DISPOSICIÓN 1 2020 DIRECCION GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA

Síntesis:

SE APRUEBA - PROCEDIMIENTO - INGRESO DERIVACIÓN Y TRAMITACIÓN DE LOS REQUERIMIENTOS PROVENIENTES DE LA AUDITORÍA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - AGCBA - EMERGENCIA SANITARIA - COVID 19 - PANDEMIA - CORONAVIRUS - INFORMES - DOCUMENTACION - INFORME PRELIMINAR - INFORME FINAL - PROYECTO DE AUDITORÍA - VIA DE INGRESO - SUBGERENCIA DE DESPACHO  - MESA GENERAL DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVO -  MGEYA_SUBGERENCIADESPACHO@BUENOSAIRES.GOB.AR.- PLATAFORMA ONEDRIVE - EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - COMUNICACIÓN OFICIAL - FUNCIONARIOS AUTORIZADOS - SISTEMA SADE - MÓDULO GEDO - INFORME EXTERNO - CARATULACION - VINCULACION - REMISION - DIRECCIÓN GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACIÓN - DGSOCAI - SUBSECRETARÍA DE REFORMA POLÍTICA Y ASUNTOS LEGISLATIVOS - MINISTERIO DE GOBIERNO - TRAMITACION - SOLICITUD DE PRÓRROGA - FORMULARIO CONTROLADO - GUARDA TEMPORAL

Publicación:

04/11/2020

Sanción:

30/10/2020

Organismo:

DIRECCION GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA

Estado:

No vigente


VISTO: la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nacional N° 27.541; las

Leyes Nros 70, 325 (textos consolidados por la Ley N° 6.017) y 6.292; los Decretos de

Necesidad y Urgencia Nros. 260- PEN/20 y 297-PEN/20 y sus modificatorios; el

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus modificatorios; los Decretos Nros.

463-GCABA-AJG/19 y sus modificatorios y 147-GCABA-AJG/20; la Resolución N° 78-

SECLYT/18, las Resoluciones AGC Nros. 94/20, 191/20 y 225/20; las Disposiciones

Nros. 10-MGEYA / 20, 13-GCABA-MGEYA / 20, 24-GCABA-MGEYA/20, el EX-

25909684-GCABA- DGSOCAI/20 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo de

la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°

27.541, e n virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de Un (1) año a partir

de la entrada en vigencia del citado Decreto;

Que en consecuencia, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297-PEN/20 y sus

modificatorios, el Presidente de la Nación estableció el Aislamiento Social, Preventivo

y Obligatorio para todas las personas que habitan en el país o se encuentran en él de

forma temporaria;

Que, a su vez, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA-AJG/20 y sus

modificatorios, el Jefe de Gobierno declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la

Ciudad a los fines de "prevenir atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir

y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID

19)";

Que, por otro lado, mediante la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre las

Secretarías y Ministerios del Poder Ejecutivo, a la Secretaría Legal y Técnica y al

Ministerio de Gobierno respectivamente;

Que, a través Decreto N° 463-GCABA/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánica dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose dentro de la órbita de la precitada Secretaría a la Dirección General

Mesa de Entradas, Salidas y Archivo;

Que la mencionada Dirección General posee, entre sus responsabilidades primarias,

las de organizar y supervisar la Mesa de Entradas, Salidas y Archivos del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; organizar la recepción, giro y seguimiento de

las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

caratular los expedientes e implementar mecanismos para la descentralización

administrativa; como así también entender en la planificación, administración y

ejecución de las actividades de digitalización y gestión a nivel institucional en

coordinación con las áreas competentes;

Que, en virtud del contexto actual precedentemente descripto, a través del Decreto N°

147-GCABA-AJG/20, se facultó a las autoridades superiores con rango no inferior a

Director General o equivalente, a organizar el desempeño de las tareas de sus áreas,

adoptando, de considerarlo pertinente, las medidas necesarias a fin de que la

prestación de servicios se realice, transitoriamente, de forma remota;

Que en ese marco, la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo,

dependiente de la Secretaria Legal y Técnica, dispuso mediante las Disposiciones N°

10-GCABA-MGEYA/20 y N°13-GCABA-MGEYA/20, un horario excepcional de

atención;

Que, asimismo, con la intención de implementar mecanismos y procedimientos

específicos que posibiliten el desarrollo de las funciones propias de la Administración

