RESOLUCIÓN 113 2025 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
PRORROGA PARA CICLO LECTIVO 2025 - RESOLUCIONES 1344-MEDGC/24 - 1384-MEDGC/24 - 1400-MEDGC/24 - 1374-MEDGC/24 - DEJA SIN EFECTO - ANEXO III - RESOLUCIÓN 1344-MEDGC/24 - ANEXO II - RESOLUCIÓN 1384-MEDGC/24 -ANEXO II RESOLUCIÓN 1400-MEDGC/24 - ANEXO II - RESOLUCIÓN 1374-MEDGC/24
Publicación:
14/02/2025
Sanción:
06/02/2025
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764), el Decreto 387/23 y sus
modificatorios, las Resoluciones 328-SED/01 y modificatorias, 1055-MEGC/09 y
modificatorias, 1056-MEGC/09, 1126-MEGC/09, 4144-SSGECP/12, 4145-
SSGECP/12, complementarias y modificatorias, 4146-SSGECP/12, 4147-SSGECP/12,
4148-SSGECP/12, 4149-SSGECP/12, 4150-SSGECP/12, 4151-SSGECP/12, 4152-
SSGECP/12, 2749-MEGC/14, 2758-MEGC/14, 2805-MEGC/14, 2820-MEGC/14,
2821-MEGC/14, 4419-MEGC/14, 4420-MEGC/14, 4455-MEGC/14, 4457-MEGC/14,
53-MCGC/15, 63-MEGC/15, 74-MEGC/15, 127-MEGC/15, 321-MEGC/15 y sus
modificatorias 1189-MEGC/2015 y 3510-MEGC/15, 607-MEGC/15, 1263-MEGC/15,
1443-MEGC/15, 1574-MEGC/15, 2139-MEDGC/20, 3147-MEDGC/20, 383-GCABA-
MEDGC/21, 921-GCABA-MEDGC/21, 3157-GCABA-MEDGC/21, 1344-GCABA-
MEDGC/24, 1374-GCABA-MEDGC/24, 1384-GCABA-MEDGC/24 y su modificatoria,
1400-GCABA-MEDGC/24 y su modificatoria, el Expediente Electrónico 06314808-
GCABA-DGEGE/25, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Jefe de Gobierno
es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y
responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación
diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando bajo la órbita del Ministerio de Educación a la Subsecretaría Gestión del
Aprendizaje, a la Dirección General Educación de Gestión Estatal y a la Dirección
Coordinación de Nivel Secundario;
Que la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje tiene dentro de sus responsabilidades la
de diseñar, promover, implementar y supervisar las políticas y programas educativos
para contribuir al desarrollo individual y social de la comunidad, como también,
diseñar, promover y supervisar las políticas a efectos de la optimización de las
condiciones pedagógicas de enseñanza y aprendizaje, en pos de mejorar la calidad
educativa;
Que bajo la órbita de la mentada Subsecretaría se encuentra la Dirección General
Educación de Gestión Estatal que tiene como responsabilidad primaria implementar y
llevar a cabo las políticas y programas educativos de todas las áreas, niveles y
modalidades de la enseñanza de su dependencia, atendiendo los aspectos
pedagógicos y administrativos, en función de la política educativa de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que asimismo se contempla a la Dirección Coordinación de Nivel Secundario que
tiene a su cargo la coordinación de políticas educativas en forma transversal a las
áreas y modalidades de nivel secundario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Resolución 4145-SSGECP/12, complementarias y modificatorias, se aprobó
el Diseño Curricular Primer Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel
Secundario diurno;
Que por las Resoluciones 4144-SSGECP/12, 4146-SSGECP/12, 4147-SSGECP/12,
4148-SSGECP/12, 4149-SSGECP/12, 4150-SSGECP/12, 4151-SSGECP/12, 4152-
SSGECP/12, 2749-MEGC/14, 2758-MEGC/14, 2805-MEGC/14, 2820-MEGC/14,
2821-MEGC/14, 4419-MEGC/14, 4420-MEGC/14, 4455-MEGC/14, 4457-MEGC/14,
53-MCGC/15, 63-MEGC/15, 74-MEGC/15, 127-MEGC/15, 607-MEGC/15, 3147-
GCABA-MEDGC/20, 383-GCABA-MEDGC/21, 921-GCABA-MEDGC/21 y 3157-
GCABA-MEDGC/21 se aprobaron oportunamente los Diseños Curriculares
