO - SUPRESIÓN DE ORGANISMOS - DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMACIÓN Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD - SUBSECRETARÍA DE LOGÍSTICA Y EMERGENCIAS - SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y PLANEAMIENTO URBANO - SUBSECRETARÍA DE ESPACIO PÚBLICO Y DESARROLLO URBANO - DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO - TRANSFERENCIA DE RESPONSABILIDADES - DEPARTAMENTO DE OFICIOS - MESA GENERAL DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVO - DEPARTAMENTO COMPILACIÓN DE NORMAS - PROGRAMA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y TRANSPARENCIA EN LA GESTIÓN - CALL CENTER - RELACIÓN FUNCIONAL - INSTITUTO DEL JUEGO Y DE LA UNIDAD EJECUTORA DE LA EX AU3 - ACTIVIDAD AUTOEMPLEO - PROGRAMA NUESTRAS FAMILIAS - CREACIÓN DE ORGANISMOS - DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO URBANO - ECOMENDACIÓN - TEXTO ORDENADO DE LA ESTRUCTURA
Publicación:
22/12/2003
Sanción:
17/12/2003
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Decreto N° 2.696/GCBA/2003 (B.O.C.B.A. N° 1836), y el Expediente N° 77.422/2003, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto citado en el Visto se ha efectuado la modificación de la estructura organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires;
Que se han deslizado errores materiales y omisiones en su texto que corresponde modificar a fin de plasmar adecuadamente la decisión política en la materia;
Que, además, resulta necesario efectuar diversos ajustes al mismo, a fin de operativizar las modificaciones que deben ejecutarse;
Que las modificaciones que por el presente se determinan deben comenzar a regir conjuntamente con el Decreto N° 2.696/GCBA/2003 citado a fin de evitar un inútil dispendio de actividad administrativa;
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los Arts. 102 y 104, Incs. 4 y 9 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Artículo 1° - Sustitúyese el artículo 12 del Decreto N° 2.696/GCBA/03 por el siguiente texto:
Transfiérese la Coordinación del Plan Estratégico de la órbita del Organismo fuera de nivel Descentralización y Participación Ciudadana a la de la Secretaría Jefe de Gabinete.
Artículo 2° - Sustitúyese el artículo 14 del Decreto N° 2.696/GCBA/03 por el siguiente texto:
Establécese la relación funcional del Instituto del Juego y de la Unidad Ejecutora de la ex AU 3, en la órbita de la Secretaría Jefe de Gabinete.
Artículo 3° - Sustitúyese el artículo 25 del Decreto N° 2.696/GCBA/03 por el siguiente texto:
Transfiérense las Direcciones Generales de Custodia de Edificios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de Emergencias Sociales y Defensa Civil, de Guardia de Auxilio y Emergencias dependientes de la Subsecretaría de Logística y Emergencias a la dependencia de la Subsecretaría de Seguridad Urbana de la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana, conservando sus responsabilidades, presupuesto, patrimonio y personal, y modifícase la denominación de la Dirección General de Custodia de Edificios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la de Custodia y Seguridad de Bienes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la denominación de la Dirección General de Emergencias Sociales y Defensa Civil por la de Dirección General de Defensa Civil.
Artículo 4° - Sustitúyese el artículo 26 del Decreto N° 2.696/GCBA/03 por el siguiente texto:
Transfiérese a la Dirección General de Defensa Civil dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Urbana de la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana la partida Central de Emergencias 103 (2394) de la Subsecretaría de Logística y Emergencias con el patrimonio y el personal que tiene afectados.
Artículo 5° - Sustitúyese el artículo 30 del Decreto N° 2.696/GCBA/03 por el siguiente texto:
Tránsfiérese la Coordinación de la Unidad de Proyectos Especiales Ferias de la Ciudad de la Subsecretaría de Logística y Emergencias a la Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales de la Secretaría de Cultura
Artículo 6° - Sustitúyese el artículo 34 del Decreto N° 2.696/GCBA/03 por el siguiente texto:
Modifícase la denominación de la Subsecretaría de Justicia y Legal y Técnica por la de Subsecretaría Legal y Técnica modificando sus objetivos y conservando su patrimonio, personal y presupuesto y, transfiérense las responsabilidades del ex Departamento de Oficios de la Dirección General de Coordinación Legal a la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo y las responsabilidades del ex Departamento Compilación de Normas de la Dirección General de Coordinación Legal al Programa de Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión, todos de la Subsecretaría Legal y Técnica.