Pública, la mentada repartición dictó la Disposición N° 24-MGEYA/20 por la cual

estableció, de modo excepcional y por el término que dure el Aislamiento Social,

Preventivo y Obligatorio en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la

recepción de actuaciones extraejecutivas mediante correo electrónico dirigido a la

cuenta de la Subgerencia de Despacho

(mgeya_subgerenciadespacho@buenosaires.gob.ar), ya sea que provengan de los

distintos niveles del Poder Ejecutivo (Nacional, Provincial y Municipal), de la

Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires o de la Auditoría General de la

Ciudad de Buenos Aires;

Que, a su vez, el Decreto N° 463-GCABA/19 y sus modificatorios, contempla dentro la

órbita del Ministerio de Gobierno a la Dirección General Seguimiento de Organismos

de Control y Acceso a la Información, dependiente de la Subsecretaría de Reforma

Política y Asuntos Legislativos;

Que, conforme lo dispone el citado Decreto N° 463-GCABA/19 y sus modificatorios, la

precitada Dirección General posee entre sus responsabilidades primarias las de

coordinar las relaciones con los Organismos de Control en materia de requerimientos

de información, documentación y colaboración; administrar el sistema de recepción y

tramitación de requerimientos provenientes de los Organismos de Control y solicitudes

de Acceso a la Información Pública; así como también proyectar e implementar un

adecuado circuito de derivación de los informes producidos por los Organismos de

Control;

Que, por su parte, la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires ejerce, en los

términos del artículo 135 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el control

externo del sector público en sus aspectos económicos, financieros, patrimoniales, de

gestión y de legalidad, entre otras funciones de importancia;

Que la Ley N° 70, por su parte, dispone la organización y funcionamiento de la

Auditoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 325 establece

su estructura orgánica y distribución de funciones;

Que, en tal sentido, el Colegio de Auditores Generales del citado Organismo dictó las

Resoluciones AGC Nros. 94/20, 191/20 y 225/20 con el propósito de fijar los

parámetros e instrumentar los procedimientos necesarios para el desarrollo de sus

actividades propias durante la vigencia del Aislamiento Social, Preventivo y

Obligatorio; Que en este contexto extraordinario, teniendo como parámetro las

previsiones de la Resolución N° 78-SECLYT/18 dictada por la Secretaría Legal y

Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el propósito de

"simplificar y aportar eficiencia a la comunicación entre el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y la Auditoría General de la Ciudad", resulta preciso

establecer un procedimiento excepcional que coadyuve al abordaje de las

circunstancias actuales y garantice la emisión de respuestas completas y oportunas a

los requerimientos cursados por la Auditoría General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que, en virtud de lo hasta aquí expuesto, y en atención a las competencias

mencionadas, deviene imprescindible que la Dirección General Seguimiento de

Organismos de Control y Acceso a la Información y la Dirección General Mesa de

Entradas, Salidas y Archivo aúnen esfuerzos en pos de establecer un procedimiento

para el adecuado ingreso, derivación y tramitación de aquella documentación

emanada de la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello, de acuerdo con las facultades que les son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL

Y ACCESO A LA INFORMACIÓN Y EL DIRECTOR GENERAL DE MESA

DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO

DISPONEN

Artículo 1°. - Apruébase el "Procedimiento para el Ingreso, Derivación y Tramitación de

los Requerimientos provenientes de la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires

(AGCBA), durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires", el que como Anexo I (IF 2020-26242110-DGSOCAI),

forma parte integrante de la presente Disposición.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías, Subsecretarías, Direcciones

Generales y Organismos Descentralizados del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura

General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Procuración General de la

Ciudad de Buenos Aires, a la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires y para

su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Mesa de Entradas,

Salidas y Archivo dependiente de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese.

Azar - Díaz Ortíz


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5991

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art.1 de la Disposición Conjunta 1/DGSOCAI/MGEYA/20, aprueba el “Procedimiento para el Ingreso, Derivación y Tramitación de los Requerimientos provenientes de la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (AGCBA), durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” declarada por DNU 1/20.</p>
DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 1/DGSOCAI/MGEYA/23 deroga la Disposición Conjunta N° 1-DGSOCAI-MGEYA/20.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art.1 de la Disposición Conjunta 1/DGSOCAI/MGEYA/20, aprueba el “Procedimiento para el Ingreso, Derivación y Tramitación de los Requerimientos provenientes de la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (AGCBA), durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” complementando las medidas dispuestas en la Disposición 10-MGEYA/20; 13-GCABA-MGEYA/20 y 24-MGEYA/20.</p>
INTEGRA
<p>Art.1 de la Disposición Conjunta 1/DGSOCAI/MGEYA/20, aprueba el “Procedimiento para el Ingreso, Derivación y Tramitación de los Requerimientos provenientes de la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (AGCBA), durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” y así dar cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución 78-SECLYT/2018.</p>