Jurisdiccionales del Segundo Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel
Secundario, correspondiente a las especialidades de Mecánico, Electromecánica,
Computación, Electrónica, Química, Construcciones, Electricidad, Automotores,
Industria de los Alimentos, Administración de Empresas, Técnicas en Diseño y
Producción de Indumentaria, Óptica, Industrialización de la madera y el mueble,
Metalurgia, Refrigeración y Aire Acondicionado, Diseño de interiores, Jardinería,
Paisajismo y Producción Vegetal, Diseño y producción gráfica, Diseño de artesanías
aplicadas a la industria, Diseño y Comunicación Publicitaria, Geógrafo Matemático,
Industria de la Orfebrería, Producción Multimedial, Proceso Productivos Inteligentes,
Órtesis y Próstesis, Tecnologías de la Información y la Comunicación "TICs";
Que por la Resolución 321-MEGC/15 y sus modificatorias 1189-MEGC/2015 y 3510-
MEGC/15, se aprobó el Diseño Curricular y la Estructura Curricular para el Ciclo
Básico y para el Ciclo Orientado de la Formación General y Formación Específica de
los establecimientos correspondientes de la Dirección Educación Media y Educación
Técnica de la Dirección General Educación Gestión Estatal, de la Dirección Educación
Artística y de la actual Dirección Escuelas Normales Superiores dependientes de la
actual Dirección General Sistema de Formación Docente, y de la Dirección General
Educación de Gestión Privada, correspondiente a la Nueva Escuela Secundaria en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por las Resoluciones 1263-MEGC/15, 1443-MEGC/15, 1574-MEGC/15 y 2139-
MEDGC/20 se aprobó el Diseño Curricular para el Bachillerato en Artes Visuales con
especialidad en Producción Cerámica, el Bachillerato en Artes Visuales con
especialidad en Producción Artística Contemporánea, el Diseño Curricular para la
Formación Artístico-Técnica en Cerámica y el Diseño Curricular del Bachillerato en
Artes Visuales con Especialidad en Arte Público para la modalidad artística de nivel
secundario en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respectivamente;
Que asimismo, mediante las Resoluciones 328-SED/01 y modificatorias, 1055-
MEGC/09 y modificatorias, 1056-MEGC/09 y 1126-MEGC/09 se aprobó el Plan de la
Tecnicatura de nivel medio de Teatro, Plan Artístico de Nivel Secundario con
especialización en Música, Plan Artístico de Nivel Medio con especialización en Danza
Clásica y Contemporánea y el Plan Artístico de Nivel Medio con especialización en
Danzas Folklóricas (Argentinas y Tango) y el Plan Artístico de Nivel Medio con
especialización en Diseño y Realización en Artes Visuales, respectivamente;
Que mediante la Resolución 1344-GCABA-MEDGC/24 se aprobó el instrumento Plan
Personal de Aprendizaje para primer y segundo año para el ciclo lectivo 2024 con el
objeto de dar cuenta del acompañamiento personalizado que el equipo tutorial realiza
con cada estudiante de primer (1er) y segundo (2do) año;
Que mediante la Resolución 1384-GCABA-MEDGC/24 y su modificatoria se aprobó el
Plan Personal de Orientación para el ciclo lectivo 2024, que como conjunto de
herramientas pedagógicas que facilita y favorece el acompañamiento del proceso de
orientación individual y grupal de los estudiantes de tercer (3er) año de Nivel
Secundario y Primer (1er) año del Segundo Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional
de Nivel Secundario y permite la disponibilidad y organización de la información
necesaria para la toma de decisiones, el autoconocimiento y las elecciones de
relevancia para el estudiante;
