DECRETO 1501 2004
Síntesis:
CREA LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE- OBRAS EDIFICIO ALPARGATAS. DESIGNA COORDINADORES - NORBERTO A. CATTÁNEO, DNI 14.027.620 - LUIS ALBERTO REY, DNI 11.924.294 - JAVIER ANTONIO VANNUCCI, LE 5.407.166 - SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANA - CREACIÓN DE UNIDADES DE PROYECTOS ESPECIALES - DESIGNACIÓN DE COORDINADORES - DIRECCIÓN GENERAL ALUMBRADO PÚBLICO - DIRECCIÓN GENERAL INFRAESTRUCTURA MANTENIMIENTO Y EQUIPAMIENTO - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - UPE USO RACIONAL DE ESPACIOS VERDES - CONTRATACIONES - INMUEBLES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - INMUEBLE AV. REGIMIENTO PATRICIOS 1142 - SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO
Publicación:
26/08/2004
Sanción:
23/08/2004
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 34.279/2004, los Decretos Nros 1.711/MCBA/94 y 829/GCBA/2004; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 829/GCBA/2004 se procedió a la compra del inmueble de la Av. Regimiento de Patricios 1142, a fin de satisfacer la solicitud planteada por la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana en orden a la disponibilidad de espacio físico para la jurisdicción;
Que el inmueble requiere, a los fines de su puesta en funcionamiento y ocupación, la planificación, contratación y ejecución de obras de infraestructura técnica y funcional, la verificación de instalaciones y la programación del traslado por cada una de las áreas que se encuentran ocupando diversos inmuebles dispersos, incluyendo la funcionalización de los espacios a ocupar;
Que a los fines señalados se requiere contar con herramientas que permitan optimizar los recursos disponibles y coordinar soluciones técnicas y procedimientos administrativos con la mayor eficacia y celeridad posibles;
Que el conjunto de tareas descriptas requieren un importante grado de coordinación a fin de proveer apoyo técnico y administrativo durante el desarrollo de las obras referidas;
Que resulta necesario contemplar medidas que posibiliten mejorar la dinámica en la gestión de compras y contrataciones a llevar a cabo, con el objeto de agilizar los procedimientos;
Que debe tenerse presente que dos Direcciones Generales deben materializar su traslado, para Diciembre del corriente año, circunstancia esta, que amerita otorgar a las tramitaciones administrativas, la mayor celeridad y urgencia posible;
Que por las razones expuestas es conveniente crear la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Obras Edificio Alpargatas, integrada por una Coordinación General, una Coordinación Técnica y una Coordinación Administrativa;
Que por Decreto N° 1.711/MCBA/94 (B.M. N° 19.868) se contempla la creación de Unidades de Proyectos Especiales (UPE) para la ejecución de planes y proyectos específicos;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Créase la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Obras Edificio Alpargatas con dependencia directa de la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana, integrada por una Coordinación General, a cargo del Ingeniero Norberto A. Cattáneo, DNI 14.027.620, quien reviste el cargo de Director General de la Dirección General de Alumbrado Público de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento, una Coordinación Técnica a cargo del Arq. Luis Alberto Rey, DNI 11.924.294, quien reviste como Director General de la Dirección General de infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento de la Secretaría de Educación y una Coordinación Administrativa a cargo del Contador Javier Antonio Vannucci, LE 5.407.166, quien reviste el cargo de Director General de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana.
Artículo 2° - La Unidad de Proyectos Especiales creada en el artículo anterior tiene como responsabilidad primaria la puesta en funcionamiento del inmueble de Av. Regimiento de Patricios 1142, incluyendo la planificación, contratación y ejecución de obras, la verificación de instalaciones y la programación del traslado de cada una de las áreas que integran la jurisdicción. En razón de la urgencia descripta en los Considerandos, facúltese a los Organismos intervinientes a diligenciar las tramitaciones administrativas, con las abreviaciones de plazos que pudieren corresponder, dentro de las normativas vigentes.
Artículo 3° - A los efectos de cumplimentar sus objetivos, la UPE Obras Edificio Alpargatas tiene a su cargo la gestión de las contrataciones de acuerdo a los términos fijados en el presente Decreto.
Artículo 4° - La Unidad de Proyectos Especiales podrá requerir la asistencia técnica de la Dirección de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria de la Secretaría de Educación; de la Unidad de Proyectos Especiales Uso Racional de Espacios dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas; de la Dirección General de Mantenimiento Edilicio dependiente de la Subsecretaría de Obras y Mantenimiento de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento y, en general podrá requerir el asesoramiento especializado de todas las dependencias técnicas y administrativas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 5° - A los fines de cumplir con la responsabilidad primaria de la Unidad de Proyectos Especiales Obras Edificio Alpargatas, detallada en el Art. 2° del presente Decreto, el Coordinador General en forma conjunta con el Coordinador Administrativo están facultados a autorizar, aprobar y suscribir contrataciones que no superen la suma de quinientos mil pesos ($ 500.000) por contratación.
Artículo 6° - Facúltase a la Coordinación General de la Unidad de Proyectos Especiales Obra Edificio Alpargatas a aprobar las condiciones y documentación con la que deben cumplir los oferentes, conforme lo requerido por los Pliegos de Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas, en el marco de las normas vigentes en materia de contrataciones aprobadas por las Cláusulas Transitorias de la Ley N° 70.
Artículo 7° - Asígnase a la Unidad Proyectos Especiales Obra Edificio Alpargatas, fondos en concepto de Caja Chica Especial por la suma de pesos ochenta mil ($ 80.000), renovable hasta la finalización del ejercicio 2004 y sin límite por comprobante, destinada a solventar los gastos vinculados a las funciones asignadas en el Art. 2°, debiendo los mismos depositarse en la Cuenta N° 20.047-9 Sucursal N° 52 del Banco Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 8° - Los fondos mencionados en el artículo anterior son de reposición automática a medida que se vayan rindiendo, siempre que las respectivas rendiciones sean iguales o superiores hasta el 20% (veinte por ciento) del monto asignado en el Art. 7°.
Artículo 9° - Será responsable de la administración y rendición conjuntamente el Coordinador General y el Coordinador Administrativo, debiendo retenerse el 2% en concepto de Ingresos Brutos en aquellos pagos que superen la suma de pesos mil ($1.000) por comprobante.
Artículo 10 - Los gastos emergentes de lo establecido en los artículos 7° y siguientes se imputarán a las partidas presupuestarias de la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana.
Artículo 11 - El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario de Justicia y Seguridad Urbana, por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 12 - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana y a la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.