DECRETO 915 2005

Síntesis:

CREA EL PROGRAMA PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES COOPERATIVAS - CREACIÓN DE PROGRAMAS - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN - UNIDAD DE EJECUCIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y SERVICIOS - TRABAJADORES DE EMPRESAS EN SITUACIÓN DE CRISIS - TRABAJADORES EN SITUACIÓN DE CRISIS -

Publicación:

30/06/2005

Sanción:

22/06/2005

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 14.991/05, el Decreto N° 2.696-GCABA/03 (B.O.C.B.A. N° 1836) y su modificatorio el Decreto N° 2.720-GCABA/03 (B.O.C.B.A. N° 1843);

CONSIDERANDO:

Que en el Decreto N° 2.696-GCABA/03 y su modificatorio Decreto N° 2.720-GCABA/03 se establecen las funciones y objetivos de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable;

Que entre dichas funciones se encuentran las de promover, fomentar y fiscalizar la actividad de cooperativas y mutuales, siendo autoridad de aplicación en el ámbito local, de las leyes y decretos que regulen la actividad;

Que es necesario considerar la situación de las cooperativas, particularmente aquellas que precisan avanzar en la adecuación de sus instalaciones y equipamiento que les permitan cumplir con los requerimientos productivos, de higiene y seguridad laboral así como mejorar su performance en materia de gestión de la calidad, necesitando también servicios de asistencia técnica, una eficaz recomposición del capital de trabajo y desarrollar acciones de capacitación en temas tales como gestión, comercialización, costos, cooperativismo, calidad, tecnología, producción, entre otros;

Que el desarrollo de estas acciones contribuiría fuertemente a la mejora de la competitividad de las cooperativas, y en base a ello, a incrementar las posibilidades de preservación de las fuentes de trabajo;

Que también resulta necesario considerar especialmente a aquellas cooperativas de trabajo -conformadas por trabajadores de empresas en situación de crisis- dado que las mismas han sido constituidas como alternativa para lograr la continuidad del proceso productivo y el mantenimiento de las fuentes laborales; las que por su parte, han asumido oportunamente dicha continuidad con numerosos condicionamientos, entre los que se destacan la dificultad de acceder a fuentes de financiamiento convencionales;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Créase, el Programa Promoción de Actividades Cooperativas en el ámbito de la Dirección General de Industria, Comercio y Servicios dependiente de la Subsecretaría de Producción de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, destinado a mejorar la capacidad competitiva de las cooperativas y a contribuir al mantenimiento y/o ampliación de los puestos de trabajo involucrados en las mismas.

Artículo 2° - El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará a las Partidas Presupuestarias N° 656615700110525 y N° 656615700110519.

Artículo 3° - Los subsidios que se entreguen en el marco del programa que se crea por el artículo 1° del presente, se realizarán previa presentación de proyectos.

Artículo 4° - La autoridad de aplicación del presente decreto será la Subsecretaría de Producción, dependiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable. La Unidad de Ejecución será la Dirección General de Industria, Comercio y Servicios.

Artículo 5° - La autoridad de aplicación establecerá las condiciones para la presentación de los proyectos para los cuales se soliciten subsidios, su evaluación y otorgamiento, pudiendo delegar facultades operativas en la Unidad de Ejecución.

Artículo 6° - El presente decreto es refrendado por el señor Secretario de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 7° - Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, y a la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Res 55-MDEGC-08-Suspende el pago y sustanciación de trámites pendientes correspondientes a subsidios otorgados durante el año 2007, en el marco del Programa Promoción de Actividades Cooperativas, creado por Dec 915-05
REGLAMENTADA POR
Res. 151-SSP-05 - Establece el Régimen de Apoyo a E.A.C.U.P. 2005 en el marco del programa creado por Dec.915-05
INTEGRA
<p>Res 66-SSPRODU-06-Convoca al Concurso Apoyo a Empresas Recuperadas 2006 en el marco del Programa de Promoción de Actividades Cooperativas creado por Dec 915-05</p>
INTEGRA
<p>Res 100-SSPRODU-06-Convoca al Concurso Apoyo a Unidades Productivas en el marco del Programa de Promoción de Actividades Cooperativas, creado por el Dec 915-05</p>
INTEGRA
<p>Res.4-SSPRODU-07 Convoca al concurso Apoyo a Empresas Recuperadas 200, en el marco del Programa de Promoción de Actividades Cooperativas creado por Dec. N° 915-05</p>