Que por Resolución 1400-GCABA-MEDGC/24 y su modificatoria se aprobaron los
"Criterios para la implementación del Proyecto de Aprendizaje Interdisciplinario para
tercer (3°), cuarto (4°) y quinto (5°) año de Nivel Secundario y primer (1°) año del
Segundo Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario" con el
propósito de apoyar y enriquecer los aprendizajes para el ciclo lectivo 2024;
Que la Resolución 1374-GCABA-MEDGC/24 aprobó el "Plan de Fortalecimiento de la
Orientación" para el ciclo lectivo 2024 en el marco del marco del Proyecto Pedagógico
del Área, que consiste en la planificación de diversas estrategias para la incorporación
de experiencias formativas que permitan profundizar un campo del saber para las
secciones cuarto (4to) y quinto (5to) año del Nivel Secundario y segundo (2do) y tercer
(3er) año del Segundo Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que la Dirección General Educación de Gestión Estatal entiende oportuno establecer
la prórroga de lo dispuesto en las Resoluciones 1344-GCABA-MEDGC/24, 1384-
GCABA-MEDGC/24 y su modificatoria, 1400-GCABA-MEDGC/24 y su modificatoria, y
1374-GCABA-MEDGC/24, para el ciclo lectivo 2025;
Que asimismo, corresponde dejar sin efecto el Anexo III (IF-2024-09165781-GCABA-
DGEGE) de la Resolución 1344-GCABA-MEDGC/24, el Anexo II (IF-2024-30593574-
GCABA-DGEGE) de la Resolución 1384-GCABA-MEDGC/24 y su modificatoria, el
Anexo II (IF-2024-30593419-GCABA-DGEGE) de la Resolución 1400-GCABA-
MEDGC/24 y su modificatoria y el Anexo II (IF-2024-10938861-GCABA-SSGDA) de la
Resolución 1374-GCABA-MEDGC/24, y delegar en la Subsecretaría Gestión del
Aprendizaje la aprobación de los establecimientos educativos que implementen lo
dispuesto en el artículo 1° de la presente;
Que las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje, Planeamiento e Innovación
Educativa, las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal y Sistema de
Formación Docente y la Dirección Coordinación de Nivel Secundario han tomado
intervención en el marco de sus respectivas competencias;
Que la medida cuenta con el debido reflejo presupuestario;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Prorrogar, para el ciclo lectivo 2025, las Resoluciones 1344-GCABA-
MEDGC/24, 1384-GCABA-MEDGC/24 y su modificatoria, 1400-GCABA-MEDGC/24 y
su modificatoria, y 1374-GCABA-MEDGC/24.
Artículo 2°.- Dejar sin efecto el Anexo III (IF-2024-09165781-GCABA-DGEGE) de la
Resolución 1344-GCABA-MEDGC/24, el Anexo II (IF-2024-30593574-GCABA-
DGEGE) de la Resolución 1384-GCABA-MEDGC/24 y su modificatoria, el Anexo II (IF-
2024-30593419-GCABA-DGEGE) de la Resolución 1400-GCABA-MEDGC/24 y su
modificatoria y el Anexo II (IF-2024-10938861-GCABA-SSGDA) de la Resolución
1374-GCABA-MEDGC/24.
Artículo 3°.- Encomendar a la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje la aprobación de
los establecimientos educativos que implementen lo dispuesto en el artículo 1° de la
presente.
Artículo 4°.- Determinar que el gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será imputado a Jurisdicción 55 - Inciso 1 - Partida Principal 1.
Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento e Innovación Educativa, a
las Direcciones Generales Administración de Recursos, Personal Docente y No
Docente, Educación de Gestión Estatal y Sistema de Formación Docente, y a la
Dirección Coordinación de Nivel Secundario, del Ministerio de Educación, a la
Dirección General Administración y Liquidación de Haberes y a la Oficina de Gestión
Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar.
Miguel