RESOLUCIÓN 278 2021 F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD
Síntesis:
SE ESTABLECE - PRESENTAR CON CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA - BIMESTRAL 1 AL 5 DE CADA MES - INFORME SOBRE HONORARIOS - JUICIOS A CARGO DE LOS MANDATARIOS - PROCURACION GENERAL - ABOGADOS - PRESENTACIÓN DE DDJJ
Publicación:
02/09/2021
Sanción:
30/08/2021
Organismo:
F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD
VISTO: Los decretos Nros. 42/2002 y sus modificatorios, 60/2013 y sus modificatorios,
268/2013 y sus modificatorios, 277/2015, el Expediente Electrónico N° EX-25543196-
GCABA-PG/21, y
CONSIDERANDO:
Que conforme los decretos Nros. 42/2002 y sus modificatorios, 60/2013 y sus
modificatorios, 268/2013 y sus modificatorios y 277/2015 se designaron mandatarios
judiciales externos para el cobro de las deudas que en cada caso se indican;
Que en todos los casos se establece que el 30% del total de honorarios ingresan a la
Caja de Honorarios de esta Procuración General;
Que los mandatarios judiciales no pueden aceptar pagos de modo personal y directo,
debiendo hacerse en todos los casos mediante pago por la boleta que a tal efecto
debe implementar el organismo que transfiere la deuda o mediante depósito en la
cuenta 10932-5 abierta en el Banco Ciudad;
Que las rendiciones que efectúa el Banco Ciudad son globales;
Que resulta necesario tener un adecuado registro del origen pormenorizado de los
honorarios, con individualización del juicio al que corresponden, a fin de efectuar un
mejor control del cumplimiento de las normas de aplicación;
Que, en razón de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello, en virtud de las facultades que le son propias,
Artículo 1°: Los mandatarios designados conforme los decretos 42/2002 y sus
modificatorios, 60/2013 y sus modificatorios, 268/2013 y sus modificatorios y 277/2015
deberán presentar en forma bimestral, del 1 al 5 del mes, con carácter de declaración
jurada, un informe relativo a los honorarios correspondientes a los juicios a su cargo.
Art. 2°- La información deberá contener los datos del número de expediente judicial,
autos, estado procesal, tal como figuran en el SISTEMA DE GESTION INTEGRAL DE
LA PROCURACION GENERAL- MANDATARIOS, fecha del ingreso de los honorarios,
monto actualizado del juicio a la fecha del pago de los honorarios, monto de
honorarios percibidos por el mandatario y monto de honorarios correspondiente a esta
Procuración General indicando fecha de pago.
Artículo 3.- La información deberá remitirse mediante Comunicación Oficial dirigida a la
Dirección General Técnico Administrativo y Legal de la Procuración General,
conteniendo en archivo embebido el formulario en formato Excel, que figura en el
Anexo I (IF.2021-25612009-GCABA-PG) que a todos los efectos forma parte
integrante de la presente. La mencionada Dirección General deberá a su vez remitir
dicha información al Comité de Honorarios de la Procuración General.
Artículo 4°.- La primera presentación deberá efectuarse antes del 5 de Noviembre de
2021. En esta oportunidad deberán proporcionar la información desde el 1° de Enero
de 2021 hasta el 31 de Octubre de 2021.
Artículo 5°.- El incumplimiento de esta obligación deberá ser comunicado por la
Dirección General Técnico Administrativa y Legal a la Dirección Control de
Mandatarios, ambas de esta Procuración General.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos remítase a la Procuración General Adjunta de Asuntos
Fiscales y Responsabilidad Estatal, a la Dirección General de Asuntos Tributarios y
Recursos Fiscales, a la Dirección General Técnico Administrativa y Legal y a la
Dirección Control de Mandatarios quien notificará a todos los mandatarios. Cumplido,
archívese. Astarloa