RESOLUCIÓN 693 2004 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

DEJA CONSTANCIA DE TODOS LOS PAGOS EFECTUADOS POR LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE LAS REESTRUCTURACIONES DE DEUDA APROBADAS POR LAS LEYES N° 767, N° 73 Y N° 1.009 - CONSTANCIA DE PAGOS - PAGO DE LA DEUDA PÚBLICA - DEPÓSITOS BANCARIOS - TRANSFERENCIA DE DINERO - CUENTAS DE CUSTODIA - THE BANK OF NEW YORK - U.S. BANK TRUST NATIONAL ASSOCIATION - CUENTA CORRIENTE 311/5 - BANCO CIUDAD - REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA - PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA - SERIE I - SERIE II - SERIE III - SERIE IV - SERIE V - BONO TANGO - TENEDORES DE TÍTULOS DE LA DEUDA PÚBLICA - PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA - CONTRATO DE CUSTODIA - ESCROW AGREEMENT - CARTA ACUERDO REVISADA - SUPLEMENTO DEL CONVENIO DE FIDEICOMISO - JP MORGAN CHASE BANK DE NEW YORK

Publicación:

25/03/2004

Sanción:

16/03/2004

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto las Leyes Nros. 767 (B.O. N° 1427), 773 (B.O. N° 1453) y 1.009 (B.O. N° 1612), los Decretos Nros. 402/GCBA/2002 (B.O. N° 1434) y 64/GCBA/2003 (B.O. N° 1618), las Resoluciones Nros. 1.812/SHYF/2002, 280/SHYF/2003 (B.O. N° 1631) y 709/SHYF/2003 (B.O. N° 1659) y el Expediente N° 13.278/04, y

CONSIDERANDO:

Que por las referidas Leyes, se autorizó al Poder Ejecutivo a realizar la reestructuración de las Series I, II, III, IV y V del denominado Bono Tango y se aprobaron asimismo las propuestas de acuerdos de reestructuración que fueran realizadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los tenedores de esos títulos de deuda pública, emitida bajo el Programa de Asistencia Financiera instrumentado en el marco de la Ordenanza N° 51.270/96 y ampliado al amparo de la autorización conferida por la Ley N° 323;

Que por los Decretos Nros. 402/GCBA/2002 y 64/GCBA/2003 se aprobó la contratación de quienes prestaron servicios a favor de este Gobierno para la reestructuración del denominado Bono Tango, facultándose asimismo al Secretario de Hacienda y Finanzas para que, en nombre y representación de la Ciudad, suscriba toda la documentación aprobada por los citados Decretos, como asimismo toda aquella accesoria o relacionada con dichos instrumentos o cualquier otro documento que resultare conveniente suscribir para llevar a cabo la reestructuración autorizada por las citadas Leyes Nros. 767, 773 y 1.009;

Que, a los efectos de respaldar los compromisos asumidos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la reestructuración de deuda aprobada por las Leyes Nros. 767 y 773, por Decreto N° 402/GCBA/2002 se aprobó la celebración de un Contrato de Custodia (Escrow Agreement) con The Bank of New York, procediendo este Gobierno a efectuar en esa cuenta de custodia el depósito de dinero del que da cuenta la Carta Acuerdo (Letter Agreement) aprobada por esa misma norma;

Que al mismo efecto de respaldar los compromisos estipulados en la Carta Acuerdo Revisada aprobada por Decreto N° 64/GCBA/2003 que fueron asumidos por el GCBA para la reestructuración aprobada por la Ley N° 1.009 de las remanentes Series I, III y V del referido Programa, por Resolución N° 280/SHYF/2003 se aprobó la celebración de un Contrato de Custodia (Escrow Agreement) con U.S. Bank Trust National Association;

Que por Resolución N° 1.812/SHYF/2002 se aprobó la celebración del Segundo Suplemento del Convenio de Fideicomiso (Second Supplemental Trust Deed) correspondiente al referido Programa de Asistencia Financiera, instrumentado en el marco de la Ordenanza N° 51.270/96 y ampliado al amparo de la autorización conferida por la Ley N° 323, perfeccionándose las reestructuraciones de las Series II y IV con los pagos realizados a los tenedores de esos títulos y con la celebración del citado Suplemento del Convenio de Fideicomiso;

Que con el referido perfeccionamiento de las reestructuraciones de las Series II y IV aprobadas por las Leyes Nros. 767 y 773 y habiéndose efectuado todos los pagos de gastos y comisiones previstos, se procedió a cerrar la cuenta de custodia abierta en The Bank of New York y a transferir su saldo a la cuenta de custodia en U.S. Bank Trust National Association específicamente abierta para la reestructuración de las Series I, III y V, aprobada por Ley N° 1.009;

Que por la Resolución N° 280/SHYF/2003 y a los efectos de completar la totalidad de la suma a depositar en la referida cuenta de custodia en el U.S. Bank Trust National Association, asimismo se autorizó a efectuar una transferencia de dinero a esa cuenta;

Que por Resolución N° 709/SHYF/2003 se aprobó la celebración del Tercer Suplemento del Convenio de Fideicomiso (Third Supplemental Trust Deed) correspondiente al referido Programa de Asistencia Financiera, instrumentado en el marco de la Ordenanza N° 51.270/96 y ampliado al amparo de la autorización conferida por la Ley N° 323, perfeccionándose las reestructuraciones de las Series I, III y V con los pagos realizados a los tenedores de esos títulos y con la celebración del citado Tercer Suplemento del Convenio de Fideicomiso;

Que habiéndose efectuado todos los pagos de gastos y comisiones correspondientes a la reestructuración de deuda aprobada por Ley N° 1.009, se cerró la cuenta de custodia abierta a ese efecto en el U.S. Bank Trust National Association y se procedió a transferir el saldo de dinero de la misma a la cuenta N° 544702203 de titularidad del Banco Ciudad de Buenos Aires en el JP Morgan Chase Bank de New York para la acreditación definitiva de ese monto en la cuenta corriente especial en dólares estadounidenses N° 311-5, abierta en el Banco Ciudad de Buenos Aires, de titularidad de este Gobierno;

Que corresponde dejar constancia de todos los pagos efectuados por la Ciudad para el perfeccionamiento de las reestructuraciones de deuda aprobadas por las Leyes Nros. 767, 773 y 1.009, mediante débito de las mencionadas cuentas de custodia abiertas en The Bank of New York y U.S. Bank Trust National Association y de la acreditación del saldo resultante en la mencionada cuenta corriente especial en dólares estadounidenses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello y en uso de las facultades otorgadas por los Decretos Nros. 402/GCBA/2002 y 64/GCBA/2003,

LA SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Déjase constancia de todos los depósitos y de todos los pagos efectuados a través de las cuentas de custodia abiertas en The Bank of New York y U.S. Bank Trust National Association para las reestructuraciones de deuda aprobadas por las Leyes Nros. 767, 773 y 1.009, como asimismo de la acreditación del saldo de dichas cuentas de custodia en la cuenta corriente especial en dólares estadounidenses N° 311-5, abierta en el Banco Ciudad de Buenos Aires, de titularidad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todos los créditos y débitos de las referidas cuentas de custodia y sus conceptos se detallan en el Anexo I adjunto a la presente Resolución y que, como tal, forma parte integrante de la misma.

Artículo 2° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Crédito Público, de Contaduría y de Tesorería y, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, a la Comisión de Seguimiento de Reestructuración de la Deuda Pública de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creada por Ley N° 1.009. Cumplido, archívese. Albamonte


ANEXOS

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