DISPOSICIÓN 244 2020 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Síntesis:

SE APRUEBA - PROCEDIMIENTO - REACTIVACIÓN DE OBRAS - REINICIO DE OBRAS PARALIZADAS DURANTE LA CUARENTENA COVID-19 - PANDEMIA - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA - OBRAS YA INICIADAS EN ETAPA DE DEMOLICIÓN - EXCAVACIÓN - SOLICITUD DE REINICIO DE OBRA - FORMULARIO DE SOLICITUD DE REINICIO DE OBRA -  DECLARACIÓN JURADA - DIRECCION GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

Publicación:

20/11/2020

Sanción:

12/05/2020

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Estado:

No vigente


VISTO: LA LEY N° 2.624 (TEXTO CONSOLIDADO LEY N° 6.017), LOS DECRETOS

DE NECESIDAD Y URGENCIA NROS. 260-PEN/20 Y 1-GCABA-AJG/20, LOS

DECRETOS NROS. 140- GCABA-AJN/20, Y 147-GCBA-AJN/20, LA DECISION

ADMINISTRATIVA DECAD-2020-763-APN- JGM, LAS RESOLUCIONES NROS. 247-

AGC/17, N° 129-GCABA-MDEPGC Y N° 239-GCABA- AGC/20, Y;

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo de la

Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°

27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1) año a partir

de la entrada en vigencia del mencionado decreto;

Que mediante Decreto N° 140-GCABA-AJN/20, el Jefe de Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en virtud de las recomendaciones de la Organización

Mundial de la Salud (OMS), se dispuso la restricción de diferentes actividades;

Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA-AJG/20, se declaró la

Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el

15 de Junio de 2020 a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para

prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del

coronavirus (COVID-19);

Que en tal contexto, por medio del Decreto N° 147-GCABA-AJN/20, se estableció que

el Ministerio de Justicia y Seguridad y todas sus dependencias y la Policía de la

Ciudad, son áreas de máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la

pandemia COVID-19 (Coronavirus);

Que, en virtud de la Decisión Administrativa DECAD-2020-763-APN-JGM y su anexo

(IF-2020-31260183) por medio de la cual se exceptúan diversas actividades al

cumplimiento del aislamiento social preventivo obligatorio, se ha incluido a las obras

privadas, ya iniciadas, en etapa de demolición y/o excavación como actividad

exceptuada;

Que por Resolución N° 129-GCABA-MDEPGC/20 el Ministerio de Desarrollo

Económico aprobó el "Protocolo para el funcionamiento de actividades Demolición y/o

Excavación" con el objeto de prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio

del coronavirus (COVID-19) durante el desarrollo de dicha actividad;

Que en línea con lo manifestado mediante Resolución N° 239-GCABA-AGC el Director

Ejecutivo de la Agencia Gubernamental de Control ha encomendado a la Dirección

General de Fiscalización y Control de Obras la instrumentación del procedimiento para

la reactivación de las obras privadas en etapa de demolición y/o excavación ya

iniciadas;

Que por ello resulta necesario determinar el procedimiento aplicable para el reinicio de

las obras paralizadas en el marco de la Pandemia declarada, con el objeto de adecuar

el desarrollo de la obra al estricto cumplimiento de las medidas de seguridad exigidas

para su ejecución;

Que para ello deberá presentarse el informe detallado en el procedimiento que se

aprueba, el cual deberá cumplirse en forma previa a la reactivación de la obra;

Que de conformidad a lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo;

Por ello, y en uso de las facultades propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento para la reactivación de las obras que integra

el ANEXO I (DI-2020-13402445-GCABA-DGFYCO) que forma parte de la presente.

Artículo 2° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese electrónicamente a los usuarios activos del sistema TAD- web del

Director de Obra, de las obras en las etapas alcanzadas por la presente, a los

consejos profesionales CPAU y CPIC. Cumplido, archívese. Alonso


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6003

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 454-AGC/23 deja sin efecto la la Disposición N° 244-DGFYCO/20.</p>
DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 518-DGFYCO/20 deja sin efecto la Disposición N° 244-DGFYCO/20.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art.1 de la Disposición 244-DGFYCO-20, aprueba el procedimiento para la reactivación de las obras ya iniciadas en etapa de Demolición - Obras ya iniciadas en etapa de Excavación encomendado mediante Resolución  239-AGC/20.</p>
INTEGRA
<p>Art.1 de la Disposición 244-DGFYCO-20, aprueba el procedimiento para la reactivación de las obras ya iniciadas en etapa de Demolición - Obras ya iniciadas en etapa de Excavación, en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia 1/20.</p>
INTEGRA
<p>Art.1 de la Disposición 244-DGFYCO-20, aprueba el procedimiento para la reactivación de las obras ya iniciadas las cuales deberán adoptar un estricto protocolo de Salud y Seguridad en el trabajo de obra en prevención del virus COVID-19 de acuerdo al “PROTOCOLO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ACTIVIDADES DE DEMOLICIÓN Y/O EXCAVACION”, aprobado mediante Resolución 129-MDEPGC-20.<strong>(DEROGADA)</strong></p>