DISPOSICIÓN 1686 2026 DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS

Síntesis:

NOTA: SE ADVIERTE AL USUARIO QUE EL ARTÍCULO 1° DE LA DISPOSICIÓN 1686/DGPF/26 DEJA SIN EFECTO LA DISPOSICIÓN 78/DGFER/17, DE LA CUAL NO SE HAN ENCONTRADO CONSTANCIAS DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL - DEJA SIN EFECTO LAS DISPOSICIONES  78/DGFER/17, 195/DGFER/17 Y 704/DGFER/18 APRUEBA LA REGULACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE LAS FERIAS - ACTIVIDAD FERIAL - ESPACIO PÚBLICO - PERMISO DE USO PRECARIO - REGISTRO DE POSTULANTES - REGISTRO DE INVITADOS AUTORIZADOS - ADMISIÓN DE POSTULANTES - VACANTES - REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN - DECLARACIÓN JURADA - INHABILIDADES - PROHIBICIONES DE VENTA - DOCUMENTACIÓN EXIGIBLE - CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES - CERTIFICADO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS - RENOVACIÓN DE PERMISOS - OCUPACIÓN INDEBIDA DE PUESTOS - ARMADORES - ORGANIZACIÓN DE FERIAS - PUESTOS FERIALES - EMPLAZAMIENTO - CONSERVACIÓN - DERECHOS DE LOS PERMISIONARIOS - OBLIGACIONES DE LOS PERMISIONARIOS - HIGIENE - SEGURIDAD - INSPECCIÓN - ASISTENCIA - INASISTENCIAS JUSTIFICADAS - DESCANSO ANUAL - LICENCIAS - PASE DE FERIA - CAMBIO DE RUBRO - AMPLIACIÓN DE RUBRO - DELEGADOS - ELECCIONES - REPRESENTACIÓN DE PERMISIONARIOS - RÉGIMEN SANCIONATORIO - SUSPENSIÓN - REVOCACIÓN DEL PERMISO - INCUMPLIMIENTOS - TRABAJO INFANTIL - INASISTENCIA INJUSTIFICADA - OBLIGACIONES FISCALES Y TRIBUTARIAS - LEY DE MARCAS - BAJA DE PERMISIONARIOS - EXTINCIÓN DEL PERMISO - DESOCUPACIÓN ADMINISTRATIVA - ASOCIACIONES CIVILES - CONVENIO DE USO DEL ESPACIO PÚBLICO - COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS INDUSTRIALIZADOS - CADUCIDAD DE INSCRIPCIÓN - PODER DE POLICÍA - TRAMITACIÓN DIGITAL - TRÁMITE A DISTANCIA - TAD - DIRECCIÓN GENERAL PERMISOS Y FERIAS

Publicación:

04/08/2026

Sanción:

29/07/2026

Organismo:

DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS


VISTO: Las Leyes 4.121, 6.684, los Decretos 79/17, 387/23 y 394/25, las

Disposiciones 78-DGFER/17, 195-DGFER/17 y 704-DGFER/18, y el Expediente EX-

2026-33248104-GCABA-DGPF, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley 6.684 establece las competencias del Ministerio de Espacio Público e

Higiene Urbana, entre ellas, entender en lo relativo al ordenamiento y uso del espacio

público;

Que, mediante el Decreto 387/23, se aprueba la estructura orgánico-funcional del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo dentro de la órbita del

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Permisos y

Ferias, dependiente de la Subsecretaría de Paisaje Urbano de la Secretaría de

Mantenimiento Urbano;

Que, conforme dicha normativa, esta Dirección General actúa como Autoridad de

Aplicación de la Ley 4.121, administrando el Registro Único de Permisionarios y

ejerciendo el poder de policía sobre las actividades desarrolladas en el espacio

público;

Que, la Ley 4.121 regula el funcionamiento de las actividades feriales, siendo

reglamentada por el Decreto 79/17;

Que, mediante la Disposición 195-DGFER/17 se aprobó la regulación de la actividad

de las ferias, la cual fue posteriormente modificada por la Disposición 704-DGFER/18;

Que, la experiencia en la aplicación de dicha normativa evidencia la necesidad de

actualizar y sistematizar el régimen vigente, a fin de adecuarlo a las actuales

dinámicas de funcionamiento de las ferias;

Que, en ese marco, resulta oportuno aprobar un nuevo cuerpo normativo que unifique

criterios, simplifique procedimientos, incorpore herramientas digitales para la

tramitación y refuerce las condiciones de funcionamiento, derechos y obligaciones de

los permisionarios;

Que, la actualización propuesta permite mejorar la trazabilidad de los procesos,

fortalecer los mecanismos de control y garantizar un uso ordenado del espacio público;

Que, asimismo, mediante la Disposición 78-DGFER/17 se determinaron los objetos

prohibidos para la venta en las ferias comprendidas en la Ley 4.121, cuya nómina

resulta pertinente actualizar e incorporar al nuevo cuerpo normativo, a fin de evitar la

dispersión de la regulación aplicable a la actividad ferial;

Que, en consecuencia, corresponde dejar sin efecto las Disposiciones 78-DGFER/17,

195-DGFER/17 y 704-DGFER/18 y aprobar un nuevo Anexo que regule integralmente

la actividad;

Que, por su parte, la Gerencia Operativa de Ferias, mediante el Informe IF-2026-

33469219-GCABA-DGPF , ha expuesto los antecedentes que fundamentan la

necesidad de propiciar el dictado del acto administrativo a los fines de actualizar el

marco regulatorio aplicable a la actividad ferial.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto 394/25,

LA DIRECTORA GENERAL PERMISOS Y FERIAS

DISPONE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto las Disposiciones 78-DGFER/17, 195-DGFER/17 y 704-

DGFER/18.

Artículo 2°.- Aprobar la regulación de la actividad de las ferias previstas en la Ley

4.121, que como Anexo I (IF-2026-33809675-GCABA-DGPF) forma parte integrante

de la presente.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comunicar a la Gerencia Operativa de Ferias que efectuará las notificaciones

correspondientes. Cumplido, archivar. Ramos Mejía


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7422

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>El artículo 1° de la Disposición 1686/DGPF/26 deja sin efecto la Disposición 195/DGFER/17. </p>
DEROGA
<p>El artículo 1° de la Disposición 1686/DGPF/26 deja sin efecto la Disposición 704/DGFER/18.</p>