RESOLUCIÓN 152 2005 SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN

Síntesis:

DETERMINA LOS MECANISMOS DE IMPLEMENTACIÓN DE LA OPERATORIA PROMIPYME NUEVAS EMPRESAS - UNIDAD EJECUTORA - DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y SERVICIOS - MECANISMOS - IMPLEMENTACIÓN - RED INSTITUCIONAL DE APOYO A MIPYMES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - PRÉSTAMOS - CONCURSO

Publicación:

03/08/2005

Sanción:

18/07/2005

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN


Visto el Expediente N° 17.063/05, los Decretos Nros. 384-GCABA/03 (B.O.C.B.A. N° 1674), 2.696-GCABA/03 (B.O.C.B.A. N° 1836) y su modificatorio el N° 2.720-GCABA/03 (B.O.C.B.A. N° 1843) y N° 923-GCABA/05 (B.O.C.B.A. N° 2222); y la Resolución N° 132-SSPRODU/05 (B.O.C.B.A. N° 2215),

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 384-GCABA/03 (B.O.C.B.A. N° 1674) se creó el Programa de Apoyo a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PROMIPyME), con el objeto de promover el fortalecimiento competitivo de las empresas de la ciudad, la creación de nuevos puestos de trabajo, el aumento de la actividad productiva y la aparición de nuevos sectores, actividades y empresas, mediante el apoyo financiero que se brinda a través del otorgamiento de préstamos bajo las modalidades que establece la reglamentación;

Que el espíritu del PROMIPyME es apoyar con financiamiento proyectos viables de empresas en marcha, como así también nuevas iniciativas destinadas a generar un impacto positivo en la economía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de la puesta en marcha de nuevos negocios, el desarrollo de nuevas líneas de productos o servicios o la introducción de sistemas de gestión o de producción novedosos e innovadores dentro de la estructura económica de la ciudad;

Que por la Resolución N° 132-SSPRODU/05 (B.O.C.B.A. N° 2215), se establecieron las operatorias PROMIPyME Empresas en Marcha y PROMIPyME Nuevas Empresas;

Que por el Decreto N° 923-GCABA/05 (B.O.C.B.A. N° 2222), se creó el Programa Red Institucional de Apoyo a MIPyMEs de la ciudad de Buenos Aires, que prevé apoyar tanto al entramado de las micro, pequeñas y medianas empresas existentes en la ciudad, como a aquellas nuevas que quieran iniciar sus actividades, o se encuentren en estado de desarrollo inicial, mediante la intervención de entidades educativas y/o sin fines de lucro especializadas en la prestación de servicios de apoyo a las mismas;

Que resulta necesario ordenar todo el marco normativo que reglamenta la aplicación del PROMIPyME, para su aplicación a proyectos de negocios de nuevas empresas o empresas jóvenes de incipiente desarrollo en el ámbito de la ciudad, las que por sus características particulares, requieren de un tratamiento especial y de una calificación de sus proyectos a los efectos del financiamiento diferente a la que se aplicaría para calificar a una empresa en marcha, con un proyecto de negocios maduro;

Que el artículo 7° del citado decreto establece como autoridad de aplicación a la Subsecretaría de Producción, dependiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención en las presentes actuaciones;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 384-GCABA/03 (B.O.C.B.A. N° 1674),

EL SUBSECRETARIO DE PRODUCCIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Determínanse los mecanismos de implementación de la operatoria PROMIPyME Nuevas Empresas, establecida por la Resolución N° 132-SSPRODU/05, en el marco del Programa de Apoyo a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PROMIPyME), creado por el Decreto N° 384-GCABA/03 (B.O.C.B.A. N° 1674).

Artículo 2° - Establécese que en el marco de la precitada operatoria, la Subsecretaría de Producción convoca a concurso con el objeto de acordar préstamos a ser utilizados para la creación de nuevas empresas o para la consolidación de los proyectos de negocios de empresas en funcionamiento de incipiente desarrollo.

Artículo 3° - El fondo presupuestado para la operatoria PROMIPyME Nuevas Empresas, asciende a la suma de pesos un millón cuatrocientos cincuenta mil ($ 1.450.000). Este monto podrá ser ampliado en función de la necesidad y de la disponibilidad presupuestaria.

