RESOLUCIÓN 85 2026 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
APRUEBA PROCEDIMIENTO - RENDICIÓN Y CONTROL DE LOS FONDOS RECIBIDOS - RÉGIMEN DE COMPENSACIONES TARIFARIAS - TRANSPORTE PÚBLICO AUTOMOTOR DE PASAJEROS - DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN 142-SECT-25 - COLECTIVOS - LÍNEAS - 4 - 7 - 12 - 25 - 26 - 34 - 39 - 42 - 44 - 47 - 50 - 61- 62 - 64 - 65 - 68 - 76 - 84 - 102 - 106 - 107 - 108 - 109 - 115 - 118 - 132 Y 151 - SECRETARIA DE TRANSPORTE
Publicación:
30/04/2026
Sanción:
29/04/2026
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
VISTO: La Ley Nacional 26.740, la Ley 6.851, el Decreto 387/23, las Resoluciones
305/LCABA/24, 93/SECT/25, 102/SECT/25, 103/SECT/25, 142/SECT/25,
143/SECT/25, y 52/SECT/26, el Expediente EX-2025-32538337-GCABA-DGCMO; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional 26.740 ratificó la transferencia de competencias sobre los
servicios de transporte público de pasajeros a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
estableció su facultad para regular y fiscalizar aquellos cuya prestación se desarrolle
íntegramente en su territorio;
Que el Acta Acuerdo (CONJG-2024-5-GCABA-AJG) del 3 de septiembre de 2024,
aprobada por Resolución 305/LCABA/24, materializó la transferencia definitiva de las
líneas de colectivos del Grupo Tarifario Distrito Federal con recorrido íntegro dentro del
territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que las líneas transferidas son las identificadas actualmente con los números: 4, 7,
12, 25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 102, 106, 107, 108, 109,
115, 118, 132 y 151;
Que, como consecuencia de dicha transferencia, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene plena potestad sobre la fijación de las tarifas, la planificación de los servicios y la
determinación y gestión de compensaciones y subsidios para las mencionadas líneas;
Que, en ejercicio de dichas competencias, mediante la Resolución 93/SECT/25 esta
Secretaría aprobó el "Régimen de Compensaciones Tarifarias" con destino a las líneas
de transporte público de jurisdicción de la Ciudad; e instruyó a la Subsecretaría de
Gestión y Control de la Movilidad a elaborar el procedimiento de rendición y control de
los fondos recibidos;
Que mediante la Resolución 102/SECT/25 y sus modificatorias se aprobó la
Metodología de Cálculo de Costos de Explotación del Transporte Público Colectivo de
Pasajeros por Automotor de Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a través de la Resolución 103/SECT/25, y sus modificatorias, se aprobó la
Metodología para la Construcción de Tarifas Teóricas de Referencia Ajustadas y la
Metodología de Distribución de Compensaciones;
Que la Resolución 142/SECT/25 aprobó el Procedimiento de Rendición y Control de
los fondos recibidos en el marco del Régimen de Compensaciones Tarifarias con
destino a las líneas de transporte público automotor de pasajeros de esta Ciudad;
Que la Resolución 143/SECT/25 estableció las condiciones de acceso y
mantenimiento para que las empresas prestatarias del mencionado servicio de
transporte público logren acceder a las compensaciones tarifarias;
Que la Resolución 52/SECT/26 aprobó el Manual de procedimiento de pago de
compensaciones tarifarias con destino a las líneas de transporte público automotor de
pasajeros cuyo recorrido se desarrolla íntegramente en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que en este sentido, la Subgerencia Operativa Control Económico del Uso de las
Compensaciones Tarifarias, dependiente de la Dirección General Control de la
Movilidad, de la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, de esta Secretaría
de Transporte, intervino en el marco de sus competencias, propiciando la aprobación
del correspondiente Procedimiento de Rendición y Control de las Compensaciones
Tarifarias que se asignen en el marco del Régimen de Compensaciones Tarifarias
destinadas a las líneas de transporte público automotor de pasajeros de la Ciudad;
Que dicho procedimiento establece las pautas, requisitos y plazos que deberán
observar las empresas prestatarias para rendir los fondos públicos percibidos en
concepto de compensaciones tarifarias, incorporando herramientas digitales, controles
técnico-contables y mecanismos de validación que aseguren la trazabilidad,
razonabilidad y transparencia en el uso de los recursos transferidos;
Que la experiencia recogida durante la implementación del procedimiento vigente,
junto con el análisis técnico realizado por el área competente, permitió advertir la
necesidad de adecuar y sistematizar su contenido para dotarlo de mayor precisión
operativa y fortalecer los mecanismos de control aplicables a las rendiciones;
Que, en particular, se consideró necesario precisar la regulación de las etapas de
control formal inicial, subsanación, evaluación técnica, registración de actuaciones y
determinación de resultados, así como la documentación mínima exigible y los
instrumentos de seguimiento y validación de la información presentada por las
empresas prestatarias;
Que la Subgerencia Operativa Control Económico del Uso de las Compensaciones
Tarifarias analizó los procesos vinculados a la implementación del procedimiento
aprobado por la Resolución 142/SECT/25 y concluyó que resultaba oportuno y
conveniente su reemplazo por un nuevo texto que receptara los ajustes identificados
en materia de control formal, subsanación, evaluación técnica, registración de
actuaciones y determinación de resultados;
Que tales adecuaciones no constituyen una modificación parcial, sino una
reformulación integral del procedimiento vigente;
Que la Ley 6.851 estableció los Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de Movilidad e Infraestructura;
Que el Decreto 387/23 aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo a la
Secretaría de Transporte bajo la órbita del Ministerio de Movilidad e Infraestructura;
Que dicho Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de esta Secretaría
de Transporte, la de: Entender en materia de compensaciones tarifarias y de costos de
explotación del transporte automotor de pasajeros de su jurisdicción;
Que conforme lo expresado, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° de la
Resolución 93/SECT/25, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el
Procedimiento de Rendición y Control de los fondos recibidos en el marco del
Régimen de Compensaciones Tarifarias, con destino a las líneas de transporte público
automotor de pasajeros, cuyos recorridos se desarrollan íntegramente en el ámbito de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en consecuencia, resulta oportuno y conveniente dejar sin efecto la Resolución
142/SECT/25 y aprobar un nuevo Procedimiento de Rendición y Control.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el Procedimiento de Rendición y Control de los fondos recibidos
en el marco del Régimen de Compensaciones Tarifarias, con destino a las líneas de
transporte público automotor de pasajeros, cuyos recorridos se desarrollan
íntegramente en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo
(IF-2026-20201857-GCABA-SECT), forma parte integrante de la presente medida.
Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución 142/SECT/25.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Secretaría de Tránsito, a la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, a la
Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial, a la Dirección
General Control de Movilidad, a la Dirección General de Gestión Económico
Financiera, a la Dirección General de Gestión de Servicios de la Movilidad y a la
Dirección General Transporte Colectivo de Pasajeros. Cumplido, archivar. Krantzer