RESOLUCIÓN 278 2021 F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD

Síntesis:

SE ESTABLECE -  PRESENTAR CON CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA -  BIMESTRAL 1 AL 5 DE CADA MES - INFORME SOBRE HONORARIOS - JUICIOS A CARGO DE LOS MANDATARIOS - PROCURACION GENERAL - ABOGADOS - PRESENTACIÓN DE DDJJ

Publicación:

02/09/2021

Sanción:

30/08/2021

Organismo:

F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD


VISTO: Los decretos Nros. 42/2002 y sus modificatorios, 60/2013 y sus modificatorios,

268/2013 y sus modificatorios, 277/2015, el Expediente Electrónico N° EX-25543196-

GCABA-PG/21, y

CONSIDERANDO:

Que conforme los decretos Nros. 42/2002 y sus modificatorios, 60/2013 y sus

modificatorios, 268/2013 y sus modificatorios y 277/2015 se designaron mandatarios

judiciales externos para el cobro de las deudas que en cada caso se indican;

Que en todos los casos se establece que el 30% del total de honorarios ingresan a la

Caja de Honorarios de esta Procuración General;

Que los mandatarios judiciales no pueden aceptar pagos de modo personal y directo,

debiendo hacerse en todos los casos mediante pago por la boleta que a tal efecto

debe implementar el organismo que transfiere la deuda o mediante depósito en la

cuenta 10932-5 abierta en el Banco Ciudad;

Que las rendiciones que efectúa el Banco Ciudad son globales;

Que resulta necesario tener un adecuado registro del origen pormenorizado de los

honorarios, con individualización del juicio al que corresponden, a fin de efectuar un

mejor control del cumplimiento de las normas de aplicación;

Que, en razón de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello, en virtud de las facultades que le son propias,

EL PROCURADOR GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°: Los mandatarios designados conforme los decretos 42/2002 y sus

modificatorios, 60/2013 y sus modificatorios, 268/2013 y sus modificatorios y 277/2015

deberán presentar en forma bimestral, del 1 al 5 del mes, con carácter de declaración

jurada, un informe relativo a los honorarios correspondientes a los juicios a su cargo.

Art. 2°- La información deberá contener los datos del número de expediente judicial,

autos, estado procesal, tal como figuran en el SISTEMA DE GESTION INTEGRAL DE

LA PROCURACION GENERAL- MANDATARIOS, fecha del ingreso de los honorarios,

monto actualizado del juicio a la fecha del pago de los honorarios, monto de

honorarios percibidos por el mandatario y monto de honorarios correspondiente a esta

Procuración General indicando fecha de pago.

Artículo 3.- La información deberá remitirse mediante Comunicación Oficial dirigida a la

Dirección General Técnico Administrativo y Legal de la Procuración General,

conteniendo en archivo embebido el formulario en formato Excel, que figura en el

Anexo I (IF.2021-25612009-GCABA-PG) que a todos los efectos forma parte

integrante de la presente. La mencionada Dirección General deberá a su vez remitir

dicha información al Comité de Honorarios de la Procuración General.

Artículo 4°.- La primera presentación deberá efectuarse antes del 5 de Noviembre de

2021. En esta oportunidad deberán proporcionar la información desde el 1° de Enero

de 2021 hasta el 31 de Octubre de 2021.

Artículo 5°.- El incumplimiento de esta obligación deberá ser comunicado por la

Dirección General Técnico Administrativa y Legal a la Dirección Control de

Mandatarios, ambas de esta Procuración General.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos remítase a la Procuración General Adjunta de Asuntos

Fiscales y Responsabilidad Estatal, a la Dirección General de Asuntos Tributarios y

Recursos Fiscales, a la Dirección General Técnico Administrativa y Legal y a la

Dirección Control de Mandatarios quien notificará a todos los mandatarios. Cumplido,

archívese. Astarloa


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1°:Resolucion 278-PG-21 establece que los mandatarios designados conforme el Decretos 42-2002 y sus modificatorios, deberán presentar en forma bimestral, del 1 al 5 del mes, con carácter de declaración jurada un informe relativo a los honorarios correspondientes a los juicios a su cargo.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1°:Resolucion 278-PG-21 establece que mandatarios designados conforme el  decreto 268-2013 y modificatorios deberan presentar en forma bimestral, del 1 al 5 del mes, con carácter de declaración jurada, un informe relativo a los honorarios correspondientes a los juicios a su cargo.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1°:Resolucion 278-PG-21 establece que los  mandatarios designados conforme el Decreto 60-2013 y sus modificatorios, deberan presentar en forma bimestral,del 1 al 5 del mes<br /> con carácter de declaración jurada, un informe relativo a los honorarios correspondientes a los juicios a su cargo.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1°: Resolucion 278 -PG-21 establece que los mandatarios designados conforme  el Decreto 277-2015 deberán presentar en forma bimestral, del 1 al 5 del mes, con carácter de declaración jurada, un informe relativo a los honorarios correspondientes a los juicios a su cargo.</p>