RESOLUCIÓN 2852 2023 SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE

Síntesis:

PRORROGA VIGENCIA - RESOLUCIÓN N° 4417-SSCDOC/22  - RESOLUCIÓN N° 5289-SSCDOC/22  - RESOLUCIÓN N° 10627-SSCDOC/22 - RESOLUCIÓN N° 11619-SSCDOC/22  - CICLO LECTIVO 2023 - AUTORIZA EXCEPCIONALMENTE - COBERTURA DE INTERINATOS Y SUPLENCIAS - CARGOS DOCENTES 

Publicación:

14/04/2023

Sanción:

16/03/2023

Organismo:

SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional N°

26.206 y sus modificatorias, la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N°

6.588) y su modificatoria por Ley N ° 6.544, la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley

N° 6.588), el Decreto N° 179/21 y su modificatorio N° 209/22, las Resoluciones Nros.

4.417-GCABA-SSCDOC/22, 5.289-GCABA-SSCDOC/22, 6.953-

GCABA-

SSCDOC/20, 10.627-GCABA-SSCDOC/22 y 11.619-GCABA-SSCDOC/22, el

Expediente Electrónico N° 9.679.254-GCABA-DGCDO/23, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispone que la Ciudad

reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la

ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad

justa y democrática, y a tal fin debe organizar los servicios y las acciones educativas

que posibilitan el ejercicio del derecho a la educación;

Que la Ley Nacional N° 26.206 y sus modificatorias establecen que es competencia de

cada jurisdicción asegurar el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de

alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos, que se ajusten

a los requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que

permitan alcanzar resultados de calidad;

Que conforme a la Ley N° 6.292 el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por

los Ministros de conformidad con las facultades y responsabilidades que ella les

confiere y según la cual el Ministerio de Educación tiene entre sus objetivos, "diseñar,

promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen

un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y

social";

Que es prioridad de este Ministerio propiciar medidas tendientes a alcanzar la

cobertura de todos los cargos docentes, a efectos de garantizar la continuidad

pedagógica de los alumnos de los distintos niveles educativos;

Que la Ordenanza N° 40.593 y su modificatoria por Ley N° 6.544 regulan el ingreso a

la carrera docente y determinan que, en cada área de la Educación se produce en el

cargo de menor jerarquía de los escalafones respectivos y establecen las condiciones

generales y concurrentes;

Que, por su parte, el Decreto N° 179/21 y su modificatorio N° 209/22 que reglamentan

el Artículo N° 65 inciso L) de la Ordenanza N° 40.593 indican que, en caso de

necesidad de cobertura de cargos interinos o suplentes y ante la falta de docentes

inscriptos o cuando se agotare el listado en un acto público, el Ministerio de

Educación, a través de la Subsecretaría de Carrera Docente, podrá autorizar una

convocatoria a estudiantes de profesorados de educación o estudiantes de carreras

cuyos títulos generen incumbencias para asignaturas vacantes;

Que por Resolución N° 6.953-GCABA-SSCDOC/20 se autorizó la implementación de

la plataforma de acto público en línea para la cobertura de cargos en carácter interinos

y suplentes, sobre las vacantes que se produzcan en el sistema educativo de gestión

estatal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que dicha implementación permitió el análisis exhaustivo de cargos vacantes en todos

los niveles educativos, pudiéndose constatar que los cargos correspondientes a

Maestros de grado, Maestro curricular de idiomas y de artesanal y técnica de las áreas

de educación primaria y del área curricular de materias especiales, junto con las

asignaturas Biología, Matemática, Química, Física, Físico-química, Lengua y

Literatura, Educación Tecnológica y tecnología de la información y comunicación e

idiomas para el nivel secundario resultaron de difícil cobertura durante el ciclo lectivo

2022;

Que a tal fin, se dictaron las Resoluciones Nros. 4.417-GCABA-SSCDOC/22, 5.289-

GCABA-SSCDOC/22, 10.627-GCABA-SSCDOC/22 y 11.619-GCABA-SSCDOC/22,

con el objeto de autorizar a estudiantes avanzados de las distintas carreras de

profesorados de educación de universidades de gestión estatal y privada, para la

cobertura de interinatos y suplencias, cuya incumbencia correspondiese al desempeño

de los cargos antes mencionados durante el ciclo lectivo 2022;

Que ello permitió mejorar los niveles de cobertura en todas las áreas y modalidades

educativas, coadyuvando a la continuidad de las trayectorias escolares de los alumnos

y alumnas de los establecimientos educativos de la Ciudad de Buenos Aires;

Que a la luz de sus resultados, deviene necesario continuar implementando las

estrategias mencionadas precedentemente, a efectos de garantizar un servicio

educativo equitativo y de calidad, a través de los recursos previstos por la Ordenanza

N° 40.593 y su modificatoria por Ley N° 6.544, para el ciclo lectivo 2023;

Que tomaron intervención la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad

Educativa, la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente y las

Direcciones Generales Planeamiento Educativo, Educación de Gestión Estatal y,

Carrera Docente Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó

debida intervención en el trámite.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE CARRERA DOCENTE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Prorrógase, para el ciclo lectivo 2023, la vigencia de las Resoluciones

Nros. 4.417-GCABA-SSCDOC/22, 5.289-GCABA-SSCDOC/22, 10.627-GCABA-

SSCDOC/22 y 11.619-GCABA-SSCDOC/22.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a las Subsecretarías de

Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a las Dirección Generales Educación

de Gestión Estatal, Personal Docente y No Docente, Carrera Docente y, Coordinación

Legal e Institucional, a la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente

y a las Direcciones Educación Primaria, Educación Media, Educación Técnica,

Escuelas Normales Superiores y, Educación Artística. Cumplido, archívese. Ghillione

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la  Resolucion N° 2852-GCABA-SSCDOC/23, prorroga , para el ciclo lectivo 2023, la vigencia de la Resolucion N° 4.417-GCABA-SSCDOC/22.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la  Resolucion N° 2852-GCABA-SSCDOC/23, prorroga , para el ciclo lectivo 2023, la vigencia de la Resolucion N° 5.289-GCABA-SSCDOC/22.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la  Resolucion N° 2852-GCABA-SSCDOC/23, prorroga , para el ciclo lectivo 2023, la vigencia de la Resolucion N°10.627-GCABA-<br />SSCDOC/22.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la  Resolucion N° 2852-GCABA-SSCDOC/23, prorroga , para el ciclo lectivo 2023, la vigencia de la Resolucion N° 11.619-GCABA-SSCDOC/22.</p>