Artículo 7° - Sustitúyese el artículo 38 del Decreto N° 2.696/GCBA/03 por el siguiente texto:
Modifícase la denominación de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos por la de Infraestructura y Planeamiento, conservando su Subsecretaría Administrativa con sus Direcciones Generales Administrativa y Legal, su Adjunta y de Cementerios, su Subsecretaría de Tránsito y Transporte con sus Direcciones Generales de Tránsito y Transporte y de Educación Vial y Licencias y su Subsecretaría de Obras y Mantenimiento con su Dirección General de Obras Públicas, conservando su patrimonio, personal y presupuesto, y suprímese la Dirección General de Información y Relaciones con la Comunidad, transfiriéndose su personal, patrimonio y presupuesto a la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento.
Artículo 8° - Sustitúyese el artículo 42 del Decreto N° 2.696/GCBA/03 por el siguiente texto:
Suprímese la Subsecretaría de Logística y Emergencias dependiente del Jefe de Gobierno y trasfiérese su patrimonio, personal y presupuesto a la Subsecretaría de Obras y Mantenimiento, salvo el que corresponda a la partida Call Center (2389) que se transfiere a la Dirección General de Sistemas de Información dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa de la Secretaría de Hacienda y Finanzas.
Artículo 9° - Sustitúyese el artículo 52 del Decreto N° 2.696/GCBA/03 por el siguiente texto:
Créase la Dirección General de Desarrollo Urbano dependiente de la Subsecretaría de Planeamiento de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento, asignándosele función crítica media de conformidad con lo previsto en los Arts. 5° y 10 del Decreto N° 726/GCBA/01 y su modificatorio Decreto N° 761/GCBA/01.
Artículo 10 - Sustitúyese el artículo 62 del Decreto N° 2.696/GCBA/03 por el siguiente texto:
Transfiérense los Organismos Fuera de Nivel Parque de la Ciudad y Área de Gestión de la Ribera a la órbita de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, y el Organismo Fuera de Nivel Reserva Ecológica Costanera Sur a la órbita de la Subsecretaría de Medio Ambiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable.
Artículo 11 - Sustitúyese el artículo 63 del Decreto N° 2.696/GCBA/03 por el siguiente texto:
Suprímanse la Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano, la Subsecretaría de Espacio Público y Desarrollo Urbano y la Dirección General de Gestión del Espacio Público y transfiéranse:
Artículo 12 - Sustitúyese el artículo 68 del Decreto N° 2.696/GCBA/03 por el siguiente texto:
Transfiérese la actividad Autoempleo (102) del programa Nuestras Familias (4531) a la Subsecretaría de Gestión Social y Comunitaria con su personal y patrimonio.
Artículo 13 - Sustitúyense los Anexos I, I/1, I/4, I/5, I/6, I/7 y 1/8 y los Anexos II/2 B, II/4, II/5, II/6, II/7, II/8, II/9 y II/10 del Decreto N° 2.696/GCBA/03, por los que como Anexos forman parte integrante del presente.
Artículo 14 - La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 15 - Encomiéndase a la Subsecretaría Legal y Técnica dependiente del Jefe de Gobierno la adecuación y actualización del texto ordenado de la estructura organizativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de sus Anexos I (Organigrama) y II (Objetivos y Responsabilidades Primarias), de conformidad con lo establecido en el presente Decreto.
Artículo 16 - El presente Decreto entra en vigencia conjuntamente con el Decreto N° 2.696/GCBA/2003.
Artículo 17 - El presente Decreto es refrendado por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 18 - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Secretarías y Subsecretarías del área Jefe de Gobierno y reparticiones con rango equivalente, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a las Direcciones Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Recursos Humanos y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese. IBARRA - Albamonte - Fernández
- el patrimonio, personal y presupuesto que corresponden a la Secretaría citada a la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable,
- el programa 32 actividades comunes espacio público y desarrollo urbano con el personal y el patrimonio que tuviere afectado a la Subsecretaría de Planeamiento dependiente de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento.
- las partidas Proyecto de desarrollo del espacio Público (3326) y Programa Revitalización de sectores urbanos (3509) con el patrimonio y el personal afectado a los mismas, a la Dirección General de Desarrollo Urbano dependiente de la Subsecretaría de Planeamiento dependiente de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento.
ANEXOS
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