DECRETO 641 2004

Síntesis:

MODIFICACIÓN DE DECRETOS - DEROGA EL ARTÍCULO 1° DECRETO 1.738- MODIFICA COMPETENCIAS DE LA UPE - UNIDAD DE PROGRAMAS ESPECIALES - COMPRAS DE ALIMENTOS PARA PROGRAMAS SOCIALES - SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS - DECRETO N° 1.647/GCABA/2002 (B.O. N° 1590), MODIFICADO POR SUS SIMILARES NROS. 1.124-GCABA-03 DECRETO 1.738-GCABA-03 DECRETO 431-GCABA-04 - ELABORACIÓN - DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS EN HOSPITALES - PROCEDIMIENTOS CONTRATACIONES

Publicación:

29/04/2004

Sanción:

22/04/2004

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Decreto N° 1.647/GCABA/2002 (B.O. N° 1590), modificado por sus similares Nros. 1.124/GCABA/03 (B.O. N° 1743), 1.738/GCABA/03 (B.O. N° 1793) y 431/GCABA/04 (B.O. N° 1917), el Expediente N° 17.488/2004, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1.647/GCABA/2002, fue creada la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Compras de Alimentos para Programas Sociales, integrada por áreas de la Secretaría de Desarrollo Social y de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, con el objeto de gestionar la compra de alimentos a requerimiento de los responsables de los distintos programas sociales dependientes de la Secretaría de Desarrollo Social y su almacenamiento, pudiendo llevar a cabo el proceso de distribución de las mercaderías que adquiriera, por sí o por terceros;

Que por Decreto N° 1.738/GCABA/03 se ampliaron las facultades de la citada Unidad, habilitándola para gestionar la compra de alimentos, insumos y otros bienes necesarios para la provisión del servicio de elaboración y distribución de comidas en Hospitales dependientes de la Secretaría de Salud;

Que, asimismo, ante el vencimiento del plazo durante el cual se habilitaba el procedimiento para las contrataciones llevadas a cabo a través de la Unidad que nos ocupa y con el fin de dar continuidad a la operatoria respectiva, se dictó el Decreto N° 431/GCABA/04, renovando su vigencia a partir del 16/12/03 y hasta la finalización del ejercicio 2004;

Que, con el fin de permitirle a dicha Unidad el desarrollo acabado de los objetivos para los cuales fuera creada, se entiende necesario habilitarla, sin perjuicio de las facultades conferidas en el Decreto N° 1.647/GCABA/2002 y sus modificatorios, para adquirir insumos y otros bienes y servicios relacionados con la logística interna y externa de la misma, relacionada con su normal funcionamiento;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Derógase el artículo 1° del Decreto N° 1.738/GCABA/03.

Artículo 2° - Modifícanse los términos del artículo 2° del Decreto N° 1.647/GCABA/02, el que queda redactado a tenor del siguiente texto:

La Unidad de Proyectos Especiales Compras de Alimentos para Programas Sociales tiene a su cargo las siguientes funciones:

a) la gestión de la compra de alimentos a requerimiento de los responsables de los distintos programas sociales dependientes de la Secretaría de Desarrollo Social y su almacenamiento, pudiendo llevar a cabo el proceso de distribución de las mercaderías que adquiera, por sí o por terceros;

b) la gestión de la compra de alimentos para los Hospitales dependientes de la Secretaría de Salud y su almacenamiento, a requerimiento de dicha Jurisdicción, pudiendo llevar a cabo el proceso de distribución de las mercaderías que adquiera, por sí o por terceros.

La referida Unidad de Proyectos Especiales se encuentra a su vez facultada para adquirir insumos y otros bienes y servicios relacionados con la logística interna y externa de la misma, a los fines de su normal funcionamiento.

Artículo 3° - El presente Decreto es refrendado por los señores Secretarios de Desarrollo Social y de Salud, por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Secretarías de Desarrollo Social y de Salud, a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería y de Compras y Contrataciones y a la UPE Compras de Alimentos para Programas Sociales. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Dec. 641-04 Modifica el art. 2 del Dec. 1647-02
REFERENCIA
REFERENCIA
MODIFICA
Deroga el artículo 1° y modifica el artículo 2° del Decreto N° 1.738/GCABA/03
REFERENCIA
REFERENCIA
MODIFICADA POR
Dec. 2453-04 Amplía la habilitación Modificada por el Dec. 641-04