DISPOSICIÓN 461 2020 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Síntesis:

SE APRUEBA - PROCEDIMIENTO - REACTIVACIÓN DE OBRAS - OBRAS EN ETAPA DE DEMOLICIÓN - OBRAS EN ETAPA DE EXCAVACIÓN - OBRAS A 90 DÍAS DE FINALIZACIÓN - OBRAS MAYORES A LOS 5.000M - SOLICITUD DE REINICIO DE OBRA - FORMULARIO DE SOLICITUD DE OBRA - DECLARACIÓN JURADA EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - PANDEMIA - COVID 19

Publicación:

20/11/2020

Sanción:

19/09/2020

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Estado:

No vigente


Necesidad y Urgencia Nros. 260-APN-PTE/20, N° 297-APN-PTE/20 y sus

modificatorias, 1-GCABA-AJG/20, 12-GCABA- AJG/20, la Decisión Administrativa N°

763-APN-JGM/20 y N° 1604-JGM-APN/20, la Disposición N° 244-GCABA-

DGFYCO/20, la Resolución N° 239-GCABA-AGC/20, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo de la

Nación, amplió por el plazo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia del

mencionado decreto dicha emergencia pública;

Que conforme el DNU N° 297-APN-PTE/20, el Presidente de la Nación estableció el

"aislamiento social, preventivo y obligatorio", el cual fue prorrogado consecutivamente

mediante los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 325-APN-PTE/20, 355-

APNPTE/20, 408-APN-PTE/20, 459-APN-PTE/20, 493-APN-PTE/20, 520-APN-

PTE/20, 576-APN-PTE/20, 605-APN-PTE/20, 641-APN-PTE/20, 677-APN-PTE/20 y

714-APN-PTE/20 hasta el día 20 de septiembre de 2020;

Que en concordancia, el Jefe de Gobierno a través del Decreto de Necesidad y

Urgencia N° 1-GCABA-AJG/20 declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020 y la misma fue

prorrogada Decreto de Necesidad y Urgencia N° 12-GCABA-AJG/20 hasta el día 30 de

septiembre de 2020;

Que el desarrollo de actividades en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

se realiza en forma gradual y conforme lo permite la autoridad de aplicación en materia

sanitaria;

Que oportunamente, mediante la Decisión Administrativa N° 763-APN-JGM/20 se

exceptuaron diversas actividades al cumplimiento del aislamiento social preventivo

obligatorio, incluyéndose allí a las obras privadas ya iniciadas, en etapa de demolición

y/o excavación;

Que consecuentemente, mediante Resolución N° 239-GCABA-AGC/20 el Director

Ejecutivo de la Agencia Gubernamental de Control instruyó a esta Dirección General a

instrumentar los protocolos necesarios para la reactivación de las obras privadas en el

ámbito de la ciudad;

Que en tal sentido, esta Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, aprobó

el protocolo necesario para la reactivación de las obras de demolición y excavación

mediante la Disposición N° 244-GCABA-DGFYCO/20;

Que en esta oportunidad, mediante la Decisión Administrativa N° 1604-APN-JGM/20 y

el Decreto N° 332-GCABA-AJG/20 se exceptuó a las personas afectadas a la actividad

de construcción de obras de más de cinco mil metros cuadrados (5.000 m2) y de

aquellas obras que se encuentren a noventa (90) días de su finalización, desarrolladas

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme la autorización

conferida para su reactivación conforme el protocolo (IF-2020-20611319-GCABA-

MDEPGC) aprobado por la autoridad sanitaria nacional (IF-2020-57674139-APN-

SSMEIE#MS);

Que con el fin de poder realizar el monitoreo del desarrollo de las actividades

incorporadas como exceptuadas, resulta necesario instrumentar el procedimiento que

deberá cumplirse en forma previa a la reactivación, y así obtener la autorización

pertinente para el reinicio de tareas, en estricto cumplimiento de las medidas de

prevención y control, tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio en la

población;

Por ello, y en uso de las facultades propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento para la reactivación de las obras que integra

el anexo DI-2020-22585713-GCABA-DGFYCO que forma parte de la presente.

Artículo 2° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese electrónicamente a los usuarios activos del sistema TAD- web del

Director de Obra, de las obras en las etapas alcanzadas por la presente, a los

consejos profesionales CPAU y CPIC. Cumplido, archívese. Alonso


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6003

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 454-AGC/23 deja sin efecto la la Disposición N° 461-DGFYCO/20.</p>
DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 518-DGFYCO/20 deja sin efecto la Disposición N° 461-DGFYCO/20.</p>
INTEGRA
<p>Art.1 de la Disposición 461-DGFYCO/20, aprueba el procedimiento para la reactivación de las obras en etapa de Demolición - Obras en etapa de Excavación - Obras a 90 días de finalización - Obras mayores a los 5.000m2. Debiendo adoptar un estricto protocolo de Salud y Seguridad en el trabajo de obra en prevención del virus COVID-19 de acuerdo al protocolo aprobado por Resolución 239-AGC/20.<strong>(DEROGADA)</strong></p>
INTEGRA
<p>Art.1 de la Disposición 461-DGFYCO/20, aprueba el procedimiento para la reactivación de las obras en etapa de Demolición - Obras en etapa de Excavación - Obras a 90 días de finalización - Obras mayores a los 5.000m2, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1/20.</p>