Artículo 4° - El monto máximo del préstamo a otorgarse por proyecto de negocios y por empresa será de pesos noventa mil ($ 90.000), mientras que para aquéllos que se radiquen en la Zona Sur, será de pesos ciento veinte mil ($ 120.000). La tasa aplicable a los préstamos será del cero por ciento (0%) nominal anual.

Entiéndase que a los efectos indicados precedentemente, Zona Sur será la que resulte de la poligonal delimitada por las siguientes calles: avenida San Juan, avenida Directorio, Murguiondo, José Enrique Rodó, avenida Lisandro de la Torre, avenida Directorio, avenida General Paz, Riachuelo, avenida Don Pedro de Mendoza y Alicia Moreau de Justo.

Artículo 5° - Apruébanse las bases y condiciones del concurso las que, como Anexo I, forman parte integrante de esta resolución, así como los Anexos II, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX, adjuntos también al presente, que contienen respectivamente el listado de documentación requerida, la carta de solicitud de crédito, los formularios para la presentación de proyectos, la declaración jurada de cumplimiento fiscal con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el modelo de conformidad conyugal, el modelo de carta de fianza, el modelo de manifestación de bienes y el modelo de contrato de préstamo.

Los proyectos que se presenten en el marco de la operatoria que se crea por esta resolución deberán cumplir con las exigencias emergentes de dicho acto, así como de las bases y condiciones.

Artículo 6° - Establécese que los postulantes deberán contar obligatoriamente con la asistencia y patrocinio formal de las entidades educativas y/o sin fines de lucro, que a tales efectos serán seleccionadas por la Subsecretaría de Producción, dependiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, mediante llamados a concurso para apoyar proyectos de nuevas empresas en el marco del Decreto N° 923-GCABA/05 (B.O.C.B.A. N° 2222). Quedan exceptuadas de esta obligación las empresas que estén siendo o hayan sido incubadas físicamente en alguna de las incubadoras de empresas pertenecientes al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 7° - Se establece que los fondos erogados en cumplimiento de los créditos otorgados, según lo establecido por el art. 2° de la presente resolución, serán imputados a la Partida N° 656615900120631001190 del presupuesto en vigor.

Artículo 8° - Desígnase a la Dirección General de Industria, Comercio y Servicios, dependiente de la Subsecretaría de Producción de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, como unidad ejecutora de la operatoria que se convoca por el presente.

Artículo 9° - La unidad ejecutora tendrá a su cargo:

a) Fijar las fechas de apertura y cierre para la presentación de solicitudes y plazos de evaluación y publicación de resultados,

b) Recibir las solicitudes de financiamiento,

c) Evaluar las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en las bases y condiciones del concurso,

d) Dictaminar recomendando a la autoridad de aplicación la precalificación o el rechazo de las solicitudes presentadas,

e) Notificar a los participantes la decisión adoptada por la autoridad de aplicación.

Artículo 10 - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Industria, Comercio y Servicios, a la de Contaduría y a la Tesorería, dependientes de la Subsecretaría de Producción de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable y a la de Hacienda y Finanzas, respectivamente. Cumplido, archívese.

Nota: los Anexos que obran a continuación pueden ser consultados en Av. de Mayo 575, 1° piso, de lunes a viernes, de 10 a 16 hs.


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Res.119-SSDE-09 aprueba los isologotipos Buenos Aires Emprende Ganador , cuya convocatoria se realizó mediante Res. 152-SSPRODU-05
INTEGRADA POR
<p>Res. 152-SSP-05 Convoca a concurso en el marco del Dec. 384-03</p>
INTEGRA
Res. 152-SSP-05 Implementa la operatoria PROMIPyME Nuevas Empresas, establecida por la Res. 132-SSP-05
MODIFICADA POR
Res. 171-SSP-05 Amplia el monto de la suma asignada por Res. 152-SSP-05
MODIFICADA POR
Res. 206-SSP-05 Sustituye Anexos I y II; incorpora Anexos X, XI y XII en la res. 152-SSP-05
REGLAMENTADA POR
Res. 228-SSP-05 crea Comité Asesor de Proyectos conforme Res. 152-SSP-05.